Ministro, ¿Cómo hace un agricultor para pagar seguridad social si contrata jornales eventualmente. No tiene dinero.

Enviado por Dario Alvarez … el Sáb, 05/10/2013 - 17:15

¿Qué le preguntarías al Ministro Rafael Pardo sobre formalización de trabajadoras del servicio doméstico?

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Rafael Pardo, Ministro de Trabajo responderá tus preguntas sobre el proceso de formalización de trabajadoras del servicio doméstico en Urna de Cristal TV este domingo 6 de octubre a las 8:00 p.m. por Canal Institucional. Déjanos todas tus preguntas, opiniones y comentarios sobre este tema. 

Ministro, ¿Cómo hace un agricultor para pagar seguridad social si contrata jornales eventualmente. No tiene dinero.
El gobierno response
Urna de Cristal
SEGURIDAD SOCIAL POR DIAS

Vale la pena decir que el pago de seguridad social por días no entrega muchas oportunidades de afiliación, ya que sólo permite el pago por días en periodos mínimos de 7, 14, 21 o 30 días al mes, y solamente este beneficio corresponde a pensiones, riesgos laborales y caja de compensación.
Brevemente resolvamos la siguiente inquietud. ¿Cómo debo pagarle los aportes a salud, pensión, ARL y Comfamiliar a un empleado que trabaja por días?

Sobre este tema podemos plantear varias hipótesis. Al hablar de trabajadores del servicio doméstico no nos referimos simplemente a la persona que se encarga del aseo, de prepararnos la comida, mantenimiento de ropas, también comprende al chofer de la familia, jornaleros y mayordomo en la finca y la persona que contratan para cuidar en la casa a un anciano (niñeros, enfermeros).

¿En qué se diferencia una persona que trabaja por días al trabajador de una empresa?

Solo en una cosa y es en el pago de la prima de servicios. Lo anterior significa que a un trabajador de una empresa y a la persona que trabaja por días, se les pagan cesantías, vacaciones, dotación, auxilio de transporte según los ingresos, pago de seguridad social. De igual manera, a los dos hay que afiliarlos a caja de compensación familiar.

La única diferencia es la prima de servicios porque la vivienda no es una unidad de explotación económica, y por eso a estas personas no se les da obligatoriamente la prima de servicios. Si quieren darle una prima en junio y otra en diciembre, ya es decisión del empleador, pero no es obligatorio.

Lo anterior significa que así la persona trabaje por días la salud se paga por 30 días. Ahora, también aplica para una persona que va una sola vez a la semana, sin cumplir horario, que el día que no va no pasa nada, pues la subordinación es mínima y como tal es viable el pago del día similar a una prestación de servicios. Así también lo ha manifestado el Ministerio de Trabajo en varios comunicados.

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