placas de motos en cascos y chalecos. Detención por incumplimiento mientras se investiga. Se legislará?

Enviado por LUZMI el Mié, 15/05/2013 - 08:42

¿Qué preguntas tienes sobre las estrategias de seguridad ciudadana en tu municipio?

Imagen Miniatura Vista
Imagen de EJERCICIO

Esta semana el Gobierno hace un recorrido especial para evaluar las estrategias de seguridad y las cifras de delitos como la extorsión y los homicidios. Por eso te invitamos a participar con tus preguntas sobre las estrategias de seguridad ciudadana. Déjanos tus inquietudes, opiniones y comentarios.  Igualmente te invitamos a sintonizar Urna de Cristal Radio este miércoles a las 3:30 p.m.

placas de motos en cascos y chalecos. Detención por incumplimiento mientras se investiga. Se legislará?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen d&iacute;a,</p>
<p>Por efectos de la expedici&oacute;n de la Ley 13383 de 2010, que reform&oacute; el C&oacute;digo Nacional de Tr&aacute;nsito, las conductas tipificadas en los numerales &nbsp;D3, D4, D5, D6, D7, relativas a infracciones cometidas en ejercicio de la conducci&oacute;n de una motocicleta (Transitar en sentido contrario, no detenerse ante una luz roja o amarilla de sem&aacute;foro, una se&ntilde;al de &quot;PARE&quot; o un sem&aacute;foro intermitente en rojo, &nbsp;Conducir un veh&iacute;culo sobre aceras, plazas, v&iacute;as peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalizaci&oacute;n, zonas verdes o v&iacute;as especiales para veh&iacute;culos no motorizados, adelantar a otro veh&iacute;culo en berma, t&uacute;nel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la se&ntilde;al de tr&aacute;nsito correspondiente lo indique, Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas), se proceder&aacute; a la inmovilizaci&oacute;n de la motocicleta hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposici&oacute;n en los t&eacute;rminos de los art&iacute;culos 135 y 136 del C&oacute;digo Nacional de Tr&aacute;nsito.</p>
<p>Por lo anterior, siempre que la disposici&oacute;n de rango de ley as&iacute; lo ordena, para las situaciones descritas antes, hasta tanto se culmine el proceso contravensional o el infractor reconozca la falta y cancele la multa, es posible que el veh&iacute;culo clase motocicleta permanezca inmovilizado.</p>
<p>La utilizaci&oacute;n de cascos y chalecos va ligado a la protecci&oacute;n de la vida del motociclista, el primero como protecci&oacute;n f&iacute;sica y el segundo para hacerlo m&aacute;s visible, consideramos que las medidas cumplen su objetivo, por lo que no es viable retirar la obligatoriedad, obligaci&oacute;n que est&aacute; contenida en una Ley, cuya facultad de modificaci&oacute;n reside &uacute;nicamente en el Congreso de la Rep&uacute;blica.</p>
<p>Esperamos la informaci&oacute;n brind.ada sea clara y responda a su pregunta.</p>
<p>No dude en comunicarse con el Ministerio de Transporte a trav&eacute;s de sus redes sociales MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial</p>

Comentarios