Déjanos preguntas sobre la gestión de Gobierno
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Del 21 de julio hasta el 7 de agosto cada sector del Gobierno te rinde cuentas sobre su gestión. Te invitamos a participar con tus preguntas para cada sector sobre la labor desempeñada.
La gira “Estamos Cumpliendo” tiene como objetivo principal visibilizar la gestión sectorial del Gobierno nacional a través de un diálogo directo entre el Presidente, sus ministros y la comunidad en todo el territorio.
La gestion del gobierno en salud es asignar presupuesto para la liquidacion de las ESE, ¡ Cual es la finalidad ?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes sra. Claudia</p>
<p>Atentamente transcribimos la respuesta de la Subdirección de Prestación de Servicios:</p>
<p>La Ley 715 de 2001 en su artículo 43 establece que corresponde a los departamentos, dirigir, coordinar y vigilar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio de su jurisdicción, atendiendo las disposiciones nacionales sobre la materia.</p>
<p>En el marco de dichas competencias y en lo determinado en el Artículo 156 de la Ley 1450 de 2001, los departamentos y distritos deberán elaborar su Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de Empresas Sociales del Estado (PTRRM), en el cual se realiza el diagnóstico de la situación de las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud y se proponen las medidas y acciones requeridas para mejorar la prestación pública de servicios de salud, el cual es presentado al Ministerio de Salud y Protección Social, quien lo evalúa y determina si es objeto o no de viabilización.</p>
<p>En este sentido, es el departamento o distrito respectivo, la instancia que determina, en su PTRRM si una Empresa Social del Estado es objeto o no de liquidación. No es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>En resumen, no es propósito del Gobierno Nacional favorecer los procesos de liquidación que se puedan llevar a cabo en las Empresas Sociales del Estado del orden territorial.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>Atentamente transcribimos la respuesta de la Subdirección de Prestación de Servicios:</p>
<p>La Ley 715 de 2001 en su artículo 43 establece que corresponde a los departamentos, dirigir, coordinar y vigilar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio de su jurisdicción, atendiendo las disposiciones nacionales sobre la materia.</p>
<p>En el marco de dichas competencias y en lo determinado en el Artículo 156 de la Ley 1450 de 2001, los departamentos y distritos deberán elaborar su Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de Empresas Sociales del Estado (PTRRM), en el cual se realiza el diagnóstico de la situación de las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud y se proponen las medidas y acciones requeridas para mejorar la prestación pública de servicios de salud, el cual es presentado al Ministerio de Salud y Protección Social, quien lo evalúa y determina si es objeto o no de viabilización.</p>
<p>En este sentido, es el departamento o distrito respectivo, la instancia que determina, en su PTRRM si una Empresa Social del Estado es objeto o no de liquidación. No es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>En resumen, no es propósito del Gobierno Nacional favorecer los procesos de liquidación que se puedan llevar a cabo en las Empresas Sociales del Estado del orden territorial.</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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