¿Qué quieres preguntarle al Gobierno sobre pensiones?
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Rafael Pardo, Ministro de Trabajo y Mauricio Olivera, Presidente de Colpensiones, junto a su equipo de trabajo respondieron tus preguntas en vivo por Canal Institucional. Atendiendo a la gran cantidad de inquietudes que aún quedan en la ciudadanía, manetenemos abierta la temática para que aclares tus dudas.
Es posible que las semanas de OPS en entidad del estado se sumen a las semanas como empleado del estado?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>Todas las semanas que tenga el afiliado ya sea como independiente o dependiente, trabajador público o privado se le suman con el fin de cumplir el número de semanas cotizadas requeridas para efecto de alcanzar el requisito para pensionarse.</p>
<p>Le aclaro que para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones:</p>
<p>1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1° de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.</p>
<p>2. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo. A partir del 1° de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1° de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015.</p>
<p>Todas las semanas que tenga el afiliado ya sea como independiente o dependiente, trabajador público o privado se le suman con el fin de cumplir el número de semanas cotizadas requeridas para efecto de alcanzar el requisito para pensionarse.</p>
<p>Le aclaro que para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones:</p>
<p>1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre. A partir del 1° de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.</p>
<p>2. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo. A partir del 1° de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1° de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015.</p>
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