Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p>1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes</p>

<p>2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional</p>

<p>3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012)</p>

<p>4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que de acuerdo a la Resoluci&oacute;n 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicion&oacute; 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase&nbsp; para cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1&ordm; de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas que defina FONVIVIENDA</p>

<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resoluci&oacute;n 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>

<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea de hasta 70 Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP&nbsp; se asignara un total de 30.000 coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>

<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a 70 SMMLV y hasta 135 SMMLV vivienda VIS&nbsp; se asignara un total de 100.000 coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>

<p>Es importante tener en cuenta si en el momento del desembolso del cr&eacute;dito de vivienda exist&iacute;a disponibilidad de coberturas a la tasa de inter&eacute;s.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atendic&oacute;n a su inquietud nos permitimos hacer referencia a lo dispuesto en el parrafo 3, articulo 16 del decreto 0432 de 2015 el cual indica: &quot;El desembolso del subsidio familiar de vivienda, al vendedir de la misma, estar&aacute; condicionado a que la entidad otorgante del cr&eacute;dito realiace el desembolso del mismo, lo cual deber&aacute; comunicar a Fonvivienda y/o a quien esta indique.</p>

<div>

&nbsp;</div>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>Para acceder al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protecci&oacute;n al Cesante, los trabajadores independientes deber&aacute;n afiliarse a las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar teniendo en cuenta que para acceder a los beneficios deber&aacute; realizar aportes durante dos a&ntilde;os, continuos o discontinuos, en el transcurso de los &uacute;ltimos tres a&ntilde;os. La afiliaci&oacute;n de los trabajadores independientes al MPC requerir&aacute; en todo caso, la afiliaci&oacute;n previa a los Sistemas de Seguridad Social en Salud y Pensiones.&nbsp;</p>

<p>&iquest;Qu&eacute; requisitos se necesitan para acceder a los beneficios ofrecidos por el Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante? 1. Que su situaci&oacute;n laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duraci&oacute;n pactado y no cuente con ning&uacute;n otro o no cuente con ninguna fuente de ingresos. 2. Que hayan realizado aportes durante un a&ntilde;o, continuo o discontinuo, a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar en el transcurso de los &uacute;ltimos tres a&ntilde;os para el caso de los trabajadores dependientes y dos a&ntilde;os, continuos o discontinuos, para los independientes. 3. Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la b&uacute;squeda de empleo. 4. Estar inscrito en programas de capacitaci&oacute;n y re-entrenamiento en los t&eacute;rminos dispuestos por la reglamentaci&oacute;n que expida el Gobierno Nacional. 5. Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de sus cesant&iacute;as, quienes devenguen hasta dos SMMLV deber&aacute;n haber ahorrado como m&iacute;nimo el 10% del promedio de su salario mensual del &uacute;ltimo a&ntilde;o. Para quienes devenguen m&aacute;s de 2 SMMLV el ahorro m&iacute;nimo deber&aacute; ser de 25%.&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadno</p>

<p>Ministerio de Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>

<p>Conforme a su inquietud, le manifestamos que en principio no; por lo dispuesto en el Decreto 2616 de 2013.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio de Trabajo</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. <u><strong>Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</strong></u></p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que actualmente de acuerdo a la Resoluci&oacute;n 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicion&oacute; 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase&nbsp; para cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1&ordm; de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>

<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resoluci&oacute;n 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>

<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea de hasta setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP&nbsp; se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>

<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS&nbsp; se asignara un total de cien&nbsp; mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>

<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminaci&oacute;n anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase,&nbsp; se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Decreto 1190 de 2012.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que para el a&ntilde;o 2016 FONVIVIENDA, ya aseguro la cantidad de coberturas a la tasa de interes.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>El programa de &ldquo;40.000 Primeros Empleos&rdquo; es una iniciativa del Gobierno Nacional dirigida a la poblaci&oacute;n entre 18 y 28 a&ntilde;os de edad, sin experiencia laboral: reci&eacute;n egresados de alg&uacute;n programa de educaci&oacute;n superior&nbsp; y bachilleres que no hayan podido continuar con su proceso en las regiones con mayor tasa de desempleo juvenil</p>

<p>Es necesario que usted inscriba su hoja de vida en los centros p&uacute;blicos de empleo debidamente autorizados en su regi&oacute;n.</p>

<p>La convocatoria para los j&oacute;venes beneficiados iniciar&aacute; el d&iacute;a 15 de abril de 2015</p>

<p>Es preciso aclarar que el SENA no hace parte de los centros p&uacute;blicos de empleo participes en el programa.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Al respecto le informamos que dado a que el hogar ya adquirio una vivienda, esto lo rechazar&aacute; para cualquier postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda. Lo anterior de acuerdo al decreto 2190 de 2009.</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior le sugerimos acudir a la Caja de Compensaci&oacute;n Familiar donde se encuentra afiliado con el fin de que le brinden mayor informaci&oacute;n respecto a la postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda.</span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p style="text-align:justify">Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el Fondo Nacional del Ahorro donde tomo el cr&eacute;dito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. <u><strong>Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</strong></u></p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><font face="Verdana, sans-serif"><span style="font-size: 13.3333330154419px;">Por otra parte le sugerimos acudir al Instituto Social de Vivienda y H&aacute;bitat de Medell&iacute;n donde le brindar&aacute;n informaci&oacute;n sobre los proyectos de vivienda de interes prioritario y social en la ciudad de Medell&iacute;n.</span></font></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su solicitud en relaci&oacute;n al tema exacto sobre el cual requiere informaci&oacute;n, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.&nbsp;</p>

<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.</p>

<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resoluci&oacute;n 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableci&oacute;:</p>

<p>&ldquo;Art&iacute;culo 1&ordm;. El Programa de Promoci&oacute;n de Acceso a la Vivienda de Inter&eacute;s Social - &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se implementar&aacute; en todos los Departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios, con excepci&oacute;n de los siguientes: Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.&rdquo;&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Apreciado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria para acceder al Programa &ldquo;Ser pilo paga&rdquo; ofrecida por el Gobierno Nacional, estuvo dirigida &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y que cumplieran en su totalidad, con los tres requisitos exigidos:<br />

<br />

&bull; Puntaje ICFES igual o superior a 310 puntos,<br />

&bull; Puntaje espec&iacute;fico de SISBEN con el corte respectivo a 19 de septiembre de 2014 y,<br />

&bull; Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad.<br />

<br />

El plazo m&aacute;ximo para la legalizaci&oacute;n del proceso de inscripci&oacute;n en las oficinas del ICETEX fue el 11 de diciembre de 2014 y la aprobaci&oacute;n de los cr&eacute;ditos fue realizada para las personas que cumplieron con todos los requisitos y legalizaron la inscripci&oacute;n ante el ICETEX dentro de las fechas designadas, en estos momentos la Convocatoria se encuentra cerrada para nuevos beneficiarios.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional<br />

&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de estos programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que los rige.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;"><u><strong>&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</strong></u></p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. <strong><u>Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</u></strong></p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Miguel</p>

<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisici&oacute;n de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a trav&eacute;s del pago de alquiler.</p>

<p class="rtejustify">El modelo ya est&aacute; reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo est&aacute; pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>

<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversi&oacute;n en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesant&iacute;as o ahorro voluntario. Se tendr&aacute;n en cuenta los puntajes acumulados.</p>

<p class="rtejustify">La persona podr&aacute; ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podr&aacute; radicar su solicitud para TACS. Una fracci&oacute;n del canon se destinar&aacute; como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podr&aacute; ejercer la opci&oacute;n de compra al final del contrato de manera autom&aacute;tica. Eso significa que podr&aacute; adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habr&aacute; ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>

<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisici&oacute;n de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>

<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar informaci&oacute;n o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a trav&eacute;s de sus diferentes canales de atenci&oacute;n, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>

<p class="rtejustify">Para una mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web www.fna.gov.co.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>La pregunta por Usted manifestada la reglament&oacute; el art&iacute;culo 63 de la ley 1429 de 2010 y el&nbsp; Decreto 2025 de 2011 en el cual se estableci&oacute; sanciones pecuniarias de doble v&iacute;a a&nbsp; Cooperativas, preccooperativas y terceros contratantes que intervengan en la intermediaci&oacute;n laboral en modalidad de trabajadores en misi&oacute;n. Tipifica las conductas objeto de sanci&oacute;n, en que incurren las CTA ,y pre-CTA y las instituciones privadas o p&uacute;blicas contratantes. Sanciona al servidor p&uacute;blico responsable que contrate con las CTA y pre-CTA, donde se configura la intermediaci&oacute;n laboral.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en cuanto al Programa Mi Casa Ya y de acuerdo a lo estipulado en articulo 8 del Decreto 0428 de 2015 el cual reglamenta este programa, los hogares que pretendan acceder al mismo deberan cumpliur con unos requisitos entre los cuales se encuentra &quot;No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar.&quot;</p>

<p>Por lo anterior su hogar solo podria ser beneficiaria del subsidio a la Tasa de Interes. Al respecto le manifestamos que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglament&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de inter&eacute;s que facilitan la financiaci&oacute;n para la compra de vivienda de inter&eacute;s social nueva en &aacute;reas urbanas, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>

<p>El art&iacute;culo 3&ordm; del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del cr&eacute;dito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deber&aacute;n cumplir las siguientes condiciones, adem&aacute;s de las previstas en el Decreto en menci&oacute;n y en la reglamentaci&oacute;n que para el efecto se expida, as&iacute;:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">1.&nbsp;&nbsp; Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">2.&nbsp;&nbsp; No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">3.&nbsp;&nbsp; No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<strong><u>Comprar una vivienda nueva en &aacute;rea urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>

<p>Este beneficio aplicar&aacute; previo cumplimiento a los requisitos anteriormente mencionados, as&iacute; como a la disponibilidad de coberturas en el momento del desembolso del cr&eacute;dito hipotecario. Por lo anterior le sugerimos acudir a la entidad financiera donde tome el cr&eacute;dito de vivienda con el fin de que le brinden informaci&oacute;n a fondo frente a este beneficio.</p>

Respuesta
<p>En atenci&oacute;n a su inquietud hacemos referencia a lo estipulado en el Art&iacute;culo 34 del Decreto 2190 de 2009, el cual enuncia:<em> &ldquo;</em><em>No podr&aacute;n postular al Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este decreto los hogares que presenten alguna de las siguientes condiciones&rdquo;</em></p>

<p>1 Quienes como beneficiarios hayan recibido subsidios familiares de vivienda, o quienes siendo favorecidos con la asignaci&oacute;n no hubieren presentado antes del vencimiento del subsidio su renuncia a la utilizaci&oacute;n. Lo anterior cobija los subsidios otorgados por FONVIVIENDA; el Instituto Nacional de Vivienda y Reforma Urbana, Inurbe, hoy en liquidaci&oacute;n; la Caja Agraria hoy en liquidaci&oacute;n; el Banco Agrario; Focaf&eacute; y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar, en los t&eacute;rminos de la Ley 3&ordf; de 1991, Ley 49 de 1990 y normas reglamentarias y por el FOREC hoy en liquidaci&oacute;n, de acuerdo con el Decreto-ley 350 de 1999 y dem&aacute;s entidades u organismos que se establezcan en el futuro para atender calamidades naturales. Lo anterior, no se aplicar&aacute; en caso de que el beneficiario hubiere restituido el subsidio a la respectiva entidad otorgante</p>

<p>2 En el caso de adquisici&oacute;n o construcci&oacute;n en sitio propio, cuando alguno de los miembros del hogar sea propietario de otra vivienda a la fecha de postular&quot;</p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:</p>

<p>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.</p>

<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.</p>

<p>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as Jes&uacute;s Mar&iacute;a</p>

<p class="rtejustify">Teniendo en cuenta tu intervenci&oacute;n te sugerimos nos ampl&iacute;es la informaci&oacute;n de tal forma que podamos proporcionar una respuesta directa o bien brindar orientaci&oacute;n si es del caso.</p>

<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de estos programas es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que los rige.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jose</p>

<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisici&oacute;n de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a trav&eacute;s del pago de alquiler.</p>

<p class="rtejustify">El modelo ya est&aacute; reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo est&aacute; pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelar&iacute;a normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>

<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversi&oacute;n en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesant&iacute;as o ahorro voluntario. Se tendr&aacute;n en cuenta los puntajes acumulados.</p>

<p class="rtejustify">La persona podr&aacute; ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podr&aacute; radicar su solicitud para TACS. Una fracci&oacute;n del canon se destinar&aacute; como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podr&aacute; ejercer la opci&oacute;n de compra al final del contrato de manera autom&aacute;tica. Eso significa que podr&aacute; adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habr&aacute; ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>

<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisici&oacute;n de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>

<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar informaci&oacute;n o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a trav&eacute;s de sus diferentes canales de atenci&oacute;n, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>

<p class="rtejustify">Para una mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web www.fna.gov.co.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>

<p class="rtejustify">&nbsp;</p>

<p>Equipo Urna de Cristal</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>&middot;Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p>&middot;Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p>&middot;Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>&middot;Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p>&middot;Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa.&nbsp;</p>

<p><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Se sugiere acudir a la Alcald&iacute;a municipal donde le brindaran informaci&oacute;n sobre los proyectos de Vivienda de Inter&eacute;s Social - VIS en la ciudad de Bucaramanga.</span><span><o p=""></o></span></p>