Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda nueva cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y &nbsp;esperamos el decreto para dar inicio.</p>

<p><span>Mi Casa Ya tendr&aacute; especial &eacute;nfasis en las 20 ciudades intermedias del pa&iacute;s. Para el caso de Bogot&aacute; y Cundinamarca el programa operar&aacute; a trav&eacute;s de los subsidios que ya otorgan las cajas de compensaci&oacute;n familiar, m&aacute;s el subsidio a la tasa que tambi&eacute;n ya ofrece el Gobierno Nacional.</span></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr. Lemos:</p>

<p>En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos que lo establecido en el Decreto 1164 de 2014&nbsp; (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%201164%20de%202014.pdf), aplica para las Entidades Promotoras de Salud del R&eacute;gimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud. En consecuencia, no involucra al sistema de salud de la polic&iacute;a, debido a que este &nbsp;es un r&eacute;gimen de excepci&oacute;n.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Isabel:</p>

<p>Agradecemos sus comentarios y reflexiones sobre este tema, los cuales son muy importantes para la definici&oacute;n de pol&iacute;ticas en salud.</p>

<p>Atentamente le informamos que en los siguientes enlaces puede encontrar las respuestas a las distintas preguntas sobre la Ley Estatutaria, lo mismo que otros documentos sobre esta norma:</p>

<p>&nbsp;*ABC Ley Estatutaria: <a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Enlace-Minsalud 65-Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Preguntas y respuestas sobre Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>De igual manera, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx</a>&nbsp; puede encontrar las precisiones que hizo el Ministro de Salud, sobre la ampliaci&oacute;n del POS, el esquema de aseguramiento, los Comit&eacute;s T&eacute;cnico-Cient&iacute;ficos, la autonom&iacute;a m&eacute;dica y la pol&iacute;tica farmac&eacute;utica.</p>

<p>As&iacute; mismo, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx</a>&nbsp; el Viceministro de Salud explica lo que significa la Ley&nbsp; para la autonom&iacute;a profesional.</p>

<p>Gracias por su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Ana Sof&iacute;a:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Plan Obligatorio de Salud (POS) vigente desde el 1&ordm;. de enero de 2016, precisa las coberturas a que tienen derecho las personas con discapacidad por grupos de edad.</p>

<p>Entre otras contempla la psicoterapia ambulatoria, atenci&oacute;n con internaci&oacute;n en salud mental y suministro de ayudas t&eacute;cnicas, lo mismo que las tecnolog&iacute;as en salud, procedimientos, medicamentos y ex&aacute;menes a que tienen derecho&nbsp; en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.</p>

<p>En todo caso, debe tenerse en cuenta que &nbsp;siempre es el profesional de la salud tratante quien determina el tratamiento a seguir.</p>

<p>Lo invitamos a consultar el POS en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%205592%20de%202015.pdf">https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci&oacute;n%205592%20de%202015.pdf</a></p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buenos d&iacute;as sra. Adriana:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Ministerio de Salud ha tomado importantes decisiones para contribuir a la sostenibilidad financiera del sistema de salud. Algunas de ellas son la compra de cartera excepcional que benefici&oacute; a 124 Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (59 p&uacute;blicas, 63 privadas y 2 mixtas) de 25 departamentos y el Distrito Capital; el pago de 214 mil millones de pesos&nbsp; a IPS, proveedores de tecnolog&iacute;a y EPS por servicios no incluidos en el POS; y el giro directo por $767 mil millones a Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a Entidades Promotoras de Salud.</p>

<p>En el mismo sentido, la Viceministra de Protecci&oacute;n Social anunci&oacute; que con el fin de&nbsp; mejorar la liquidez y el flujo de recursos a la red prestadora de servicios de salud, a finales de 2015 se giraron &nbsp;937.778 millones de pesos, beneficiando a 1.395 entidades. &nbsp;</p>

<p>La invitamos a consultar m&aacute;s informaci&oacute;n en <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Plan-de-choque-ha-inyectado-mas-de-937-000-millones-al-sistema-de-salud.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Plan-de-choque-ha-inyectado-mas-de-937-000-millones-al-sistema-de-salud.aspx</a></p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Cristian</p>

<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisici&oacute;n de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a trav&eacute;s del pago de alquiler.</p>

<p class="rtejustify">El modelo ya est&aacute; reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo est&aacute; pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>

<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversi&oacute;n en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesant&iacute;as o ahorro voluntario. Se tendr&aacute;n en cuenta los puntajes acumulados.</p>

<p class="rtejustify">La persona podr&aacute; ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podr&aacute; radicar su solicitud para TACS. Una fracci&oacute;n del canon se destinar&aacute; como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podr&aacute; ejercer la opci&oacute;n de compra al final del contrato de manera autom&aacute;tica. Eso significa que podr&aacute; adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habr&aacute; ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>

<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisici&oacute;n de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>

<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar informaci&oacute;n o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a trav&eacute;s de sus diferentes canales de atenci&oacute;n, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>

<p class="rtejustify">Para una mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web www.fna.gov.co.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sr.&nbsp; Rold&aacute;n:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el art&iacute;culo 14 de la Ley Estatutaria establece que &ldquo;para acceder a servicios y tecnolog&iacute;as de salud no se requerir&aacute; ning&uacute;n tipo de&nbsp; autorizaci&oacute;n administrativa entre el prestador de servicios y la entidad que cumpla la funci&oacute;n de gesti&oacute;n de servicios de salud cuando se trate de atenci&oacute;n &nbsp;de urgencia&rdquo;.</p>

<p>En caso de presentarse incumplimiento de esta norma debe presentar el reclamo, en primera instancia ante la oficina de Atenci&oacute;n al Ciudadano o de Quejas y Reclamos de la EPS. Tambi&eacute;n puede hacerlo ante la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la vigilancia y control del sistema de salud. Puede hacerlo por la p&aacute;gina web <a href="http://www.supewrsalud.gov.co/">www.supersalud.gov.co</a> en el link Atenci&oacute;n en l&iacute;nea, o a trav&eacute;s de la&nbsp;l&iacute;nea telef&oacute;nica 4837000 desde Bogot&aacute; &oacute;&nbsp;018000 513700 desde cualquier parte del pa&iacute;s. Tambi&eacute;n puede dirigirse al punto de atenci&oacute;n presencial, ubicado en la Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World Business Center, Local 10 en Bogot&aacute;.</p>

<p>Lo invitamos a consultar mas informaci&oacute;n sobre la Ley Estatutaria en los siguientes enlaces:</p>

<p>&nbsp;*ABC Ley Estatutaria: <a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Enlace-Minsalud 65-Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Preguntas y respuestas sobre Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria,</a></p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>Respecto al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, le manifestamos que estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio, esta reglamentaci&oacute;n se estar&aacute; dando a conocer a trav&eacute;s de nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Buenas tardes;</p>

<p>A trav&eacute;s del programa de Plan Vial Regional, el Ministerio de Transporte ha realizado inversiones para los estudios de los tramos que se encuentran en el sector de Valle del Cauca y Quind&iacute;o, en los a&ntilde;o 2010 y 2012 respectivamente as&iacute;: FILANDIA - MORELIA - MONTENEGRO QUINDIO 17,6 km SANTA TERESA - ULLOA (LIM. VALLE) QUINDIO 6,3 km ALCALA - ULLOA VALLE DEL CAUCA 5,5 km ALCALA - PEREIRA SECTOR: ALCALA (ALCALA LIMITE RISARALDA) VALLE DEL CAUCA 6,8 km ULLOA - CHAPINERO - LIMITE QUINDIO (VIA A FILANDIA) VALLE DEL CAUCA 4,4 km</p>

<p>Esperamos que esta informaci&oacute;n sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunciarse con el Ministrio de Transporte a trav&eacute;s de su l&iacute;nea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebook Ministerio de Transporte oficial</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Requisitos para acceder a financiaci&oacute;n de estudios en el exterior: Requisitos del estudiante:<br />

<br />

&bull; Ser colombiano (se acredita con la fotocopia del documento de identidad del estudiante).<br />

&bull; Acta de grado o t&iacute;tulo profesional a nivel universitario, tecnol&oacute;gico o t&eacute;cnico profesional.<br />

&bull; Certificado de admisi&oacute;n o recibo de matr&iacute;cula expedido recientemente por el centro docente en un programa de reconocido prestigio internacional.<br />

&bull; Programa de estudios a realizar expedido por el centro docente internacional (traducido al espa&ntilde;ol),&nbsp;&nbsp; indicando fecha de iniciaci&oacute;n y terminaci&oacute;n del programa acad&eacute;mico, as&iacute; como costos totales por per&iacute;odo.<br />

&bull; Si el solicitante ya ha iniciado sus estudios, constancia de admisi&oacute;n y notas expedidas por el centro docente.<br />

&bull; Si tiene un cr&eacute;dito vigente con el ICETEX debe encontrarse a paz y salvo, tambi&eacute;n debe haber cancelado como m&iacute;nimo el 50% del valor del cr&eacute;dito.<br />

&bull; Poder suscrito y autenticado por el beneficiario y el apoderado, cuando el beneficiario no pueda legalizar la carta de instrucciones y el pagar&eacute; que respaldan el cr&eacute;dito.<br />

&bull; Si el per&iacute;odo de estudios a realizar es superior a dos a&ntilde;os, se requiere una carta de compromiso suscrita por el estudiante, incluyendo direcci&oacute;n y tel&eacute;fono de quien se encargar&aacute; de cancelar las cuotas del cr&eacute;dito del saldo de la deuda, a partir cumplidos los dos a&ntilde;os de aprobaci&oacute;n el cr&eacute;dito mientras el beneficiario termina el programa de estudios.<br />

&bull; Tener historial financiero y crediticio favorable.<br />

&bull; No estar reportado con calificaci&oacute;n negativa en ninguna central de riesgo financiero.<br />

&bull; El cr&eacute;dito se respalda mediante una Carta de Instrucciones y un Pagar&eacute; con espacios en blanco, suscritos por el beneficiario del cr&eacute;dito y un deudor solidario.<br />

&bull; Autorizar al ICETEX para consultar, registrar y reportar antecedentes econ&oacute;micos del estudiante y del deudor solidario en las entidades id&oacute;neas creadas para tal fin. Cancelar en la CIFIN el valor correspondiente al estudio de antecedentes financieros del estudiante y del deudor solidario.<br />

&bull; El deudor solidario debe tener domicilio permanente en Colombia, en caso de ser extranjero y ser aceptado previamente de acuerdo con los criterios y procedimientos adoptados por el ICETEX<br />

<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional<br />

&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Carmen</p>

<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisici&oacute;n de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a trav&eacute;s del pago de alquiler.</p>

<p class="rtejustify">El modelo ya est&aacute; reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo est&aacute; pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>

<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversi&oacute;n en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesant&iacute;as o ahorro voluntario. Se tendr&aacute;n en cuenta los puntajes acumulados.</p>

<p class="rtejustify">La persona podr&aacute; ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podr&aacute; radicar su solicitud para TACS. Una fracci&oacute;n del canon se destinar&aacute; como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podr&aacute; ejercer la opci&oacute;n de compra al final del contrato de manera autom&aacute;tica. Eso significa que podr&aacute; adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habr&aacute; ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>

<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisici&oacute;n de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>

<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar informaci&oacute;n o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a trav&eacute;s de sus diferentes canales de atenci&oacute;n, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>

<p class="rtejustify">Para una mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web www.fna.gov.co.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p class="rtejustify">Le solicitamos cordialmente ampliar o aclarar su pregunta, ya que no se puede entender a qu&eacute; se refiere.</p>

<p class="rtejustify">No obstante podemos indicarle en principio que puede dirigirse al siguiente enlace de la Unidad Administrativa Especial de Servicio de Empleo <a href="mailto:contacto@serviciodeempleo.gov.co">contacto@serviciodeempleo.gov.co</a>.</p>

<p>Quedamos atentos,</p>

<p>Cordiamente.</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes;</p>

<p>Teniendo en cuenta lo se&ntilde;alado en la Ley 105 de 1993, &quot;establece las competencias sobre la Infraestructura de Transporte&quot;...&rdquo; El Ministerio de Transporte no tiene competencia con el mejoramiento y/o mantenimiento de v&iacute;as departamentales y/o municipales y corresponde al Departamento de Antioquia determinar las prioridades para su conservaci&oacute;n y construcci&oacute;n.</p>

<p>Esperamos que esta informaci&oacute;n sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunciarse con el Ministrio de Transporte a trav&eacute;s de su l&iacute;nea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebook Ministerio de Transporte oficial</p>

Respuesta
<p><span style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; line-height: 16px; text-align: justify;">Buen d&iacute;a, en este caso usted podr&iacute;a usar su subsidio m&aacute;s el beneficio de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s, lo que significa una disminuci&oacute;n en un 30% - 40% de la cuota mensual de su cr&eacute;dito hipotecario.</span></p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es una iniciativa del Gobierno Nacional dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil</p>

<p class="rtejustify">Es necesario que usted inscriba su hoja de vida en los centros p&uacute;blicos de empleo debidamente autorizados en su regi&oacute;n. Debe dirigirse al siguiente enlace de la Unidad Administrativa Especial de Servicio de Empleo <a href="mailto:contacto@serviciodeempleo.gov.co">contacto@serviciodeempleo.gov.co</a>.</p>

<p class="rtejustify">La convocatoria para los j&oacute;venes beneficiados iniciar&aacute; el d&iacute;a 15 de abril de 2015</p>

<p class="rtejustify">Es preciso aclarar que el SENA no hace parte de los centros p&uacute;blicos de empleo participes en el programa.</p>

<p class="rtejustify">Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo. &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;</p>

Respuesta
<p>Esta son las ayudas que el Gobierno Nacional puso a disposici&oacute;n de los cafeteros desde abril del 2013. El acuerdo se alcanz&oacute; sobre un pliego de peticiones cuyo punto central tiene que ver con un mayor subsidio del Gobierno al precio interno de compra del grano. No habr&aacute; precio de sustentaci&oacute;n pero el apoyo que otorgar&aacute; el Gobierno a los cultivadores, que en adelante se llamar&aacute; &ldquo;Protecci&oacute;n al Ingreso de los Caficultores&rdquo;, PIC, se increment&oacute; considerablemente. Ser&aacute; de $145 mil por carga y sin excepci&oacute;n, aplicar&aacute; a todos cultivadores del grano. El tope para su reconocimiento ser&aacute; de $700 mil pesos la carga. Si eventualmente el precio cae por debajo de 480 mil pesos, que ser&aacute; el piso, el PIC subir&aacute; a $165 mil. Hay que recordar que el subsidio (el AIC) pas&oacute; de $30 mil por carga a $60 mil y luego a $115 mil pesos para los productores con menos de 20 hect&aacute;reas y a $95 mil para los cultivadores con un hectareaje mayor. El PIC ser&aacute; equivalente al 25 por ciento del precio b&aacute;sico de la carga de caf&eacute;. &ldquo;Nunca en la historia del caf&eacute; se hab&iacute;a asignado un complemento de esta naturaleza&rdquo;, afirm&oacute; el ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo Salazar. Con el incremento, el valor de la ayuda estatal tendr&aacute; un costo fiscal de 800 mil millones de pesos este a&ntilde;o, suficientes, seg&uacute;n el ministro de Hacienda Mauricio C&aacute;rdenas Santamar&iacute;a, para vincular a 700 mil hogares pobres del pa&iacute;s al Programa Familias en Acci&oacute;n. Otros temas de importancia relacionados con el cr&eacute;dito, los fertilizantes, importaciones del grano, la miner&iacute;a en zonas cafeteras, formalizaci&oacute;n laboral, hicieron parte de las negociaciones. Los detalles se definir&aacute;n luego. En materia de cr&eacute;dito, se reprogramar&aacute;n hasta 4 a&ntilde;os los cr&eacute;ditos de los cafeteros exigibles este a&ntilde;o. Se otorgar&aacute; un a&ntilde;o de gracia. Una comisi&oacute;n afinar&aacute; los detalles. El acuerdo quedar&aacute; plasmado en un acta que suscribieron los representantes del Gobierno y los voceros del movimiento de paro.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000). Se tendr&aacute; en cuenta los ingresos del hogar que conforme actualmente.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra Mary:</p>

<p>Atentamente le informamos que en los siguientes enlaces puede encontrar las respuestas a las distintas preguntas sobre la Ley Estatutaria, lo mismo que otros documentos informativos sobre esta norma:</p>

<p>&nbsp;*ABC Ley Estatutaria: <a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/abce-ley-estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Enlace-Minsalud 65-Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/COM/Enlace-MinSalud-65-Ley-Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>*Preguntas y respuestas sobre Ley Estatutaria:</p>

<p><a href="https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria">https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Preguntas%20y%20Respuestas%20sobre%20la%20Ley%20Estatutaria.pdf#search=%252CEstatutaria</a></p>

<p>De igual manera, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Precisiones-sobre-la-Ley-Estatutaria-de-Salud.aspx</a>&nbsp; puede encontrar las precisiones que hizo el Ministro de Salud, sobre la ampliaci&oacute;n del POS, el esquema de aseguramiento, los Comit&eacute;s T&eacute;cnico-Cient&iacute;ficos, la autonom&iacute;a m&eacute;dica y la pol&iacute;tica farmac&eacute;utica.</p>

<p>As&iacute; mismo, en el enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx">https://www.minsalud.gov.co/Paginas/-Ley-Estatutaria-abrio-un-espacio-importante-para-profesionales-de-la-salud-en-autonomia-profesional.aspx</a>&nbsp; el Viceministro de Salud explica lo que significa la Ley&nbsp; para la autonom&iacute;a profesional.</p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">Lo anterior quiere decir que no podria aplicar para este beneficio dado que ya cuenta con una vivienda y el tr&aacute;mite se inicia en el momento de la solicitud del cr&eacute;dito para compra vivienda ante la entidad financiera.</p>

Respuesta
<p>Buenas tardes sra. Andrea:</p>

<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el art&iacute;culo 8 de la Resoluci&oacute;n 5592 de 2015 (Plan Obligatorio de Salud)&nbsp; define la atenci&oacute;n de urgencias as&iacute;:</p>

<p>&ldquo;Modalidad de prestaci&oacute;n de servicios de salud, que busca preservar la vida y prevenir las consecuencias cr&iacute;ticas, permanentes o futuras, mediante el uso de tecnolog&iacute;as en salud para la atenci&oacute;n de usuarios que presenten alteraci&oacute;n de la integridad f&iacute;sica, funcional o mental, por cualquier causa y con cualquier grado de severidad que comprometan su vida o funcionalidad&rdquo;.</p>

<p>La invitamos a consultar la Resoluci&oacute;n 5592 en este enlace <a href="https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%205592%20de%202015.pdf">https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%205592%20de%202015.pdf</a></p>

<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>

<p>Cordial saludo,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>De conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Ahora bien, la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>El directorio de oficinas de la Agencia P&uacute;blica de Empleo&nbsp; del SENA, lo encontrar&aacute; ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>Por &uacute;ltimo, el Gobierno en su b&uacute;squeda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una pol&iacute;tica Nacional de Emprendimiento, que&nbsp; con la articulaci&oacute;n de esfuerzos de las personas p&uacute;blicas y privadas que integran la Red Nacional y las&nbsp; Redes Regionales&nbsp; para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es as&iacute; como a trav&eacute;s de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras,&nbsp; apoya proyectos de emprendimiento empresarial,&nbsp; financiando las&nbsp; ideas de negocio, generando innovaci&oacute;n, la creaci&oacute;n de empresa y Pymes.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Respetado Ciudadano (a):</p>

<p>Es muy loable de parte suya proponer una regulaci&oacute;n de los salarios del pa&iacute;s para los profesionales, especialmente el de los sic&oacute;logos.</p>

<p>Le comento que el Gobierno Nacional dicta normas sobre el r&eacute;gimen salarial y prestacional de los funcionarios p&uacute;blicos, fija la escala de asignaci&oacute;n b&aacute;sica, escalas de remuneraci&oacute;n de las distintas categor&iacute;as de empleos y dem&aacute;s; todo lo relacionado con los funcionarios p&uacute;blicos.</p>

<p class="rtejustify">En cuanto a la empresa privada es por voluntad y autonom&iacute;a de las partes acordar la remuneraci&oacute;n de los diferentes empleos existentes,&nbsp; teniendo en cuenta el n<strong>ivel de conocimiento y experiencia requerida para el cargo, la labor que se va a desempe&ntilde;ar y los resultados que ofrezca, as&iacute; como la remuneraci&oacute;n en el mercado laboral en empresas de caracter&iacute;sticas parecidas. </strong></p>

<p class="rtejustify">Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p class="rtejustify">El compromiso del Gobierno Nacional es reducir los &iacute;ndices de desempleo en el pa&iacute;s tanto es as&iacute; que se ha logrado reducir el desempleo a un d&iacute;gito, sin embargo ning&uacute;n esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo formal, digno, productivo y de calidad en el cual profesionales con posgrado pueden participar. El servicio de la Nueva Agencia P&uacute;blica de Empleo funciona en internet, a trav&eacute;s de la p&aacute;gina www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podr&aacute;n encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. Tambi&eacute;n funciona por medio de las m&uacute;ltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros p&uacute;blicos de atenci&oacute;n en diferentes partes del pa&iacute;s, con la colaboraci&oacute;n de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensaci&oacute;n. Tambi&eacute;n se puede consultar la p&aacute;gina del SENA el cual es sne.sena.edu.co. Para las diferentes convocatorias de cargos p&uacute;blicos debe ingresar a la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>

<p class="rtejustify">Atentamente,</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>El impuesto al consumo de licores es una renta de los departamentos. Si en una vigencia fiscal se reducen estos ingresos, corresponde a los departamentos realizar estrategias para dinamizar dichos ingresos, no hay marco legal hoy en d&iacute;a para que el gobierno ante una reducci&oacute;n de estos recursos llegare a compensar dicha disminuci&oacute;n.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, usted debe tener en cuenta que en el art&iacute;culo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el art&iacute;culo 1&deg; del Decreto 1544 de 2014, se estableci&oacute; que las coberturas a la tasa de inter&eacute;s solo cubrir&aacute;n aquellos cr&eacute;ditos que sean desembolsados en las nueva fecha &nbsp;<strong><u>a partir del 14 &nbsp;de Agosto de 2014 y&nbsp; hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas establecidas</u></strong>&nbsp;por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA.&nbsp;</p>

<p>Si en el momento del desembolso del cr&eacute;dito no habian coberturas a la tasa de interes disponibles, no podr&aacute; ser beneficiario del mencionado subsidio.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

Una vez revisadas las bases de seguimiento del Ministerio de Educaci&oacute;n, es pertinente aclarar que los proyectos cofinanciados en San Juan de Uraba fueron terminados y entregados durante el periodo 2010 &ndash; 2014, as&iacute;:</p>

<p>&nbsp;</p>

<table border="1" cellpadding="0" cellspacing="0">

<tbody>

<tr>

<td colspan="2" style="width:395px;">

<p align="center"><strong>PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA TERMINADOS&nbsp; 2010&nbsp; -&nbsp; 2014</strong></p>

</td>

</tr>

<tr>

<td style="width:37px;">

<p align="center"><strong>N&deg;</strong></p>

</td>

<td style="width:358px;">

<p align="center"><strong>ETC</strong></p>

</td>

</tr>

<tr>

<td style="width:37px;">

<p>&nbsp;</p>

</td>

<td style="width:358px;">

<p align="center"><strong>ANTIOQUIA</strong></p>

</td>

</tr>

<tr>

<td style="width:37px;">

<p>145</p>

</td>

<td style="width:358px;">

<p>ANTIOQUIA SAN JUAN DE URABA</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td style="width:37px;">

<p>146</p>

</td>

<td style="width:358px;">

<p>ANTIOQUIA SAN JUAN DE URABA</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td style="width:37px;">

<p>147</p>

</td>

<td style="width:358px;">

<p>ANTIOQUIA SAN JUAN DE URABA</p>

</td>

</tr>

<tr>

<td style="width:37px;">

<p>148</p>

</td>

<td style="width:358px;">

<p>ANTIOQUIA - SAN JUAN DE URABA</p>

</td>

</tr>

</tbody>

</table>

<p>&nbsp;</p>

<p>Por lo anterior y dado que no se cuenta con informaci&oacute;n espec&iacute;fica de la sede en consulta, nos permitimos recomendar acercarse a la Secretaria de Educaci&oacute;n para revisar si se trata de alg&uacute;n proyecto liderado por esa instancia. Cualquier aclaraci&oacute;n o acompa&ntilde;amiento adicional con gusto estaremos atentos en resolver.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Direcci&oacute;n de Cobertura y Equidad<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jenny</p>

<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisici&oacute;n de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a trav&eacute;s del pago de alquiler.</p>

<p class="rtejustify">El modelo ya est&aacute; reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo est&aacute; pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>

<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversi&oacute;n en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesant&iacute;as o ahorro voluntario. Se tendr&aacute;n en cuenta los puntajes acumulados.</p>

<p class="rtejustify">La persona podr&aacute; ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podr&aacute; radicar su solicitud para TACS. Una fracci&oacute;n del canon se destinar&aacute; como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podr&aacute; ejercer la opci&oacute;n de compra al final del contrato de manera autom&aacute;tica. Eso significa que podr&aacute; adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habr&aacute; ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>

<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisici&oacute;n de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>

<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar informaci&oacute;n o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a trav&eacute;s de sus diferentes canales de atenci&oacute;n, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>

<p class="rtejustify">Para una mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web www.fna.gov.co.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>De conformidad con el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selecci&oacute;n por m&eacute;rito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisi&oacute;n de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades p&uacute;blicas.</p>

<p>Ahora bien, la persona en b&uacute;squeda de empleo debe acudir a&nbsp; las Agencias P&uacute;blicas o Privadas de Gesti&oacute;n y Colocaci&oacute;n de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio P&uacute;blico de Empleo, cuya ubicaci&oacute;n podr&aacute; ser consultada accediendo al siguiente enlace:&nbsp; <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>

<p>El directorio de oficinas de la Agencia P&uacute;blica de Empleo&nbsp; del SENA, lo encontrar&aacute; ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>

<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>

<p>Por &uacute;ltimo, el Gobierno en su b&uacute;squeda constante de soluciones y alternativas para combatir el desempleo y la falta de oportunidades en el territorio nacional, cuenta con una pol&iacute;tica Nacional de Emprendimiento, que&nbsp; con la articulaci&oacute;n de esfuerzos de las personas p&uacute;blicas y privadas que integran la Red Nacional y las&nbsp; Redes Regionales&nbsp; para el Emprendimiento, se avanza en el fomento al emprendimiento, es as&iacute; como a trav&eacute;s de programas y estrategias del Fondo Emprender del SENA, Innpulsa Colombia, Emprende Cultura, Colombia Joven Emprende, entre otras,&nbsp; apoya proyectos de emprendimiento empresarial,&nbsp; financiando las&nbsp; ideas de negocio, generando innovaci&oacute;n, la creaci&oacute;n de empresa y Pymes.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La convalidaci&oacute;n de t&iacute;tulos en el exterior, tal y como se establece en la resoluci&oacute;n 21707 del 22 de diciembre de 2014,&nbsp;&nbsp; &quot;es un procedimiento en virtud del cual , se busca asegurar la idoneidad acad&eacute;mica de quienes obtuvieron t&iacute;tulos acad&eacute;micos cursados en el exterior, que implica la realizaci&oacute;n de un examen de legalidad y un examen acad&eacute;mico de los estudios realizados&quot;.<br />

<br />

En atenci&oacute;n a la observaci&oacute;n por usted realizada, amablemente nos permitimos informarle que los valores correspondientes a la tarifa del proceso de convalidaci&oacute;n de t&iacute;tulos se encuentran establecidos por la Resoluci&oacute;n 2590 de 2012 y se determinan a partir del estudio t&eacute;cnico que realiza el Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional por medio del cual se identifican los costos directos e indirectos en los que la administraci&oacute;n incurre por la prestaci&oacute;n de dicho servicio.<br />

<br />

Esperamos que lo anterior responda a su inquietud.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes;</p>

<p class="rtejustify">El Gobierno Nacional a trav&eacute;s de la concesiones viales, avanza con el programa de 4G as&iacute;: primera Ola, 10 proyectos adjudicados para aproximadamente 1,200 km. Segunda Ola, 10 proyectos adjudicados y en licitaci&oacute;n para 1.592 km aproximadamente. Tercera Ola, 9 proyectos en proceso de estructuraci&oacute;n para 1.300 km aproximadamente. Igualmente se han concesionado 1.500 km aprox. de longitud de v&iacute;as f&eacute;rreas, en cuanto a concesiones portuarias hay 10 nuevos proyectos. Contratos de Concesi&oacute;n Portuaria Administrados por CORMAGDALENA a la fecha 16 Concesiones Portuarias Fluviales y 27 Concesiones Portuarias Mar&iacute;timas.</p>

<p class="rtejustify">A trav&eacute;s de los programas como Corredores de Competitividad, Corredores de Prosperidad, Grandes Proyectos, Corredores de Mantenimiento y Rehabilitaci&oacute;n, conectividad regional y caminos para la prosperidad, el Gobierno Nacional a trav&eacute;s del Instituto Nacional de V&iacute;as Invias realiza obras de construcci&oacute;n, mantenimiento, rehabilitaci&oacute;n y operaci&oacute;n en la red nacional, secundaria y terciaria del pa&iacute;s.</p>

<p class="rtejustify">Vale la pena resaltar que mediante la ley 105 de 1993, establece las competencias sobre la Infraestructura de Transporte, donde las v&iacute;as nacionales son aquellas a cargo de la Naci&oacute;n, las v&iacute;as departamentales a cargo de los Departamentos y las v&iacute;as municipales y distritales a cargo de los municipios.</p>

<p class="rtejustify">Esperamos que esta informaci&oacute;n sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunciarse con el Ministrio de Transporte a trav&eacute;s de su l&iacute;nea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebook Ministerio de Transporte oficial</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
Señor

Vilvo



Pregunta "avanza el proceso de paz, y donde están los secuestrados civiles en todas las regiones del país, y la explicación de farc"

Respuesta: En primer lugar es importante recordar que previo a la instalación de la Mesa de Conversaciones en Agostode 2012, las FARC anunciaron públicamente el 26 de Febrero de 2012 su renuncia al plagio de civiles como método de financiación.



En segundo lugar, el Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera establece que las víctimas están en el centro del acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC. Como resultado de ello acordamos un conjunto de 10 principios para abordar este punto en la Mesa de Conversaciones, llevamos a cabo tres foros regionales y uno nacional en los que participaron cerca de 3000 víctimas, y escuchamos en la Mesa de conversaciones a 60 víctimas que narraron su experiencia e hicieron propuestas a la Mesa. A la fecha hemos recibido más de 23.000 aportes sobre el tema de víctimas que están siendo analizados y tenidos en cuenta por el Gobierno en la Mesa de conversaciones.



En tercer lugar, es importante resaltar que la declaración de principios para abordar el Punto 5 de la agenda contempla un compromiso claro del Gobierno y de las FARC de contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas, haciendo un énfasis especial en el reconocimiento de responsabilidad de cada una de las partes, en el reconocimiento de las víctimas, en la importancia del esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas, y en el compromiso de no intercambiar impunidades.



Finalmente, la situación de los secuestrados ocupa un lugar clave dentro de la estrategia de justicia transicional. Por esta razón, la liberación de los secuestrados es una de las condiciones para que se dé un tratamiento penal especial de conformidad con lo establecido en el Marco Jurídico para la Paz.



Cordialmente



Oficina del Alto Comisionado para la Paz

Departamento Administrativo de la Presidencia de la República