No posible que Colpensiones cobre las semanas de Colombia Mayor y las abone en la historia laboral 8 meses sin Rta.

Enviado por Helbert Ramirez el Vie, 15/05/2015 - 19:56

¿Qué le preguntarías al Gobierno sobre pensiones y la gestión de Colpensiones?

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Este miércoles 13 de mayo desde las 3:00 p.m. por todas las frecuencias de Señal Radio Colombia, Colpensiones responde preguntas sobre su gestión y te cuenta más sobre SAVIA, el nuevo portal educativo de Colpensiones creado para apoyar y acompañar las diferentes etapas de su vida como trabajador. Déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios sobre el tema. 

No posible que Colpensiones cobre las semanas de Colombia Mayor y las abone en la historia laboral 8 meses sin Rta.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Las entidades que usted menciona CONSORCIO COLOMBIA MAYOR y COLPENSIONES, son de naturaleza diferente, es decir:</p>
<p>El CONSORCIO COLOMBIA MAYOR es una alianza estrat&eacute;gica entre sociedades fiduciarias del sector p&uacute;blico: FIDUPREVISORA S.A., FIDUCOLDEX S.A. y FIDUCENTRAL S.A., que tiene por objeto administrar los recursos del Fondo de Solidaridad Pensional, en virtud de un contrato de fiducia p&uacute;blica.&nbsp;En su calidad de administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional tiene a cargo las subcuentas de solidaridad y subsistencia, con las que financia el Programa de Subsidio al Aporte en Pensi&oacute;n y el Programa de Solidaridad con el Adulto Mayor, Colombia Mayor.</p>
<p>COLPENSIONES, es una Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de car&aacute;cter especial, vinculada al Ministerio de Trabajo, cuya supervisi&oacute;n y vigilancia est&aacute; a cargo de la Superintendencia Financiera de Colombia, quien en cumplimiento de sus objetivos legales propender&aacute; para que Colpensiones cumpla con las funciones establecidas en&nbsp; la normatividad vigente. La Ley 1151 de 2007&nbsp; estableci&oacute; que el objeto de Colpensiones es la administraci&oacute;n estatal del R&eacute;gimen de Prima Media con Prestaci&oacute;n Definida (RPM), las prestaciones especiales que las normas legales le asignan y la administraci&oacute;n del Sistema de Ahorro de Beneficios Econ&oacute;micos Peri&oacute;dicos (BEPS).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Con respecto a su petici&oacute;n lo invitamos a dirigirse a COLPENSIONES, a la l&iacute;nea telef&oacute;nica en Bogot&aacute; 489 09 09, l&iacute;nea gratuita nacional 018000 410909 o al correo electr&oacute;nico <a href="mailto:atenci%C3%B3n@colpensiones.gov.co">atenci&oacute;n@colpensiones.gov.co</a>, &nbsp;con el fin de exponer su caso.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>

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