Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>

<p>Agradecemos la pregunta formulada, por usted, pero para dar respuesta requerimos que por favor nos contextualice la msma, para tener los elementos necesarios a fin de dar una orientaci&oacute;n o direccionamiento adecuado a la misma, por tal raz&oacute;n permitanos sugerirle volver a realizar la inquietud completando la misma.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p><br />

Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Respetado(a) &nbsp;Ciudadano(a)</p>

<p>Atento saludo,</p>

<p>En el entendido de su pregunta nos gustar&iacute;a que nos precisar&aacute; la misma, si es una estadistica la requerida y desde cuando, lo mismo creemos entender que en la segunda parte dela pregunta, la que refiere al aporte en salud para ser contributivo, en principio debemos manifestarle que el porcentaje que debe de aportar ser&aacute; del 4% del IBC (Ingreso Base de Cotizaci&oacute;n),.</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le invitamos a consultar informaci&oacute;n sobre el origen, diagn&oacute;stico, s&iacute;ntomas y tratamiento de esta enfermedad en el enlace http://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/chikunguna.aspx, donde tambi&eacute;n podr&aacute; acceder a otros documentos t&eacute;cnicos y enlaces sobre este tema.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>En el procedo de Administraci&oacute;n de Cartera, Facilidades de Pago PR-CA-0272, se indica:</p>

<p>&ldquo;11. Proyecci&oacute;n de la facilidad de pago y comunicaci&oacute;n de viabilidad Dentro de los veinte (20) d&iacute;as siguientes a la recepci&oacute;n de la solicitud o del complemento de documentos y condiciones, se deben proyectar las cuotas a pactar de acuerdo con la solicitud del deudor, preparar y remitir comunicaci&oacute;n al solicitante sobre la viabilidad de la facilidad solicitada y requiriendo el perfeccionamiento de las garant&iacute;as. Enviar comunicaci&oacute;n mediante Gesti&oacute;n Documental (Procedimiento PR-FI-0159 Notificaciones) teniendo en cuenta los requisitos especificados en el numeral 8.5 Salidas.&rdquo;</p>

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>

<p>Atento Saludo,</p>

<p>En principio debemos manifestarle que estas entidades realizan su gest&iacute;on y deben presentar los resultados a la Ciudadan&iacute;a en la Rendici&oacute;n de Cuentas anualmente, para lo cual lo invito a que consulte en cada una de las entidades, a atrav&eacute;s de su p&aacute;gina web, los resultados alcanzados en el segmento manifestado por usted; no obstante lo anterior puede en el caso de red empleo, consultar la pagina de la Unidad de servicio p&uacute;blico de empleo&nbsp;<a href="mailto:contacto@serviciodeempleo.gov.co" style="color: white; text-decoration: none; outline: 0px; font-family: Arial, sans-serif; line-height: 19px; text-align: center; background-color: rgb(219, 23, 34);">contacto@serviciodeempleo.gov.co</a><span style="color: rgb(255, 255, 255); font-family: Arial, sans-serif; line-height: 19px; text-align: center; background-color: rgb(219, 23, 34);">&nbsp;</span></p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<div>

Estimado ciudadano,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;</div>

<div>

2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

&Aacute;rea Puntaje menor a</div>

<div>

14 ciudades principales 57.21</div>

<div>

Otra cabecera 56.32</div>

<div>

Rural 40.75</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Cordialmente,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior</div>

<div>

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El compromiso del Gobierno Nacional es reducir los &iacute;ndices de desempleo en el pa&iacute;s tanto es as&iacute; que se ha logrado reducir el desempleo a un d&iacute;gito, sin embargo ning&uacute;n esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo formal, digno, productivo y de calidad.</p>

<p>El servicio de la Nueva Agencia P&uacute;blica de Empleo funciona en internet, a trav&eacute;s de la p&aacute;gina <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>,&nbsp; en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podr&aacute;n encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. Tambi&eacute;n funciona por medio de las m&uacute;ltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros p&uacute;blicos de atenci&oacute;n en diferentes partes del pa&iacute;s, con la colaboraci&oacute;n de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensaci&oacute;n. Tambi&eacute;n se puede consultar la p&aacute;gina del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co.</u></p>

<p>Para las diferentes convocatorias de cargos p&uacute;blicos debe ingresar a la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil&nbsp; <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p><i style="color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; line-height: 21.2999992370605px; text-align: justify;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que &eacute;ste es un canal dedicado para responder preguntas relacionadas al modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial pero para nosotros responderle todas sus inquietudes es de vital importancia y para ello hemos dispuesto otros medios como es el Asesor Virtual el cual lo ubica en la p&aacute;gina&nbsp;</i><a href="http://www.fna.gov.co/" style="line-height: 21.2999992370605px; font-weight: inherit; color: rgb(0, 104, 207); cursor: pointer;" target="_blank"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">www.fna.gov.co</i></a><i style="line-height: 21.2999992370605px;">&nbsp;ubique la opci&oacute;n asesor en l&iacute;nea, dele click a esa opci&oacute;n y encontrara en la parte de abajo 7 casillas donde debe ingresar sus datos personales y con esto podr&aacute; preguntar a nuestros asesores virtuales que estar&aacute;n esperando por usted. Que tenga un buen d&iacute;a.</i></p>

<div>

&nbsp;</div>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Andrea:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en ese caso debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud,&nbsp; entidad responsable de vigilar el cumplimiento de las funciones de las EPS y y dem&aacute;s entidades aseguradoras y prestadoras de servicios de salud.</p>

<p>Puede hacerlo por la p&aacute;gina web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atenci&oacute;n en l&iacute;nea&nbsp;&nbsp; (http://www.supersalud.gov.co/Supersalud/Default.aspx?tabid=286), o a trav&eacute;s de la&nbsp;l&iacute;nea telef&oacute;nica 4837000 desde Bogot&aacute; &oacute;&nbsp;018000 513700 desde cualquier parte del pa&iacute;s. Tambi&eacute;n puede dirigirse al punto de atenci&oacute;n presencial, ubicado en la Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogot&aacute;.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Garc&eacute;s:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que en el Registro &Uacute;nico de Afiliados a la Protecci&oacute;n Social (RUAF) la se&ntilde;ora NANCY GENARA MU&Ntilde;OZ DE GARCES aparece como cotizante activo a la EPS Saludcoop ( http://ruafsvr2.sispro.gov.co/RUAF/Cliente/WebPublico/Consultas/D04AfiliacionesPersonaRUAF.aspx).&nbsp;</p>

<p>Por lo tanto, si le suspendieron el servicio debe dirigirse, en primera instancia, a la Oficina de Atenci&oacute;n al Usuario de la EPS para que le verifiquen su situaci&oacute;n y le indiquen el procedimiento a seguir. Tambi&eacute;n puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspecci&oacute;n, vigilancia y control a las EPS. Puede hacerlo por la p&aacute;gina web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atenci&oacute;n en l&iacute;nea, o a trav&eacute;s de la&nbsp;l&iacute;nea telef&oacute;nica 4837000 desde Bogot&aacute; &oacute;&nbsp;018000 513700 desde cualquier parte del pa&iacute;s.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>buen d&iacute;a,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>En atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos informarle que dado a que los cupos que son determinados conjuntamente entre el Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se agotan por la gran cantidad de solicitudes de credito para compra de vivienda nueva o de leasing habitacional antes las entidades bancarias dentro de cada rago establecido en cada uno de los programas de cobertura a la Tasa Frech. El Gobierno Nacional a traves de estos dos Ministerios tiene que realizar las busqueda de nuevos recursos cuya aprobaci&oacute;n conlleva un gran trabajo al interior de estas entidades, las cuales ponen en conocimiento de la sociedad en general de la existencia de nuevos cupos y/o recursos para este programa a traves de los respectivos actos administrativos que reglamenten. Lo anterior quiere decir que luego del agotamiento de los cupos o recursos del programa y hasta que no se tenga la certeza de nuevos recursos los cuales se representan con el nuevo acto administrativo que amplie la cantidad de cupos del programa no se puede otorgar este beneficio a los hogares a quienes les desembolsen sus creditos de vivienda nueva dentro de ese tiempo.</p>

<p>Igualmente usted debe tener en cuenta que en el art&iacute;culo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el art&iacute;culo 1&deg; del Decreto 1544 de 2014, se estableci&oacute; que las coberturas a la tasa de inter&eacute;s solo cubrir&aacute;n aquellos cr&eacute;ditos que sean desembolsados en las nueva fecha &nbsp;<strong><u>a partir del 14 &nbsp;de Agosto de 2014 y&nbsp; hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas</u></strong>&nbsp;por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA.&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos b&aacute;sicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculaci&oacute;n a trav&eacute;s de Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesant&iacute;as. No necesita de cuota inicial pero s&iacute; debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a trav&eacute;s del &Aacute;rea de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovaci&oacute;n Urbana en todo el territorio nacional&nbsp; y son estas viviendas las que usted deber&aacute; mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podr&aacute; apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto&nbsp; (Padres-Hijos) - (C&oacute;nyuge-C&oacute;nyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la Rep&uacute;blica Dr. Juan Manuel Santos, firm&oacute; el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertir&aacute;n en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inici&oacute; el proceso de reglamentaci&oacute;n del mismo. En cuanto est&eacute;n dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgaci&oacute;n (presencial, telef&oacute;nico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as,</p>

<p>El formulario de Ingresos y Retenciones lo debe solicitar a la empresa en la cual labora.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>

<p>El decreto 758 de 1990 por medio del cual aprob&oacute; el Acuerdo n&uacute;mero 049 de febrero 1 de 1990, emanado del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, establece:</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 21. INCREMENTOS DE LAS PENSIONES DE INVALIDEZ POR RIESGO COMUN Y VEJEZ.</strong> Las pensiones mensuales de invalidez y de vejez se incrementar&aacute;n as&iacute;:</p>

<p>a) En un siete por ciento (7%) sobre la pensi&oacute;n m&iacute;nima legal, por cada uno de los hijos o hijas menores de 16 a&ntilde;os o de dieciocho (18) a&ntilde;os si son estudiantes o por cada uno de los hijos inv&aacute;lidos no pensionados de cualquier edad, siempre que dependan econ&oacute;micamente del beneficiario y,</p>

<p>b) En un catorce por ciento (14%) sobre la pensi&oacute;n m&iacute;nima legal, por el c&oacute;nyuge o compa&ntilde;ero o compa&ntilde;era del beneficiario que dependa econ&oacute;micamente de &eacute;ste y no disfrute de una pensi&oacute;n.</p>

<p>Los incrementos mensuales de las pensiones de invalidez y de vejez por estos conceptos, no podr&aacute;n exceder del cuarenta y dos por ciento (42%) de la pensi&oacute;n m&iacute;nima legal.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Tenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n y el inter&eacute;s en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepci&oacute;n que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atenci&oacute;n a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien com&uacute;n y el inter&eacute;s general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>

<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al &oacute;rgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y C&oacute;digos en todos los ramos de la Legislaci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n y el inter&eacute;s en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepci&oacute;n que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atenci&oacute;n a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien com&uacute;n y el inter&eacute;s general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>

<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al &oacute;rgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y C&oacute;digos en todos los ramos de la Legislaci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p><strong>Respetado (a) Ciudadano (a):</strong></p>

<p>Agradecemos su comunicaci&oacute;n y el inter&eacute;s en manifestarnos sus inquietudes, de esta manera se retroalimenta la percepci&oacute;n que los ciudadanos tienen del funcionamiento del estado, lo cual permite adelantar acciones para mejorar la calidad de nuestra labor institucional. En atenci&oacute;n a lo manifestado por usted nos permitimos hacer las siguientes precisiones: Las normas o leyes siempre se redactan o elaboran pensando en el bien com&uacute;n y el inter&eacute;s general de todos los ciudadanos favoreciendo las clases menos privilegiadas.</p>

<p>De todas maneras estimado ciudadano, debe tener en cuenta que si se pretende modificar la ley, las diferentes propuestas deben ser presentadas al &oacute;rgano legislativo por ser ellos la colegiatura que le corresponde elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y C&oacute;digos en todos los ramos de la Legislaci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>El formulario 110 si el contribuyente tiene la obligaci&oacute;n de llevar libros de contabilidad y no se clasifica como empleado.</p>

<p>El formulario 210 si para efectos fiscales se clasifica como empleado.</p>

<p>El formulario 230 si para efectos fiscales se clasifica como empleados y puede y desea utilizar el sistema IMAS.</p>

<p>El formulario 240 si para efectos fiscales se clasifica como trabajador por cuenta propia y puede y desea utilizar el sistema IMAS.</p>

Respuesta
<p>Cordial Saludo</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal,&nbsp; la Jefatura de Reclutamiento de permite informar lo siguiente:</p>

<p>Las juntas de remisos para bachilleres en la actualidad no se encuentran programadas y para regulares en el distrito militar 51 esta calendada para el 24 de octubre a las 06:00 horas, es importante resaltar que las personas que vayan a asistir a dicha junta se deben acercar al distrito 8 d&iacute;as antes, para realizar el proceso de pre inscripci&oacute;n allegando fotocopia de la cedula al 150% ampliada.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Gracias por participar</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Mar&iacute;a Elena</p>

<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>

<p class="rtejustify">El Gobierno defini&oacute; los requisitos para beneficiarse de los diferentes subsidios a los cuales pueden postularse los colombianos. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Adicional a lo anterior el Gobierno present&oacute; el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que visites la p&aacute;gina <a href="http://www.fnd.gov.co">www.fnd.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">Por otra parte el Gobierno Nacional creo la Agencia Nacional de Empleo, cuyo primer objetivo es ampliar el servicio de empleo, que sea m&aacute;s transparente, reduzca los tiempos de la b&uacute;squeda laboral, los costos para el trabajador y entregue m&aacute;s productividad. La nueva agencia incluye adem&aacute;s mayor asesor&iacute;a y capacitaci&oacute;n para el trabajador que pierda el empleo.</p>

<p class="rtejustify">As&iacute; mismo a trav&eacute;s del portal Red Empleo, el Gobierno Nacional proporciona alternativas para registrar la experiencia laborar y acad&eacute;mica, como tambi&eacute;n de conocer las ofertas de empleo disponibles. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos a que visites <a href="http://www.redempleo.gov.co/ServicioPublicoEmpleo.aspx">http://www.redempleo.gov.co/ServicioPublicoEmpleo.aspx</a>.</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify"><br />

Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos b&aacute;sicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculaci&oacute;n a trav&eacute;s de Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesant&iacute;as. No necesita de cuota inicial pero s&iacute; debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a trav&eacute;s del &Aacute;rea de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovaci&oacute;n Urbana en todo el territorio nacional&nbsp; y son estas viviendas las que usted deber&aacute; mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podr&aacute; apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto&nbsp; (Padres-Hijos) - (C&oacute;nyuge-C&oacute;nyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la Rep&uacute;blica Dr. Juan Manuel Santos, firm&oacute; el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertir&aacute;n en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inici&oacute; el proceso de reglamentaci&oacute;n del mismo. En cuanto est&eacute;n dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgaci&oacute;n (presencial, telef&oacute;nico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as do&ntilde;a Yamileth,</p>

<p>De acuerdo con su pregunta, le informamos que existen diferentes fuentes de apoyo financiero denominadas Entidades Orientadas al Cr&eacute;dito Microempresarial - EOCM &nbsp;que pueden tener mayor flexibilidad en cuanto al perfil de los clientes debido a que conocen a los micro empresarios y sus necesidades. Las puede encontrar en la siguiente p&aacute;gina de Internet de Bancoldex: &nbsp;<a href="http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/entidades-orientadas-al-Credito-Microempresarial-eoCM.aspx">http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/entidades-orientadas-al-Credito-Microempresarial-eoCM.aspx</a>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Es as&iacute; que lo invitamos a visitar dichas entidades para que exponga su caso. Igualmente, le informamos los pasos que debe tener en cuenta para obtener un cr&eacute;dito con recursos de Bancoldex, en el siguiente enlace:&nbsp;<a href="http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/Como-acceder-a-un-credito-con-recursos-Bancoldex.aspx">http://www.bancoldex.com/Sobre-microempresas/Como-acceder-a-un-credito-con-recursos-Bancoldex.aspx</a></p>

<p>Cordialmente,</p>

<p><strong><em>Direcci&oacute;n Micro, Peque&ntilde;a y Mediana Empresa - Mipyme</em></strong></p>

<p><strong><em>Calle 28 No. 13&ordf;-15 Piso 4</em></strong></p>

<p><strong><em>Tel&eacute;fono:&nbsp; 6067676 Ex 1352</em></strong></p>

<p><strong><em>Bogot&aacute;, Colombia</em></strong></p>

Respuesta
<p>Bogot&aacute; D.C. 23 de septiembre de 2014 (@minagricultura) - Vamos a darle el &ldquo;estartazo&rdquo; que necesita la econom&iacute;a campesina, acelerando la ejecuci&oacute;n del Pacto Agrario, se&ntilde;al&oacute; el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia. Para ello se puso en marcha un plan de choque, con el que al finalizar este a&ntilde;o, el bill&oacute;n de pesos que asign&oacute; el Gobierno Nacional para cofinanciar proyectos de vivienda, empleo rural temporal, productividad, acceso a tierras, riego y drenaje, le llegue a las regiones del pa&iacute;s, indic&oacute; el jefe de la cartera agropecuaria. Una de las primeras acciones, para responder a los 4.780 proyectos que se presentaron al Pacto Agrario, fue expedir el Decreto 1567 de 2014, con el cual se dictan los lineamientos generales para la cofinanciaci&oacute;n de los mismos y, se marca una hoja de ruta para garantizar un proceso eficiente y transparente en la asignaci&oacute;n de los recursos, dijo Iragorri Valencia. Seg&uacute;n dio a conocer el Ministro, el mayor n&uacute;mero de proyectos presentados corresponde a los relacionados con productividad, tanto a nivel municipal como departamental, que fueron el 82% del total. El paso siguiente, es la calificaci&oacute;n t&eacute;cnica y econ&oacute;mica de todos los proyectos para determinar su viabilidad, la cual realizar&aacute; una firma especializada a partir de esta semana; cuyos resultados estar&aacute;n listos en el mes de noviembre y con los que iniciar&aacute; la primera fase de ejecuci&oacute;n del Pacto Agrario, inform&oacute;. &ldquo;Una vez est&eacute;n estas calificaciones, vamos a abrir una fiducia en la que colocaremos los recursos para asegurar la ejecuci&oacute;n presupuestal y no perderlos&rdquo;, agreg&oacute; el Ministro. El funcionario explic&oacute; que a trav&eacute;s de esta fiducia, se ir&aacute;n haciendo desembolsos a las regiones en la medida que vayan realizando las obras, mediante cuentas controladas, pues ser&aacute;n estas las encargadas de adelantar los proyectos. &ldquo;La ejecuci&oacute;n del proyecto depende de la velocidad con que en las regiones contraten las obras o maquinarias que contenga cada plan&rdquo;, destac&oacute; el Ministro Iragorri. Finalmente, el titular de la cartera agropecuaria en aras de la trasparencia hizo un llamado para que la ejecuci&oacute;n de los proyectos del Pacto, tenga una interventor&iacute;a social a trav&eacute;s de los l&iacute;deres de las regiones, juntas de acci&oacute;n comunal y organizaciones campesinas. &ldquo;hacemos un llamado a que se realicen &ldquo;veedur&iacute;as campesinas&rdquo; a trav&eacute;s de las asociaciones, juntas de acci&oacute;n comunal y organizaciones campesinos con el fin de que los recursos del pacto lleguen directamente a los que m&aacute;s lo necesitan&rdquo; afirm&oacute; el Ministro.</p>

Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos b&aacute;sicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculaci&oacute;n a trav&eacute;s de Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesant&iacute;as. No necesita de cuota inicial pero s&iacute; debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a trav&eacute;s del &Aacute;rea de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovaci&oacute;n Urbana en todo el territorio nacional&nbsp; y son estas viviendas las que usted deber&aacute; mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podr&aacute; apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto&nbsp; (Padres-Hijos) - (C&oacute;nyuge-C&oacute;nyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la Rep&uacute;blica Dr. Juan Manuel Santos, firm&oacute; el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertir&aacute;n en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inici&oacute; el proceso de reglamentaci&oacute;n del mismo. En cuanto est&eacute;n dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgaci&oacute;n (presencial, telef&oacute;nico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>La ley 100 de 1993, establece los requisitos para obtener la pensi&oacute;n:</p>

<p>ART&Iacute;CULO 33. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSI&Oacute;N DE VEJEZ.&lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#9">9</a> de la Ley 797 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:&gt; Para tener el derecho a la Pensi&oacute;n de Vejez, el afiliado deber&aacute; reunir las siguientes condiciones:</p>

<p>1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta (60) a&ntilde;os si es hombre.</p>

<p>A partir del 1o. de enero del a&ntilde;o 2014 la edad se incrementar&aacute; a cincuenta y siete (57) a&ntilde;os de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) a&ntilde;os para el hombre.</p>

<p>2. Haber cotizado un m&iacute;nimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo.</p>

<p>A partir del 1o. de enero del a&ntilde;o 2005 el n&uacute;mero de semanas se incrementar&aacute; en 50 y a partir del 1o.de enero de 2006 se incrementar&aacute; en 25 cada a&ntilde;o hasta llegar a 1.300 semanas en el a&ntilde;o 2015. (&hellip;&hellip;)</p>

<p>ART&Iacute;CULO 36. R&Eacute;GIMEN DE TRANSICI&Oacute;N. La edad para acceder a la pensi&oacute;n de vejez, continuar&aacute; en cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el a&ntilde;o 2014*, fecha en la cual la edad se incrementar&aacute; en dos a&ntilde;os, es decir, ser&aacute; de 57 a&ntilde;os para las mujeres y 62 para los hombres.</p>

<p>La edad para acceder a la pensi&oacute;n de vejez, el tiempo de servicio o el n&uacute;mero de semanas cotizadas, y el monto de la pensi&oacute;n de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el Sistema tengan treinta y cinco (35) o m&aacute;s a&ntilde;os de edad si son mujeres o cuarenta (40) o m&aacute;s a&ntilde;os de edad si son hombres, o quince (15) o mas a&ntilde;os de servicios cotizados, ser&aacute; la establecida en el r&eacute;gimen anterior al cual se encuentren afiliados. Las dem&aacute;s condiciones y requisitos aplicables a estas personas para acceder a la pensi&oacute;n de vejez, se regir&aacute;n por las disposiciones contenidas en la presente Ley. (&hellip;..)</p>

<p>Es bueno que usted conozca que existe un programa el cual es el de Beneficios Econ&oacute;micos Peri&oacute;dicos (BEPs) para las personas cuyos aportes no sean suficientes para alcanzar una pensi&oacute;n.</p>

<p>Para conocer m&aacute;s de este&nbsp; programa usted puede abrir la p&aacute;gina <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego ingresar al link preguntas frecuentes &ndash; Beps y tener m&aacute;s informaci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<div>

Buen d&iacute;a,</div>

<div>

&nbsp;</div>

<div>

Su licencia es categor&iacute;a C1, la cual corresponde a una licencia para conducir veh&iacute;culo p&uacute;blico, la cual tiene vigencia de tres (3) a&ntilde;os a partir de su fecha de expedici&oacute;n. Una vez su licencia encuentre vencida, deber&aacute; realizar el proceso de renovaci&oacute;n.</div>

<div>

&nbsp;</div>

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El nuevo documento que se le expedir&aacute; le va a reflejar los tipos de veh&iacute;culos que puede conducir. &nbsp;Este es uno de los cambios m&aacute;s importantes que se implementaron con la nueva ficha t&eacute;cnica, y es que ahora usted solo portar&aacute; un documento que le indicar&aacute; los tipos de veh&iacute;culos, es decir, particular y p&uacute;blico con su respectiva vigencia (el p&uacute;blico para 3 a&ntilde;os y el particular para 10 a&ntilde;os, si usted es menor de 60 a&ntilde;os).</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Quien tiene licencia de servicio p&uacute;blico vencida y que s&oacute;lo conduce veh&iacute;culo particular, aplica los plazos establecidos en la medida de &quot;Pico y Pase&quot; el cual inici&oacute; en febrero y finaliza en noviembre. Durante la puesta en marcha del Pico y Pase, los colombianos deber&aacute;n renovar su licencia teniendo en cuenta el &uacute;ltimo d&iacute;gito de la c&eacute;dula y el n&uacute;mero del mes, siendo &eacute;sta la fecha l&iacute;mite para realizar el proceso. Consulte en el siguiente link el paso a paso para realizar el tr&aacute;mite de renovaci&oacute;n: http://www.runt.com.co/portel/libreria/php/01.46.html</div>

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&nbsp;</div>

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Esperamos la informaci&oacute;n brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el &quot;ABC de la Renovaci&oacute;n de las licencias de conducci&oacute;n&quot; y &quot;Renueve as&iacute; su licencia de conducci&oacute;n&quot;, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Transporte.</div>

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&nbsp;</div>

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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a)</p>

<p>El art&iacute;culo 13 de la ley 100 de 1993 literal e, modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0797_2003.html#2">2</a> de la Ley 797 de 2003, establece:</p>

<p>ART&Iacute;CULO 13. CARACTER&Iacute;STICAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES. El Sistema General de Pensiones tendr&aacute; las siguientes caracter&iacute;sticas:</p>

<p>e. El nuevo texto es el siguiente:&gt; Los afiliados al Sistema General de Pensiones podr&aacute;n escoger el r&eacute;gimen de pensiones que prefieran. Una vez efectuada la selecci&oacute;n inicial, estos s&oacute;lo podr&aacute;n trasladarse de r&eacute;gimen por una sola vez cada cinco (5) a&ntilde;os, contados a partir de la selecci&oacute;n inicial. Despu&eacute;s de un (1) a&ntilde;o de la vigencia de la presente ley, el afiliado no podr&aacute; trasladarse de r&eacute;gimen cuando le faltaren diez (10) a&ntilde;os o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensi&oacute;n de vejez;</p>

<p>En este momento las edades para adquirir el derecho a la pensi&oacute;n son 57 a&ntilde;os para las mujeres y 62 para los hombres.</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio de l Trabajo</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>

<p><em>Si se incumple con las condiciones de:1) haber tenido en el periodo fiscal&nbsp; ingresos inferiores a $37.577.000, Que su patrimonio bruto al 31 de diciembre sea&nbsp; inferior a 120.785.000;3) haber realizado compras y consumos y consumos con tarjeta de cr&eacute;dito inferiores a $120.785.000;4) haber tenido durante el periodo fiscal&nbsp; consignaciones bancarias, dep&oacute;sitos o inversiones financieras inferiores a $120.785.000; 5)&nbsp; no ser responsable del IVA,&nbsp; estar&aacute; obligado a presentar declaraci&oacute;n de renta.</em></p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a)</p>

<p>La pregunta formulada por usted es muy general, ya que se debe determinar que nivel tiene el empleado p&uacute;blico, ya que puede ser de orden nacional, departamental o municipal, sin embargo nos permitimos mencionarle como normas los decretos 1042 de 1978, 1045 de 1978 y 1919 de 2002, entre otros.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Desde hace quince a&ntilde;os el Gobierno Nacional ha venido implementando una serie de instrumentos tendientes a garantizar la sostenibilidad fiscal y unas finanzas p&uacute;blicas sanas. El &uacute;ltimo desarrollo normativo en la materia es la Ley 1473 de 2011, ampliamente conocida como Regla Fiscal. Esta disposici&oacute;n obliga al Gobierno a mantener una senda decreciente de d&eacute;ficit fiscal estructural con metas puntuales para los a&ntilde;os 2014, 2018 y 2022. Dada esta nueva arquitectura institucional, el Gobierno se ve obligado, cuando desaparece alg&uacute;n tributo o se contrae alguna renta, a encontrar una fuente sustituta o a reducir el gasto p&uacute;blico.</p>

<p>En el a&ntilde;o 2015 desaparecer&aacute; el impuesto al patrimonio y la tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros &ndash;GMF- se reducir&aacute; de 4 por mil a 2 por mil, tal y como lo estipulan las Leyes 1370 de 2009 y 1694 de 2013, respectivamente. Tales hechos contraen las fuentes de financiamiento del PGN 2015. En consecuencia, se hace necesario mantener estos impuestos para respetar simult&aacute;neamente los compromisos de gasto e inversi&oacute;n social de y la meta de d&eacute;ficit contenida en la Regla Fiscal. De acuerdo con estimaciones del equipo t&eacute;cnico del Ministerio la disminuci&oacute;n del recaudo alcanzar&iacute;a $12,5 billones en 2015.</p>

Respuesta
<p><em>Cordial Saludo </em></p>

<p><em>Gracias por Comunicarse con la Urna de Cristal. En atenta respuesta a su requerimiento, la Jefatura de Reclutamiento del Ej&eacute;rcito Nacional se permite informar lo siguiente: </em></p>

<p>En atenci&oacute;n a su inquietud me permito informarle que en la actualidad el nuevo sistema en l&iacute;nea se encuentra en periodo de verificaci&oacute;n de errores y adecuaci&oacute;n para cada proceso de definici&oacute;n de situaci&oacute;n militar.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>

<p>La ley 100 de 1993, establece:</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 38. ESTADO DE INVALIDEZ.</strong> Para los efectos del presente cap&iacute;tulo se considera inv&aacute;lida la persona que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50% o m&aacute;s de su capacidad laboral.</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 39. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSI&Oacute;N DE INVALIDEZ.</strong> &lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0860_2003.html#1">1</a> de la Ley 860 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:&gt; Tendr&aacute; derecho a la pensi&oacute;n de invalidez el afiliado al sistema que conforme a lo dispuesto en el art&iacute;culo anterior sea declarado inv&aacute;lido y acredite las siguientes condiciones:</p>

<p>1.Invalidez causada por enfermedad: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los &uacute;ltimos tres (3) a&ntilde;os inmediatamente anteriores a la fecha de estructuraci&oacute;n</p>

<p>2. Invalidez causada por accidente: Que haya cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los &uacute;ltimos tres (3) a&ntilde;os inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma,</p>

<p>PAR&Aacute;GRAFO 1o. Los menores de veinte (20) a&ntilde;os de edad s&oacute;lo deber&aacute;n acreditar que han cotizado veintis&eacute;is (26) semanas en el &uacute;ltimo a&ntilde;o inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.</p>

<p>PAR&Aacute;GRAFO 2o. Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas m&iacute;nimas requeridas para acceder a la pensi&oacute;n de vejez, solo se requerir&aacute; que haya cotizado 25 semanas en los &uacute;ltimos tres (3) a&ntilde;os.</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>

<p>El Plan de Acci&oacute;n presentado por Colpensiones y a la vez aceptado por la Corte Constitucional para Corregir el Atraso Estructural del R&eacute;gimen de Prima Media, es el reconocimiento expreso de la existencia de fallas estructurales, fallas que se gestaron a lo largo de varias d&eacute;cadas, que afectan el efectivo funcionamiento y administraci&oacute;n del sistema de seguridad social en pensiones y que se evidencian en las diferentes esferas.</p>

<p>Para efectos de reconocimiento de pensi&oacute;n en dicho auto se estableci&oacute; unos grupos de prioridades determinados as&iacute;: GRUPO CON PRIORIDAD 1, GRUPO CON PRIORIDAD 2,GRUPO CON PRIORIDAD 3. Las restantes peticiones pensionales o sentencias judiciales que sean producto del proceso de transici&oacute;n del ISS en liquidaci&oacute;n a Colpensiones que no hagan parte de alguno de los grupos prioritarios deber&aacute;n ser respondidas y satisfechas, respectivamente, en la fecha l&iacute;mite asumida por Colpensiones.</p>

<p>Es importante que Usted conozca el Plan de Acci&oacute;n 2013 de Colpensiones donde encontrar&aacute; toda la informaci&oacute;n necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento y as&iacute; mismo saber en que grupo de prioridad se encuentra su solicitud; para lo cual debe ingresar a la p&aacute;gina <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> al link nuestra entidad &ndash; Plan de Acci&oacute;n 2013. El d&eacute;cimo cuarto informe mensual de cumplimiento a los autos 110 y 320 de 2013 y 130 de 2014 fue presentado a la Honorable Corte Constitucionalen septiembre de 2014.</p>

<p>La Administradora Colombiana de Pensiones tiene hasta el pr&oacute;ximo 31 de diciembre de 2014 para ponerse al d&iacute;a con el r&eacute;gimen de prima media. Y a partir del primero de enero de 2015, todas las solicitudes de pensi&oacute;n de los colombianos ser&aacute;n resueltas en los t&eacute;rminos en los que establece la ley. La Corte Constitucional en un nuevo auto n&uacute;mero 259 de 2014 otorg&oacute; este plazo a COLPENSIONES, solicitado durante la &uacute;ltima audiencia p&uacute;blica que se llev&oacute; a cabo para evaluar la forma como la Entidad ven&iacute;a cumpliendo las determinaciones del Alto Tribunal.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>

<p>Es bueno que usted conozca que existe un programa el cual es el de Beneficios Econ&oacute;micos Peri&oacute;dicos (BEPs) para las personas cuyos aportes no sean suficientes para alcanzar una pensi&oacute;n.</p>

<p>Los requisitos para ingresar al programa BEPs, son los siguientes:</p>

<p style="margin-left:81pt;">1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ciudadanos colombianos, mayores de 18 a&ntilde;os.</p>

<p style="margin-left:81pt;">2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ciudadanos que pertenecen a los niveles I, II y III del SISBEN.</p>

<p style="margin-left:81pt;">3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Personas ind&iacute;genas residentes en resguardos, deber&aacute;n presentar el listado censal</p>

<p>Los requisitos para ser beneficiarios del mecanismo de beneficios econ&oacute;micos peri&oacute;dicos son los siguientes:</p>

<p><strong>1-Edad.</strong> Haber cumplido si es mujer 57 a&ntilde;os de edad, o si es hombre 62 a&ntilde;os de edad.</p>

<p><strong>2-Fondos insuficientes. </strong>Que los fondos obtenidos producto de los aportes obligatorios, m&aacute;s los aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio, y otros autorizados por el Gobierno Nacional para el mismo prop&oacute;sito, no sean suficientes para obtener una pensi&oacute;n m&iacute;nima.</p>

<p><strong>3-Ahorro.</strong> Que el monto anual del ahorro sea inferior al aporte m&iacute;nimo mensual se&ntilde;alado para el Sistema General de Pensiones</p>

<p>Para conocer m&aacute;s de este&nbsp; programa usted puede abrir la p&aacute;gina <a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a> y luego ingresar al link preguntas frecuentes &ndash; Beps y tener m&aacute;s informaci&oacute;n.</p>

<p>Atentamente,<br />

<br />

Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano<br />

Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Bogot&aacute; D.C. 23 de septiembre de 2014 (@minagricultura) - Vamos a darle el &ldquo;estartazo&rdquo; que necesita la econom&iacute;a campesina, acelerando la ejecuci&oacute;n del Pacto Agrario, se&ntilde;al&oacute; el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia. Para ello se puso en marcha un plan de choque, con el que al finalizar este a&ntilde;o, el bill&oacute;n de pesos que asign&oacute; el Gobierno Nacional para cofinanciar proyectos de vivienda, empleo rural temporal, productividad, acceso a tierras, riego y drenaje, le llegue a las regiones del pa&iacute;s, indic&oacute; el jefe de la cartera agropecuaria. Una de las primeras acciones, para responder a los 4.780 proyectos que se presentaron al Pacto Agrario, fue expedir el Decreto 1567 de 2014, con el cual se dictan los lineamientos generales para la cofinanciaci&oacute;n de los mismos y, se marca una hoja de ruta para garantizar un proceso eficiente y transparente en la asignaci&oacute;n de los recursos, dijo Iragorri Valencia. Seg&uacute;n dio a conocer el Ministro, el mayor n&uacute;mero de proyectos presentados corresponde a los relacionados con productividad, tanto a nivel municipal como departamental, que fueron el 82% del total. El paso siguiente, es la calificaci&oacute;n t&eacute;cnica y econ&oacute;mica de todos los proyectos para determinar su viabilidad, la cual realizar&aacute; una firma especializada a partir de esta semana; cuyos resultados estar&aacute;n listos en el mes de noviembre y con los que iniciar&aacute; la primera fase de ejecuci&oacute;n del Pacto Agrario, inform&oacute;. &ldquo;Una vez est&eacute;n estas calificaciones, vamos a abrir una fiducia en la que colocaremos los recursos para asegurar la ejecuci&oacute;n presupuestal y no perderlos&rdquo;, agreg&oacute; el Ministro. El funcionario explic&oacute; que a trav&eacute;s de esta fiducia, se ir&aacute;n haciendo desembolsos a las regiones en la medida que vayan realizando las obras, mediante cuentas controladas, pues ser&aacute;n estas las encargadas de adelantar los proyectos. &ldquo;La ejecuci&oacute;n del proyecto depende de la velocidad con que en las regiones contraten las obras o maquinarias que contenga cada plan&rdquo;, destac&oacute; el Ministro Iragorri. Finalmente, el titular de la cartera agropecuaria en aras de la trasparencia hizo un llamado para que la ejecuci&oacute;n de los proyectos del Pacto, tenga una interventor&iacute;a social a trav&eacute;s de los l&iacute;deres de las regiones, juntas de acci&oacute;n comunal y organizaciones campesinas. &ldquo;hacemos un llamado a que se realicen &ldquo;veedur&iacute;as campesinas&rdquo; a trav&eacute;s de las asociaciones, juntas de acci&oacute;n comunal y organizaciones campesinos con el fin de que los recursos del pacto lleguen directamente a los que m&aacute;s lo necesitan&rdquo; afirm&oacute; el Ministro.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p><strong>El programa de subsidio al aporte en pensi&oacute;n </strong>est&aacute; destinado a subsidiar los aportes al r&eacute;gimen general de pensiones de los trabajadores asalariados, independientes o desempleados del sector rural y urbano, tales como artistas, deportistas, madres comunitarias, personas con discapacidad y concejales. Va dirigido a aquellas personas que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte; en este sentido, y de acuerdo con el grupo poblacional al que pertenece el beneficiario, el Fondo de Solidaridad Pensional, a trav&eacute;s del CONSORCIO COLOMBIA MAYOR, subsidia una parte del total del aporte, estando obligado el beneficiario a cancelar oportunamente la porci&oacute;n del aporte que le corresponde. Los requisitos para afiliarse dependiendo&nbsp; del grupo poblacional al que pertenezca, sin embargo es obligatorio cumplir con lo siguiente:<br />

&nbsp;<br />

&bull; Ser mayor de 35 a&ntilde;os y menor de 55 a&ntilde;os si se encuentran afiliados a Colpensiones o menores de 58 a&ntilde;os si se encuentran afiliados a los fondos de pensiones siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensi&oacute;n m&iacute;nima y contar con doscientas cincuenta (250) semanas como m&iacute;nimo, previas al otorgamiento del subsidio, independientemente del r&eacute;gimen al que pertenezcan.</p>

<p><br />

&bull; Ser mayores de 55 a&ntilde;os si se encuentran afiliados a Colpensiones o de 58 si se encuentran afiliados a los fondos de pensiones, siempre y cuando no tengan un capital suficiente para financiar una pensi&oacute;n m&iacute;nima y contar con quinientas (500) semanas como m&iacute;nimo, previas al otorgamiento del subsidio, independientemente del r&eacute;gimen al que pertenezcan.</p>

<p><br />

​&bull; Si usted es madre comunitaria debe presentar certificado del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que acredite la calidad de madre comunitaria. Adem&aacute;s de estar afiliado al sistema de seguridad social en salud (cotizante del r&eacute;gimen contributivo o beneficiarios del mismo &oacute; afiliado al r&eacute;gimen subsidiado). Finalmente debe ser menor de 65 a&ntilde;os.</p>

<p>&nbsp;<br />

&bull; <u>Si usted es discapacitado debe tener 500 semanas cotizadas o su equivalente al tiempo de servicio, estar afiliado al sistema de seguridad social en salud (cotizante del r&eacute;gimen contributivo o beneficiarios del mismo &oacute; afiliado al r&eacute;gimen subsidiado). Ser menor de 65 a&ntilde;os, estar en los niveles I &oacute; II del Sisb&eacute;n y certificar la p&eacute;rdida de la capacidad laboral, igual o superior al 50%, </u>&nbsp;(lo subrayado es nuestro).</p>

<p>&nbsp;<br />

Para mayor informaci&oacute;n &nbsp;CONSORCIO COLOMBIA MAYOR en Bogot&aacute; al tel&eacute;fono 7444334.</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Desde hace quince a&ntilde;os el Gobierno Nacional ha venido implementando una serie de instrumentos tendientes a garantizar la sostenibilidad fiscal y unas finanzas p&uacute;blicas sanas. El &uacute;ltimo desarrollo normativo en la materia es la Ley 1473 de 2011, ampliamente conocida como Regla Fiscal. Esta disposici&oacute;n obliga al Gobierno a mantener una senda decreciente de d&eacute;ficit fiscal estructural con metas puntuales para los a&ntilde;os 2014, 2018 y 2022. Dada esta nueva arquitectura institucional, el Gobierno se ve obligado, cuando desaparece alg&uacute;n tributo o se contrae alguna renta, a encontrar una fuente sustituta o a reducir el gasto p&uacute;blico.</p>

<p>En el a&ntilde;o 2015 desaparecer&aacute; el impuesto al patrimonio y la tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros &ndash;GMF- se reducir&aacute; de 4 por mil a 2 por mil, tal y como lo estipulan las Leyes 1370 de 2009 y 1694 de 2013, respectivamente. Tales hechos contraen las fuentes de financiamiento del PGN 2015. En consecuencia, se hace necesario mantener estos impuestos para respetar simult&aacute;neamente los compromisos de gasto e inversi&oacute;n social de y la meta de d&eacute;ficit contenida en la Regla Fiscal. De acuerdo con estimaciones del equipo t&eacute;cnico del Ministerio la disminuci&oacute;n del recaudo alcanzar&iacute;a $12,5 billones en 2015.</p>

Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos b&aacute;sicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculaci&oacute;n a trav&eacute;s de Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesant&iacute;as. No necesita de cuota inicial pero s&iacute; debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a trav&eacute;s del &Aacute;rea de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovaci&oacute;n Urbana en todo el territorio nacional&nbsp; y son estas viviendas las que usted deber&aacute; mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podr&aacute; apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto&nbsp; (Padres-Hijos) - (C&oacute;nyuge-C&oacute;nyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la Rep&uacute;blica Dr. Juan Manuel Santos, firm&oacute; el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertir&aacute;n en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inici&oacute; el proceso de reglamentaci&oacute;n del mismo. En cuanto est&eacute;n dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgaci&oacute;n (presencial, telef&oacute;nico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>

Respuesta
<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">Cordial saludo.</i></p>

<p class="ecxMsoNormal" style="line-height: 21.2999992370605px; margin: 0px 0px 1.35em; color: rgb(68, 68, 68); font-family: Calibri, sans-serif; font-size: 15px; text-align: justify;"><i style="line-height: 21.2999992370605px;">A su pregunta el FNA le responde que los requisitos b&aacute;sicos para acceder a este modelo, es necesario su vinculaci&oacute;n a trav&eacute;s de Cesant&iacute;as o Ahorro Voluntario y cumplir con el puntaje en el momento de solicitarlo; 400 puntos para ahorro voluntario y 460 por cesant&iacute;as. No necesita de cuota inicial pero s&iacute; debe cumplir con el punto anteriormente explicado. El FNA a trav&eacute;s del &Aacute;rea de Vivienda promocionara las viviendas (nuevas) para VIP, VIS y Renovaci&oacute;n Urbana en todo el territorio nacional&nbsp; y son estas viviendas las que usted deber&aacute; mirar y si gusta de una y cuenta con la capacidad de pago, podr&aacute; apartarla y solicitar el TACS. En caso de no tener capacidad de pago, puede solicitarlo en conjunto&nbsp; (Padres-Hijos) - (C&oacute;nyuge-C&oacute;nyuge) - (Hermanos-Hermanos) para que puedan acceder. El 6 de junio de 2014 el Presidente de la Rep&uacute;blica Dr. Juan Manuel Santos, firm&oacute; el decreto 1058 de 2014 por medio del cual los arrendatarios se convertir&aacute;n en propietarios con el modelo que hemos denominado TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), luego de la firma del decreto se inici&oacute; el proceso de reglamentaci&oacute;n del mismo. En cuanto est&eacute;n dispuestos los lineamientos de los TACS, los compartiremos por nuestros canales de divulgaci&oacute;n (presencial, telef&oacute;nico, virtual, radio y tv virtual, portal web, redes sociales, entre otros).</i></p>