¿Sabías que hay normas para proteger tus datos? ¿Qué dudas tienes sobre la nueva reglamentación?
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El Gobierno acaba de expedir el decreto 1377 de 2013, el cual reglamenta la ley 1581 de 2012, conocida como la 'Ley de Hábeas Data' que tiene como objetivo proteger la información de los ciudadanos y ponerle control a quienes explotan estos datos de forma indiscriminada y saturan de información alos usuarios, principalmente a través del correo electrónico. Queremos tratar este tema y aclarar tus dudas.
¿EsPosibleDistribuirLasGananciasDeLasEmpresas(Estatales,…O DeLasQueManejanDinero DelPueblo) A Las Familias Del Pueblo?.✔
El gobierno response
Urna de Cristal
Señor Barrera, buenos días,
Le compartimos que su pregunta es más encaminada hacia el Ministerio de Hacienda, pero nuestro Ministerio le brinda la siguiente orientación:
Según la Constitución Nacional el estado tiene como finalidad social el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población. Es así que su actividad se centra en dar solución en las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental y de agua potable. A titulo de ejemplo, en las empresas de servicios públicos domiciliarios la Ley debe fijar su cobertura, calidad y financiación, el régimen tarifario que tendrá en cuenta además de los criterios de costos, los de solidaridad y redistribución de ingresos, y la participación de los municipios o de sus representantes. En conclusión, una forma de distribución de ganancias de las empresas estatales se logra bajo el criterio Constitucional de la solidaridad y redistribución de ingresos.
Cordialmente,
FERNANDO AUGUSTO DELGADO RINCÓN
Asesor Emprendimiento
Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa
fdelgado@mincomercio.gov.co
Calle 28 # 13 - 01 piso 5
6067676 Ext. 2801
Bogotá, Colombia
Le compartimos que su pregunta es más encaminada hacia el Ministerio de Hacienda, pero nuestro Ministerio le brinda la siguiente orientación:
Según la Constitución Nacional el estado tiene como finalidad social el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población. Es así que su actividad se centra en dar solución en las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental y de agua potable. A titulo de ejemplo, en las empresas de servicios públicos domiciliarios la Ley debe fijar su cobertura, calidad y financiación, el régimen tarifario que tendrá en cuenta además de los criterios de costos, los de solidaridad y redistribución de ingresos, y la participación de los municipios o de sus representantes. En conclusión, una forma de distribución de ganancias de las empresas estatales se logra bajo el criterio Constitucional de la solidaridad y redistribución de ingresos.
Cordialmente,
FERNANDO AUGUSTO DELGADO RINCÓN
Asesor Emprendimiento
Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa
fdelgado@mincomercio.gov.co
Calle 28 # 13 - 01 piso 5
6067676 Ext. 2801
Bogotá, Colombia
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