¿Qué quieres preguntar sobre los beneficios para adquirir vivienda?
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El Presidente Juan Manuel Santos anunció un nuevo programa comprar casa propia con solo un 10% de cuota inicial y con un paquete de subsidios. Esto se suma a los demás beneficios. Actualmente el Gobierno tiene varios planes para darle vivienda propia a los colombianos.
Davivienda me nego el subsidio frech y realmente cumplia todos los puntos. Con quien puedo acudir.davivienda no responde
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de interés que facilitan la financiación para la compra de vivienda de interés social nueva en áreas urbanas, a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>
<p>El artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p>1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes</p>
<p>2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional</p>
<p>3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012)</p>
<p>4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que de acuerdo a la Resolución 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicionó 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase para créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del número de coberturas que defina FONVIVIENDA</p>
<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resolución 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>
<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea de hasta 70 Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP se asignara un total de 30.000 coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>
<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea mayor a 70 SMMLV y hasta 135 SMMLV vivienda VIS se asignara un total de 100.000 coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>
<p>Es importante tener en cuenta si en el momento del desembolso del crédito de vivienda existía disponibilidad de coberturas a la tasa de interés.</p>
<p>El artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p>1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes</p>
<p>2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional</p>
<p>3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012)</p>
<p>4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que de acuerdo a la Resolución 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicionó 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase para créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del número de coberturas que defina FONVIVIENDA</p>
<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resolución 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>
<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea de hasta 70 Salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP se asignara un total de 30.000 coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>
<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avaluó del establecimiento de crédito sea mayor a 70 SMMLV y hasta 135 SMMLV vivienda VIS se asignara un total de 100.000 coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuación: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>
<p>Es importante tener en cuenta si en el momento del desembolso del crédito de vivienda existía disponibilidad de coberturas a la tasa de interés.</p>
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