Si una persona nunca há trabajado en empresa, ¿ Cómo hacer para pensionarse?

Enviado por jheison-ragga el Mar, 19/03/2013 - 17:19
Si una persona nunca há trabajado en empresa, ¿ Cómo hacer para pensionarse?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as</p>
<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico.</p>
<p class="rtejustify">En la actualidad fue realizado un traslado de administraci&oacute;n del r&eacute;gimen de prima media con prestaci&oacute;n definida, la cual ven&iacute;a desempe&ntilde;ando anterior y continuamente por parte del Instituto de Seguros Sociales. Es necesario advertir que el cambio de administrador, no afecta en ning&uacute;n caso las condiciones de las actuales pensiones como tampoco afecta los requisitos legales para adquirirla.&nbsp; Por lo anterior, las personas que se encuentran cotizando o ya poseen su mesada pensional, todo seguir&aacute; igual, sin presentarse ninguna modificaci&oacute;n o cambio sustancial.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, podr&aacute; acudir ante el Ministerio del Trabajo, entidad que solucionar&aacute; todas y cada una de sus dudas, y de esta manera atender en la mayor parte las peticiones relacionadas con la materia. Para conocer el tr&aacute;mite, te invitamos a que visites <a href="http://www.mintrabajo.gov.co">www.mintrabajo.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, para tener el derecho a la Pensi&oacute;n de Vejez, el afiliado deber&aacute; reunir las siguientes condiciones:</p>
<p class="rtejustify">1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta (60) a&ntilde;os si es hombre. A partir del 1&deg; de enero del a&ntilde;o 2014 la edad se incrementar&aacute; a cincuenta y siete (57) a&ntilde;os de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) a&ntilde;os para el hombre.</p>
<p class="rtejustify">2. Haber cotizado un m&iacute;nimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo. A partir del 1&deg; de enero del a&ntilde;o 2005 el n&uacute;mero de semanas se incrementar&aacute; en 50 y a partir del 1&deg; de enero de 2006 se incrementar&aacute; en 25 cada a&ntilde;o hasta llegar a 1.300 semanas en el a&ntilde;o 2015.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica para el programa de televisi&oacute;n, programa de radio y los Acuerdos para la Prosperidad. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify">&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>

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