Tengo saldo a favor. ¿Como debo cobrárselo a la Dian?

Enviado por jebicore el Mar, 29/07/2014 - 10:24

¿Qué dudas tienes sobre el calendario tributario y la nueva declaración de renta?

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La base de contribuyentes vía declaración de renta se amplió. Ahora más colombianos deben declarar. A la nueva base de contribuyentes entrarán más asalariados, profesionales independientes y pequeños comerciantes. Por eso queremos aclarar las dudas de los colombianos sobre la declaración de renta y el calendario tributario 2014. Cuéntanos todas tus preguntas, opiniones y comentarios.

Tengo saldo a favor. ¿Como debo cobrárselo a la Dian?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes,</p>
<p>Los saldos a favor originados en declaraci&oacute;n tributaria se recuperan:</p>
<p>1.- arrastr&aacute;ndolos como saldo a favor sin solicitud de devoluci&oacute;n de a&ntilde;os anteriores, en las declaraciones futuras.</p>
<p>2.- Solicitando que el saldo a favor sea compensado.</p>
<p>3.- Solicitando devoluci&oacute;n del saldo a favor.</p>
<p>En los dos &uacute;ltimos casos se requiere solicitud dirigida a la DIAN de conformidad con lo se&ntilde;alado en el art&iacute;culo 850 del Estatuto Tributario.</p>

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