Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

Respuesta
<p>Para todos aquellos que est&eacute;n comercializando mercanc&iacute;as de contrabando, la invitaci&oacute;n es a que cumplan con las obligaciones aduaneras y paguen los tributos aduaneros que legalmente correspondan. Cumplir con las normas, es una exigencia que el Estado debe hacer a todos los comerciantes y lo que impera debe ser la ley, frente a aquellos que la incumplen.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Dada la gran acogida del Programa Ser Pilo Paga, en la actualidad el Gobierno Nacional ha confirmado la asignaci&oacute;n de recursos para una segunda Convocatoria la cual ser&aacute; lanzada en el segundo semestre de 2015. Por este motivo se invita a la comunidad en general a estar pendiente de la publicaci&oacute;n de nuevas Convocatorias, sus requisitos de aplicaci&oacute;n y las fechas para su legalizaci&oacute;n en la p&aacute;gina oficial del p&aacute;gina del Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior ICETEX, www.icetex.gov.co dada su competencia como Administrador de los Fondos creados por el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Los operativos de control aduanero se realizan a todos aquellos comerciantes que comercializan mercanc&iacute;as de procedencia extranjera sin distinci&oacute;n. Los controles aduaneros se ejercen en virtud de la competencia para el control de mercanc&iacute;as de procedencia extranjera que tiene la DIAN, no es algo novedoso ni surge con la ley Anticontrabando, esta endurece las sanciones en materia penal pero la acci&oacute;n de control administrativa no ha sufrido modificaci&oacute;n alguna a la fecha&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Estimado profesor,&nbsp; usted puede enviar la informaci&oacute;n al correo de becasdocentes@mineducacion.gov.co. Es importante incluir n&uacute;meros de c&eacute;dula, n&uacute;meros de tel&eacute;fono, establecimiento educativo y &aacute;rea de desempe&ntilde;o.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>La legislaci&oacute;n la cual cobija leyes, decretos y resoluciones, entre otras, es cambiante y tiene que ir adapt&aacute;ndose y actualiz&aacute;ndose de acuerdo al entorno y las nuevas necesidades de la sociedad en general, raz&oacute;n por la cual el ciudadano que se dedica a los temas tratados, &nbsp;debe renovar peri&oacute;dicamente sus conocimientos&nbsp; con el fin de actualizarse en las nuevas normas y procedimientos y conocer que ha sido derogado.</p>

<p>Tambi&eacute;n influye en la actualizaci&oacute;n, las pol&iacute;ticas de cada empresa conforme al mapa de riesgos elaborado con el fin de determinar todo suceso que afecte el buen cumplimiento de la misi&oacute;n de los procesos o procedimientos de la instituci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El contrato de aprendizaje est&aacute; regulado por la ley 789 de 2002 en su art&iacute;culo 30, 33 y siguientes, raz&oacute;n por la cual, cordialmente le sugerimos leer la norma en menci&oacute;n.</p>

<p>Por otro lado el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie&nbsp; de programas como lo son:</p>

<p>Talentos para el empleo&rdquo; que le permitir&aacute; a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, inform&aacute;tica, fortalecimiento de lectoescritura y matem&aacute;ticas b&aacute;sicas, as&iacute; como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempe&ntilde;o laboral.<br />

<br />

El programa ofrece 13 mil becas que cubren el 100% de la matr&iacute;cula en instituciones de formaci&oacute;n para el trabajo de alta calidad, diferentes al SENA, y un apoyo de transporte que se entregar&aacute; al finalizar el proceso de formaci&oacute;n, explic&oacute; el ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garz&oacute;n.<br />

<br />

El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operar&aacute;n el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin L&iacute;mites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a>&nbsp;para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Para todo lo relacionado con estudio y becas, usted puede dirigirse a el Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior &ndash; ICETEX, comunic&aacute;ndose a la l&iacute;nea de atenci&oacute;n al usuario en Bogot&aacute; 417 35 35, a nivel nacional 01900-33 13 777, quejas y reclamos 018000-916821 o ingresar a la p&aacute;gina web <a href="http://www.icetex.gov.co/">www.icetex.gov.co</a>.&nbsp; &nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>

<p><span>&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>

<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>

<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o p=""></o></span></p>

<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>

<p><span>&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>

<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>

<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin<o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Trabajo ha lanzado una serie&nbsp; de programas como lo son:</p>

<p>1)&ldquo;Talentos para el empleo&rdquo; que le permitir&aacute; a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, inform&aacute;tica, fortalecimiento de lectoescritura y matem&aacute;ticas b&aacute;sicas, as&iacute; como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempe&ntilde;o laboral.<br />

<br />

2)&ldquo;El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil.</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los Centros de Empleo que operar&aacute;n el programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin L&iacute;mites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a>&nbsp;para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>3) Equidad Laboral para la reparaci&oacute;n a las v&iacute;ctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para V&iacute;ctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una pol&iacute;tica p&uacute;blica que restituya las capacidades de las v&iacute;ctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal, con el fin de apoyar su auto-sostenimiento. Lo anterior como medida de reparaci&oacute;n integral y transformadora.</p>

<p>4) Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Jennifer Velasco</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>

<p><a href="http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010405532">http://es.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-a-radicado-20152010405532</a></p>

<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana e Innovaci&oacute;n Social</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Si considera que se est&aacute;n cometiendo irregularidades en el trabajo lo invitamos a comunicarse con la l&iacute;nea gratuita 120 desde su celular&nbsp; y solicitar la orientaci&oacute;n laboral correspondiente; tambi&eacute;n puede agendar &nbsp;una cita en la Direcci&oacute;n Territorial de Ministerio de Trabajo del Norte de Santander, ubicada en la ciudad de C&uacute;cuta, &nbsp;en la calle 12&nbsp; n&uacute;mero 4-19, oficina 402, tel&eacute;fono 571 74 53, con un Inspector de Trabajo quien le dar&aacute; las pautas a seguir con respecto a sus inquietudes</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Jennifer Cond&iacute;a Godoy</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Al respeto informamos que si fueron solucionadas, es importante mencionar que las &nbsp;pruebas de junio fueron un pilotaje para probar y verificar el inter&eacute;s por parte de la comunidad educativa en el proyecto sup&eacute;rate con el saber 2.0 y debido a la masiva participaci&oacute;n y excelente respuesta, migramos todo el proyecto a la nube para garantizar la estabilidad y respuestas oportunas a las peticiones de servicios tanto del aplicativo&nbsp; como a la infraestructura en general. Adicional se desarroll&oacute; el aplicativo offline para garantizar la igualdad y la inclusi&oacute;n de todos los alumnos a nivel nacional sin importar su ubicaci&oacute;n geogr&aacute;fica. Para su informaci&oacute;n la segunda prueba se realiz&oacute; del 10 al 14 de agosto, un d&iacute;a asignado por grado para la presentaci&oacute;n de la prueba en 3&deg;, 5&deg;, 7&deg;, 9&deg; y 11&deg; respectivamente. Las siguientes pruebas de la Fase eliminatoria se realizar&aacute;n as&iacute;: septiembre 07: 3&deg;, septiembre 08: 5&deg;, septiembre 09: 7&deg;, septiembre 10: 9&deg;, septiembre 11: 11&deg;. Las fechas del mes de octubre son: octubre 13: 3&deg;, octubre 14:&nbsp; 5&deg;, octubre 15 : 7&deg;, octubre 16 : 9&deg; y 11&deg;. La Semifinal en las cinco regiones de manera simult&aacute;nea el 12 de noviembre en Barranquilla, Bogot&aacute;, Bucaramanga, Cali, Medell&iacute;n. Y la&nbsp; Gran Final el 4 de diciembre en Bogot&aacute;.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
Buenos días;



El Ministerio de Transporte está facultado para atender las vías a cargo de la Nación a través del Instituto Nacional de Vías – Invías o de la Agencia Nacional de Infraestructura cuando se trate de una vía en concesión del orden nacional. Las solicitudes que se registran en las carreteras departamentales o municipales, son atendidas directamente por la entidad territorial que tiene a cargo dicha infraestructura. Por lo anterior, sugerimos que la solicitud sea dirigida a la gobernación y a la alcaldía, para conocer que proyectos viales se encuentran ejecutando.



Esperamos que esta información sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunicarse con el Ministerio de Transporte a través de su línea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebookMinisterio de Transporte oficial.

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 3 del T&iacute;tulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Precisamente la Direcci&oacute;n de Impuestos y Aduanas Nacionales ha lanzado un Plan Nacional de lucha contra el Contrabando y Comercio Il&iacute;cito para su ejecuci&oacute;n en el presente cuatrienio, y es uno de los pilares la definici&oacute;n de una pol&iacute;tica para pasos de frontera que involucra las fronteras terrestres, mar&iacute;timas, a&eacute;res, fluviales e interiores del pa&iacute;s, teniendo en cuenta que es a partir de los lugares de ingreso al pa&iacute;s que se debe realizar el control aduanero.&nbsp; En desarrollo &nbsp;de este pilar fundamental se han establecido estrategias espec&iacute;ficas de control en Puertos, Aeropuertos y Cruces de frontera con acciones dise&ntilde;adas acorde con las particularidades de cada uno de ellos, tanto para el control aduanero previo, simult&aacute;neo y posterior.</p>

Respuesta
<p>Precisamente la Direcci&oacute;n de Impuestos y Aduanas Nacionales ha lanzado un Plan Nacional de lucha contra el Contrabando y Comercio Il&iacute;cito para su ejecuci&oacute;n en el presente cuatrienio, y es uno de los pilares la definici&oacute;n de una pol&iacute;tica para pasos de frontera que involucra las fronteras terrestres, mar&iacute;timas, a&eacute;res, fluviales e interiores del pa&iacute;s, teniendo en cuenta que es a partir de los lugares de ingreso al pa&iacute;s que se debe realizar el control aduanero.&nbsp; En desarrollo &nbsp;de este pilar fundamental se han establecido estrategias espec&iacute;ficas de control en Puertos, Aeropuertos y Cruces de frontera con acciones dise&ntilde;adas acorde con las particularidades de cada uno de ellos, tanto para el control aduanero previo, simult&aacute;neo y posterior.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>Andr&eacute;s Vidal</strong></p>

<p>Respetado Se&ntilde;or</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>Andr&eacute;s Vidal</strong></p>

<p>Respetado Se&ntilde;or</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>Precisamente la Direcci&oacute;n de Impuestos y Aduanas Nacionales ha lanzado un Plan Nacional de lucha contra el Contrabando y Comercio Il&iacute;cito para su ejecuci&oacute;n en el presente cuatrienio, y es uno de los pilares la definici&oacute;n de una pol&iacute;tica para pasos de frontera que involucra las fronteras terrestres, mar&iacute;timas, a&eacute;res, fluviales e interiores del pa&iacute;s, teniendo en cuenta que es a partir de los lugares de ingreso al pa&iacute;s que se debe realizar el control aduanero.&nbsp; En desarrollo &nbsp;de este pilar fundamental se han establecido estrategias espec&iacute;ficas de control en Puertos, Aeropuertos y Cruces de frontera con acciones dise&ntilde;adas acorde con las particularidades de cada uno de ellos, tanto para el control aduanero previo, simult&aacute;neo y posterior.</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p>Maira Alexandra Benavides Vergara</p>

<p>Bucaramanga</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Apreciada se&ntilde;ora:</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En atenci&oacute;n a su solicitud enviada a la Urna de Cristal de la Presidencia de la Rep&uacute;blica, de manera atenta adjunto la respuesta a su pregunta, para lo cual deber&aacute; consultar el link http://es.slideshare.net/lamunoz2/respuesta-importar-ley-anticontrabando-50974290 .</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Luz Angela Mu&ntilde;oz</p>

<p>Asesora ( E )</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>El Gobierno se encuentra desarrollando una estrategia integral de lucha contra el Contrabando y comercio il&iacute;cito y en tal sentido la Ley Anticontrabando es &nbsp;uno de los ejes fundamentales de la estrategia, pero tambi&eacute;n se encuentra en ejecuci&oacute;n un plan anticontrabando Nacional liderado por la DIAN y para cada jurisdicci&oacute;n Aduanera se cuenta con &nbsp;planes operativos de control al contrabando ajustados a las circunstancias particulares de cada Seccional y regi&oacute;n, de tal forma que bajo estas acciones operativas de control puntual se desincentive esta econom&iacute;a informal que se est&aacute; gestando en las diferentes ciudades del pa&iacute;s.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Bernidt Esmeralda Marin</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Estos los programas que actualmente adelanta el Ministerio de Trabajo:</p>

<p>1)&ldquo;Talentos para el empleo&rdquo; que le permitir&aacute; a los aspirantes validar su bachillerato, capacitarse en finanzas, inform&aacute;tica, fortalecimiento de lectoescritura y matem&aacute;ticas b&aacute;sicas, as&iacute; como desarrollar capacidades necesarias para un mejor desempe&ntilde;o laboral.<br />

<br />

El programa ofrece 13 mil becas que cubren el 100% de la matr&iacute;cula en instituciones de formaci&oacute;n para el trabajo de alta calidad, diferentes al SENA, y un apoyo de transporte que se entregar&aacute; al finalizar el proceso de formaci&oacute;n, explic&oacute; el ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garz&oacute;n.<br />

<br />

2)&ldquo;El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones..</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias &nbsp;en&nbsp;<a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/" target="_blank">www.buscadordeempleo.gov.co</a>&nbsp;para acceder a las ofertas de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>

<p>3) Equidad Laboral para la reparaci&oacute;n a las v&iacute;ctimas del conflicto armado.<strong> <strong>El Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para V&iacute;ctimas del Conflicto Armado,</strong></strong> responde a las obligaciones derivadas de la ley 1448 de 2011, en el cual se insta al Ministerio del Trabajo a desarrollar una pol&iacute;tica p&uacute;blica que restituya las capacidades de las v&iacute;ctimas, para que puedan entrar a competir en igualdad de condiciones al mercado laboral formal, con el fin de apoyar su auto-sostenimiento. Lo anterior como medida de reparaci&oacute;n integral y transformadora.</p>

<p>4) Transporte para el empleo, que busca brindar una soluci&oacute;n de movilidad para aquellos que, por falta de recursos econ&oacute;micos y estar desempleados, no pueden financiar su desplazamiento a un centro de empleo para emprender una ruta de empleabilidad, cumplir con los procesos de selecci&oacute;n laboral y mejorar sus condiciones de empleabilidad.</p>

<p>5) Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>Los anteriores programas los puede consultar ingresando a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y al link de cada programa.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>

<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a></p>

<p>As&iacute; mismo le informamos que dentro de los programas vigentes dirigidos a la poblaci&oacute;n en general del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda ninguno aplica en la modalidad de compra de vivienda usada y estos no cubren creditos hipotecarios.</p>

Respuesta
<p>Gracias por participar en la Urna de Cristal</p>

<p><br />

Con referencia a su pregunta, la Jefatura de Reclutamiento del Ej&eacute;rcito Nacional&nbsp; entrega respuesta a trav&eacute;s de oficio, el cual fue enviado al correo <a href="mailto:daniel_malza@hotmail.com">daniel_malza@hotmail.com</a>.</p>

<p>Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Grupo Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Ciudadana &ndash; MDN. Cont&aacute;ctenos a trav&eacute;s del correo: <a href="mailto:usuarios@mindefensa.gov.co">usuarios@mindefensa.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El auxilio por incapacidad se define como el reconocimiento de la prestaci&oacute;n de tipo econ&oacute;mico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en que est&eacute;n inhabilitados f&iacute;sica o mentalmente para desempe&ntilde;ar en forma temporal su profesi&oacute;n u oficio habitual. En materia de Riesgos Laborales, el Art&iacute;culo 2&deg; de la Ley 776 de 2002 define la incapacidad temporal como aquella que, seg&uacute;n el cuadro agudo de la enfermedad o lesi&oacute;n que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales, le impida desempe&ntilde;ar su capacidad laboral por un tiempo determinado</p>

<p>La Ley 1636 de 2013 cre&oacute; el Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante y estableci&oacute; que su finalidad es articular y ejecutar un sistema integral de pol&iacute;ticas activas y pasivas de mitigaci&oacute;n de los efectos del desempleo y facilitar la reinserci&oacute;n de la poblaci&oacute;n cesante en el mercado laboral, los&nbsp; requisitos para acceder a los beneficios est&aacute;n consagrados en el art&iacute;culo 13 de la citada Ley</p>

<p>El gobierno nacional expidi&oacute; el decreto 2113 del 27 de septiembre de 2013 por el cual se reglamentan los art&iacute;culos 2, 6 y 29 de la Ley 1636 de 2013; posteriormente se expidi&oacute; el decreto 2852 de 2013 por el cual se reglamenta el Servicio P&uacute;blico de Empleo y el r&eacute;gimen de prestaciones del Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante, y se dictan otras disposiciones.&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;ora</p>

<p><strong>Daissy Medina Acosta</strong></p>

<p>Respetada Se&ntilde;ora</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>Daniel Alexander Vargas &Aacute;lvarez</strong></p>

<p>Respetado Se&ntilde;or</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>&nbsp;</p>

<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Le informamos que el programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es a trav&eacute;s de las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar que los bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y universitarios podr&aacute;n postularse para aspirar a ingresar al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; del Ministerio del Trabajo.</p>

<p>Al programa &quot;40 Mil Primeros Empleos&quot; pueden aplicar todos los j&oacute;venes bachilleres, t&eacute;cnicos, tecn&oacute;logos y profesionales entre los 18 y 28 a&ntilde;os, que actualmente no se encuentren estudiando, est&eacute;n buscando empleo y no tengan experiencia formal relacionada con su &aacute;rea de estudio.</p>

<p>Los j&oacute;venes que cumplan con los perfiles solicitados ser&aacute;n pre-seleccionados por el equipo de la agencia de empleo de la Caja de Compensaci&oacute;n y remitidos a la empresa.</p>

<p>Una vez seleccionado por la empresa, el joven firmar&aacute; un contrato de trabajo a t&eacute;rmino definido por 6 meses con la empresa. La empresa ser&aacute; el empleador directo del joven. Esta relaci&oacute;n laboral estar&aacute; enmarcada en el C&oacute;digo Sustantivo del Trabajo.</p>

<p>Frente a una renuncia voluntaria de un joven la empresa no ser&aacute; penalizada, pero no podr&aacute; ceder el contrato a un nuevo candidato</p>

<p>Los j&oacute;venes deben estar atentos a las convocatorias a nivel departamental, para acercarse a los centros de empleo que operar&aacute;n el Programa, y registrarse presencialmente. Mientras tanto pueden registrar sus hojas de vida ingresando a Oportunidades sin L&iacute;mites de Edad ni Experiencia en: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/">www.buscadordeempleo.gov.co</a> para acceder a las ofertas.</p>

<p>Para una mayor informaci&oacute;n, usted puede ingresar a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego al link 40.000 empleos.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>Gustavo Sanabria</strong></p>

<p>Respetado Se&ntilde;or</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p>Se&ntilde;or</p>

<p><strong>Gustavo Sanabria</strong></p>

<p>Respetado Se&ntilde;or</p>

<p>Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores &ndash; CIAC</p>

<p>De acuerdo a su solicitud, nos permitimos informarle que el Ministerio de Relaciones Exteriores no es la entidad competente en dar respuesta su solicitud. Cada Estado es totalmente discrecional en establecer los procedimientos de ingreso, el control migratorio de sus fronteras y la expedici&oacute;n de los visados; y as&iacute; mismo la documentaci&oacute;n pertinente para que en este caso un ciudadano colombiano ingrese seg&uacute;n las leyes del pa&iacute;s y permanezca de manera regular.</p>

<p>Amablemente le solicitamos remita su solicitud ante las autoridades migratorias del pa&iacute;s de la Uni&oacute;n Europea al cual desea viajar, quienes le indicar&aacute;n los procedimientos de ingreso y permanencia. De esta forma usted podr&aacute; conocer la informaci&oacute;n oficial directamente por las entidades correspondientes.</p>

<p>Usted podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/publiques/2015-05-21/11553 el &uacute;ltimo comunicado de prensa de la Canciller&iacute;a referente al tema de su inter&eacute;s</p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n. Las solicitudes que usted desee interponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, deber&aacute;n hacerse exclusivamente a trav&eacute;s del formulario &uacute;nico de registro de solicitudes que podr&aacute; encontrar en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx">http://pqrs.cancilleria.gov.co/SolicitudPQRSF.aspx</a>.</p>

<p>Recuerde que esta nueva herramienta la hemos implementado para mejorar cada vez m&aacute;s nuestro servicio.</p>

<p><strong>Centro Integral de Atenci&oacute;n al Ciudadano - &nbsp;CIAC</strong><br />

Direcci&oacute;n de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores<br />

<strong>(</strong>:<a href="tel:57%281%29%C2%A0%20381%204000" target="_blank">57(1)&nbsp; 381 4000</a><br />

Bogot&aacute;. Colombia</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita.</span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin</span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

<p>As&iacute; mismo es importante tener en cuenta que pr&oacute;ximamente el programa de vivienda gratis en su segunda fase, a trav&eacute;s del cual se pretende seguir atendiendo la poblaci&oacute;n que cumpla con los requisitos y se encuentren dentro de los listados de potenciales beneficiarios que se consoliden.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que actualmente se encuentra vigente el Decreto &Uacute;nico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio n&uacute;mero 1077 del 26 de mayo de 2015. El mencionado Decreto lo podr&aacute; encontrar en el seguiente link:&nbsp;<a href="http://www.minvivienda.gov.co/NormativaInstitucional/1077%20-%202015.pdf">http://www.minvivienda.gov.co/NormativaInstitucional/1077%20-%202015.pdf</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

De acuerdo con la estructura que la ley 1448 de 2011 le dio al Sistema Nacional de Atenci&oacute;n y Reparaci&oacute;n de las V&iacute;ctimas, SNARIV, la rehabilitaci&oacute;n psicosocial hace parte del componente de reparaci&oacute;n integral orientado a medidas de restituci&oacute;n, indeminizaci&oacute;n, rehabilitaci&oacute;n, satisfacci&oacute;n y garant&iacute;a de no repetici&oacute;n, que para el caso espec&iacute;fico de su pregunta, no es competencia del Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional, si no del Ministerio de Salud y Protecci&oacute;n Social.<br />

<br />

Los mecanismos e instancias de articulaci&oacute;n en las regiones, de todos los servicios del Estado para la poblaci&oacute;n v&iacute;ctima, son los Consejos Territoriales de Justicia Transicional que deben operar en todos los municipios.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Al parecer usted se refiere al programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; que est&aacute; dirigido a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral. Sin embargo existen otras alternativas de empleo, en los cuales no tiene l&iacute;mite la edad.&nbsp;</p>

<p>Le informamos que de conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Se puede ingresar para mayor informaci&oacute;n en la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>

<p>Ahora bien, tambi&eacute;n la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>