¿Eres empresario y necesitas un auxilio para tu empresa?
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El Gobierno extenderá el subsidio a la nómina de $350.000 por trabajador a las empresas o empleadores registrados como personas naturales.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a este subsidio, quieres saber si tu empresa puede beneficiarse o simplemente necesitas ampliar la información, déjalas aquí:
Por qué no crear un subsidio representativo para el empresario, por cada empleo que genere?
El gobierno response
Urna de Cristal
Hola,
Te contamos que en la actualidad por parte de la Cámara de Comercio y mediante la Ley 1780 de 2016 se busca promover la creación de nuevas empresas jóvenes, entendiendo que una empresa joven es aquella conformada por personas naturales o jurídicas que cumplan con ser pequeñas empresas, entendiendo por pequeñas empresas aquellas cuyo personal no supere los 50 trabajadores y cuyos activos totales no superen los 5.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
Beneficios:
Exención del pago en la matrícula mercantil y su renovación para el primer año. Importante: Si en el momento de la renovación no es presentada la documentación exigida para la conservación de los beneficios, se exigirá el pago del valor de la renovación de la matrícula mercantil, bajo el entendido que no se acreditaron las condiciones para la conservación del beneficio.
Recibirá beneficios en los aportes a las cajas de compensación familiar para los empleadores que vinculen laboralmente jóvenes entre los 18 y 28 años, bajo las condiciones que serán establecidas por el Gobierno Nacional.
Para obtener mayor información te invitamos a consultar la página oficial de la Cámara de Comercio: https://www.ccb.org.co/
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Te contamos que en la actualidad por parte de la Cámara de Comercio y mediante la Ley 1780 de 2016 se busca promover la creación de nuevas empresas jóvenes, entendiendo que una empresa joven es aquella conformada por personas naturales o jurídicas que cumplan con ser pequeñas empresas, entendiendo por pequeñas empresas aquellas cuyo personal no supere los 50 trabajadores y cuyos activos totales no superen los 5.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
Beneficios:
Exención del pago en la matrícula mercantil y su renovación para el primer año. Importante: Si en el momento de la renovación no es presentada la documentación exigida para la conservación de los beneficios, se exigirá el pago del valor de la renovación de la matrícula mercantil, bajo el entendido que no se acreditaron las condiciones para la conservación del beneficio.
Recibirá beneficios en los aportes a las cajas de compensación familiar para los empleadores que vinculen laboralmente jóvenes entre los 18 y 28 años, bajo las condiciones que serán establecidas por el Gobierno Nacional.
Para obtener mayor información te invitamos a consultar la página oficial de la Cámara de Comercio: https://www.ccb.org.co/
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
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