un albergue donde puedan ir todos los animalitos en estado abandono,con personal voluntario y hacer campañas de donación
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Respuesta
<p>Buenas tardes!</p>
<p>Gracias por participar, tus aportes y sugerencias son muy importantes para nosotros.</p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con las temáticas promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p>Cordial saludo</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
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<p>Cordial saludo</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
Hacer un censo y verificar las condiciones de salud de las mascotas y si es posible hacer sacrificios en caso extremo
Hacer un censo y verificar las condiciones de salud de las mascotas y si es posible hacer sacrificios en caso extremo
Respuesta
<p>Buenas tardes!</p>
<p>Gracias por participar, tus aportes y sugerencias son muy importantes para nosotros.</p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con las temáticas promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p>Cordial saludo</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p>Gracias por participar, tus aportes y sugerencias son muy importantes para nosotros.</p>
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<p>Cordial saludo</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
Porque no hacen jornadas gratuitas de esterilización a perritos, gaticos, gatas y perritas en situación de calle?
Porque no hacen jornadas gratuitas de esterilización a perritos, gaticos, gatas y perritas en situación de calle?
Respuesta
<p>Buenas tardes!</p>
<p>Gracias por participar, tus aportes y sugerencias son muy importantes para nosotros. </p>
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<p>Cordial saludo</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p> </p>
<p>Gracias por participar, tus aportes y sugerencias son muy importantes para nosotros. </p>
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<p>Cordial saludo</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p> </p>
Optar por la adopción para evitar el descuido físico de los animales por parte del abandono y el maltrato.
Optar por la adopción para evitar el descuido físico de los animales por parte del abandono y el maltrato.
Respuesta
<p>Cordial saludo Noemy! </p>
<p>Gracias por participar en Urna de Cristal, tus propuestas y sugerencias son muy importantes para nosotros. </p>
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<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p>Gracias por participar en Urna de Cristal, tus propuestas y sugerencias son muy importantes para nosotros. </p>
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<p>Equipo Urna de Cristal</p>
QUE PASA CON LAS FAMILIAS EN ESTADO DE DESPLAZAMIENTO Y ESTAMOS EN ESTADO CALIFICADO PARA VIVIENDA DESDE EL AÑO 2007 Y
QUE PASA CON LAS FAMILIAS EN ESTADO DE DESPLAZAMIENTO Y ESTAMOS EN ESTADO CALIFICADO PARA VIVIENDA DESDE EL AÑO 2007 Y
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el estado calificado se presenta cuando el hogar postulante acreditó el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser beneficiario del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social - Prioritario pero no fue beneficiario del Subsidio, debido a que su hogar obtuvo un puntaje de acuerdo con los criterios de calificación establecidos en la normatividad vigente de ese momento, con el cual no alcanzó a quedar dentro de los recursos disponibles, ya que otros hogares postulados obtuvieron un puntaje mayor.</p>
<p> </p>
<p>De acuerdo con lo anterior es importante mencionarle que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en la actualidad oferta nuevos programas de vivienda, como; Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, para acceder algunos de los citados programas debe tener en cuenta lo siguiente:</p>
<p> </p>
<p style="margin-left:36.0pt;">· PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, está focalizada para Población Desplazada inscrita en el Registro Único de Población Desplazada, población inscrita Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS y Hogares damnificados por desastre natural, calamidad pública o emergencia y aquellos hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable, registrados en los Censos elaborados por los municipios.</p>
<p> </p>
<p style="margin-left:36.0pt;">· MI CASA YA, este programa va dirigido a los hogares con ingresos entre 1 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta $86.987.250, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección.</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Para mayor información puede acceder a la página www.minvivienda.gov.co ó dirigirse a la Cajas de Compensación Familiar más cercana a su domicilio, lo anterior para obtener mayor información del proceso de estas familias. </p>
<p> </p>
<p>De acuerdo con lo anterior es importante mencionarle que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en la actualidad oferta nuevos programas de vivienda, como; Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, para acceder algunos de los citados programas debe tener en cuenta lo siguiente:</p>
<p> </p>
<p style="margin-left:36.0pt;">· PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, está focalizada para Población Desplazada inscrita en el Registro Único de Población Desplazada, población inscrita Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS y Hogares damnificados por desastre natural, calamidad pública o emergencia y aquellos hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable, registrados en los Censos elaborados por los municipios.</p>
<p> </p>
<p style="margin-left:36.0pt;">· MI CASA YA, este programa va dirigido a los hogares con ingresos entre 1 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta $86.987.250, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección.</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Para mayor información puede acceder a la página www.minvivienda.gov.co ó dirigirse a la Cajas de Compensación Familiar más cercana a su domicilio, lo anterior para obtener mayor información del proceso de estas familias. </p>
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
Respuesta
jueves, 22 de junio de 2017
Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
Grupo de Atención a la Ciudadanía
Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
Grupo de Atención a la Ciudadanía
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
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jueves, 22 de junio de 2017
Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
Grupo de Atención a la Ciudadanía
Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
Grupo de Atención a la Ciudadanía
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
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jueves, 22 de junio de 2017
Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
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Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
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PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
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jueves, 22 de junio de 2017
Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
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En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
Grupo de Atención a la Ciudadanía
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
PARA CUANDO ME LLEGA LA AYUDA HUMANITARIA POR DESPLAZAMIENTO. YA QUE SOY ESTUDIANTE Y NECESITO EL RECURSO
Respuesta
jueves, 22 de junio de 2017
Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
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Respetada señora Araceli:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dicha entidad, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Presidencia de la República
Grupo de Atención a la Ciudadanía
Aplica la Ley anti tramites en estas convocatorias, dado que solicitan documentos absurdos,
Registrada:
Código:
10589
Aplica la Ley anti tramites en estas convocatorias, dado que solicitan documentos absurdos,
Registrada:
Código:
10589
Respuesta
<p>Cordial saludo Deiby</p>
<p>Sí aplica la ley antitramites, no obstante cabe aclarar que los requisitos de participación estipulados en el acuerdo de cada convocatoria, se sustentan según lo dispuesto en el decreto reglamentario del sector de función pública 1083 de 2015. Tenga en cuenta que los requisitos y perfiles de los empleos, contemplados en la Oferta Pública de Empleos (OPEC) de cada convocatoria, son definidos por las entidades, de acuerdo al manual de funciones; mientras la CNSC, publica la oferta de empleos de acuerdo a esa necesidad. De esta manera, se le sugiere buscar un empleo que se ajuste a su perfil verificando si se encuentra contemplada dentro de la convocatoria el título o estudio que usted ostenta, o que mencione carreras afines, y la experiencia requerida.</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p>Sí aplica la ley antitramites, no obstante cabe aclarar que los requisitos de participación estipulados en el acuerdo de cada convocatoria, se sustentan según lo dispuesto en el decreto reglamentario del sector de función pública 1083 de 2015. Tenga en cuenta que los requisitos y perfiles de los empleos, contemplados en la Oferta Pública de Empleos (OPEC) de cada convocatoria, son definidos por las entidades, de acuerdo al manual de funciones; mientras la CNSC, publica la oferta de empleos de acuerdo a esa necesidad. De esta manera, se le sugiere buscar un empleo que se ajuste a su perfil verificando si se encuentra contemplada dentro de la convocatoria el título o estudio que usted ostenta, o que mencione carreras afines, y la experiencia requerida.</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
Respuesta
<p>Cordial saludo Tania!</p>
<p>La CNSC ha dispuesto la aplicación SIMO, (Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad); los ciudadanos podrán registrarse en el portal web de la Comisión http://simo.cnsc.gov.co/ y subir la documentación. Este aplicativo permite la consulta de la Oferta Pública de empleos – OPEC, para la verificación del cumplimiento de los requisitos del empleo. tambien deberá asociar sus datos básicos y de contacto, así como anexar la información y documentación correspondiente a su nivel de formación (estudios) y experiencia, entre otros, la cual podrá actualizar o ampliar en cualquier momento. De esta manera, el ciudadano se registrará una sola vez sin importar las convocatorias en las que esté o desee participar.</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p>La CNSC ha dispuesto la aplicación SIMO, (Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad); los ciudadanos podrán registrarse en el portal web de la Comisión http://simo.cnsc.gov.co/ y subir la documentación. Este aplicativo permite la consulta de la Oferta Pública de empleos – OPEC, para la verificación del cumplimiento de los requisitos del empleo. tambien deberá asociar sus datos básicos y de contacto, así como anexar la información y documentación correspondiente a su nivel de formación (estudios) y experiencia, entre otros, la cual podrá actualizar o ampliar en cualquier momento. De esta manera, el ciudadano se registrará una sola vez sin importar las convocatorias en las que esté o desee participar.</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
¿En el momento de realizar la selección existe alguna prioridad para las personas en condición de Discapacidad?
¿En el momento de realizar la selección existe alguna prioridad para las personas en condición de Discapacidad?
Respuesta
<p>Cordial saludo Jimmy</p>
<div>
Frente al proceso de selección el único beneficio legalmente contemplado para personas en situaciones especiales de vulnerabilidad, se presenta cuando dos o más aspirantes obtengan puntajes totales iguales. En la conformación de la Lista de Elegibles ocuparán la misma posición en condición de empatados; en estos casos para determinar quién debe ser nombrado en período de prueba, se deberá realizar el desempate, para lo cual se tendrán en cuenta los siguientes criterios, en su orden. </div>
<div>
1. Con el aspirante que se encuentre en situación de discapacidad.</div>
<div>
2. Con el aspirante que demuestre la calidad de víctima, conforme a lo descrito en el artículo 131 de la Ley 1448 de 2011.</div>
<div>
3. Con quien ostente derechos en carrera administrativa.</div>
<div>
4. Con quien demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anteriores, en los términos señalados en el artículo 2 numeral 3 de la Ley 403 de 1997.</div>
<div>
5. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en cada una de las pruebas del Concurso, en atención al siguiente orden:</div>
<div>
Con quien haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de competencias básicas y funcionales.</div>
<div>
Con la persona que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de competencias comportamentales.</div>
<div>
Con el aspirante que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de Valoración de Antecedentes.</div>
<div>
La regla referida a los varones que hayan prestado el servicio militar obligatorio, cuando todos los empatados sean varones.</div>
<div>
Finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo con la presencia de todos los interesados.</div>
<div>
Cuando en el proceso de selección se presenta un aspirante con discapacidad, en el formato de inscripción debe indicar el tipo de discapacidad y cumplir con todos los procedimientos que la convocatoria exija. Una vez la CNSC en conjunto con la Universidad que se designe inicie la preparación de las pruebas escritas, se realizan contactos individuales con todos los aspirantes que reportaron discapacidad y se determina el grado dediscapacidad y los requerimientos especiales que éste solicite.</div>
<div>
Frente al proceso de selección el único beneficio legalmente contemplado para personas en situaciones especiales de vulnerabilidad, se presenta cuando dos o más aspirantes obtengan puntajes totales iguales. En la conformación de la Lista de Elegibles ocuparán la misma posición en condición de empatados; en estos casos para determinar quién debe ser nombrado en período de prueba, se deberá realizar el desempate, para lo cual se tendrán en cuenta los siguientes criterios, en su orden. </div>
<div>
1. Con el aspirante que se encuentre en situación de discapacidad.</div>
<div>
2. Con el aspirante que demuestre la calidad de víctima, conforme a lo descrito en el artículo 131 de la Ley 1448 de 2011.</div>
<div>
3. Con quien ostente derechos en carrera administrativa.</div>
<div>
4. Con quien demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anteriores, en los términos señalados en el artículo 2 numeral 3 de la Ley 403 de 1997.</div>
<div>
5. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en cada una de las pruebas del Concurso, en atención al siguiente orden:</div>
<div>
Con quien haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de competencias básicas y funcionales.</div>
<div>
Con la persona que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de competencias comportamentales.</div>
<div>
Con el aspirante que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de Valoración de Antecedentes.</div>
<div>
La regla referida a los varones que hayan prestado el servicio militar obligatorio, cuando todos los empatados sean varones.</div>
<div>
Finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo con la presencia de todos los interesados.</div>
<div>
Cuando en el proceso de selección se presenta un aspirante con discapacidad, en el formato de inscripción debe indicar el tipo de discapacidad y cumplir con todos los procedimientos que la convocatoria exija. Una vez la CNSC en conjunto con la Universidad que se designe inicie la preparación de las pruebas escritas, se realizan contactos individuales con todos los aspirantes que reportaron discapacidad y se determina el grado dediscapacidad y los requerimientos especiales que éste solicite.</div>
Soy mayor de 82 años de edad,pensionado nacional,devengo una mesada pensional por la suma de $1.873.153.09, puedo pagar
Soy mayor de 82 años de edad,pensionado nacional,devengo una mesada pensional por la suma de $1.873.153.09, puedo pagar
Respuesta
<div style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Calibri, Helvetica, sans-serif, EmojiFont, "Apple Color Emoji", "Segoe UI Emoji", NotoColorEmoji, "Segoe UI Symbol", "Android Emoji", EmojiSymbols; font-size: 16px; margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;">
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">Buenas tardes Gabriel</font></div>
<div style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Calibri, Helvetica, sans-serif, EmojiFont, "Apple Color Emoji", "Segoe UI Emoji", NotoColorEmoji, "Segoe UI Symbol", "Android Emoji", EmojiSymbols; font-size: 16px; margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;">
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. </font></div>
<div style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Calibri, Helvetica, sans-serif, EmojiFont, "Apple Color Emoji", "Segoe UI Emoji", NotoColorEmoji, "Segoe UI Symbol", "Android Emoji", EmojiSymbols; font-size: 16px; margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;">
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">En cuanto al tema concreto, solicitamos más información para poder dar respuesta a tus inquietudes.</font></div>
<div style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Calibri, Helvetica, sans-serif, EmojiFont, "Apple Color Emoji", "Segoe UI Emoji", NotoColorEmoji, "Segoe UI Symbol", "Android Emoji", EmojiSymbols; font-size: 16px; margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;">
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con las temáticas promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web </font><a href="https://na01.safelinks.protection.outlook.com/?url=http%3A%2F%2Fwww.urnadecristal.gov.co&data=01%7C01%7Cinfo%40urnadecristal.gov.co%7Ce7a8b1274bed4cdaa8d408d4c1b4f40a%7C1a0673c624e1476dbb4dba6a91a3c588%7C0&sdata=DWTcp0j2xxdbqWNCjSPDqFrzWJmf%2BbDOJ2tad9Y9dAg%3D&reserved=0" rel="noopener noreferrer" target="_blank"><font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">www.urnadecristal.gov.co</font></a><font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</font></div>
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">Buenas tardes Gabriel</font></div>
<div style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Calibri, Helvetica, sans-serif, EmojiFont, "Apple Color Emoji", "Segoe UI Emoji", NotoColorEmoji, "Segoe UI Symbol", "Android Emoji", EmojiSymbols; font-size: 16px; margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;">
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. </font></div>
<div style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Calibri, Helvetica, sans-serif, EmojiFont, "Apple Color Emoji", "Segoe UI Emoji", NotoColorEmoji, "Segoe UI Symbol", "Android Emoji", EmojiSymbols; font-size: 16px; margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;">
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">En cuanto al tema concreto, solicitamos más información para poder dar respuesta a tus inquietudes.</font></div>
<div style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Calibri, Helvetica, sans-serif, EmojiFont, "Apple Color Emoji", "Segoe UI Emoji", NotoColorEmoji, "Segoe UI Symbol", "Android Emoji", EmojiSymbols; font-size: 16px; margin-top: 0px; margin-bottom: 0px;">
<font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con las temáticas promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web </font><a href="https://na01.safelinks.protection.outlook.com/?url=http%3A%2F%2Fwww.urnadecristal.gov.co&data=01%7C01%7Cinfo%40urnadecristal.gov.co%7Ce7a8b1274bed4cdaa8d408d4c1b4f40a%7C1a0673c624e1476dbb4dba6a91a3c588%7C0&sdata=DWTcp0j2xxdbqWNCjSPDqFrzWJmf%2BbDOJ2tad9Y9dAg%3D&reserved=0" rel="noopener noreferrer" target="_blank"><font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">www.urnadecristal.gov.co</font></a><font style="font-family: Verdana, sans-serif, serif, EmojiFont;">, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</font></div>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que aunque el programa tiene como requisito contar con un crédito aprobado para la adquisición de vivienda, este debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, <strong>la aprobación de dicho crédito, se encuentra sujeto a las condiciones y políticas de otorgamiento establecidas por dichas entidades "eso incluye no estar reportado en las centrales de riesgo"</strong>, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni Fonvivienda tienen injerencia.</p>
<p>Es importante aclarar que todos los trámites con relación a este programa se realizaran en la entidad financiera donde adelantara los trámites para la solicitud del crédito hipotecario. La inscripción al programa se hace a través de la entidad financiera, en la cual debe ser diligenciado el formulario, y en ningún caso este formulario será recibido en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o el Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA.</p>
<p>Es importante aclarar que todos los trámites con relación a este programa se realizaran en la entidad financiera donde adelantara los trámites para la solicitud del crédito hipotecario. La inscripción al programa se hace a través de la entidad financiera, en la cual debe ser diligenciado el formulario, y en ningún caso este formulario será recibido en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o el Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA.</p>
CUANTO TIEMPO SE DEMORA EN SACAR LOS FORMULARIOS PARA EL CAMBIO DE PLACAS PUBLICAS A PLACAS PARTICULARES PARA CAMIONETAS
CUANTO TIEMPO SE DEMORA EN SACAR LOS FORMULARIOS PARA EL CAMBIO DE PLACAS PUBLICAS A PLACAS PARTICULARES PARA CAMIONETAS
Respuesta
<p>Buenas tardes. Por inconvenientes técnicos solo hasta hoy recibimos su inquietud</p>
<p> </p>
<p>El Ministerio de Transporte expidió el Decreto 431 del 14 de marzo de 2017 y en su artículoc 45 definió el cambio de servicio. Luego el Ministerio expedió la Resolución 2661 del 24 de julio de 2017 en la cual se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de servicio. Si usted tiene un caso puntual es importante que nos escriba a <a href="http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/">http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/</a> y envíe su inquietud para darle una respuesta ajustada a su caso en particular. Cordial saludo</p>
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<p>El Ministerio de Transporte expidió el Decreto 431 del 14 de marzo de 2017 y en su artículoc 45 definió el cambio de servicio. Luego el Ministerio expedió la Resolución 2661 del 24 de julio de 2017 en la cual se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de servicio. Si usted tiene un caso puntual es importante que nos escriba a <a href="http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/">http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/</a> y envíe su inquietud para darle una respuesta ajustada a su caso en particular. Cordial saludo</p>
como desplazados que somos donde puedo solicitar el certificado de vivanto para la libreta militar de mi hijo es urgente
como desplazados que somos donde puedo solicitar el certificado de vivanto para la libreta militar de mi hijo es urgente
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, el Comando de Reclutamiento entrega respuesta a través de oficio el cual fue enviado al correo: la.paisa555@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
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Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
necesito una certificado de vivanto de mi hijo el distrito militar para expedir la libreta militar
Registrada:
Código:
10581
necesito una certificado de vivanto de mi hijo el distrito militar para expedir la libreta militar
Registrada:
Código:
10581
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, el Comando de Reclutamiento entrega respuesta a través de oficio el cual fue enviado al correo: la.paisa555@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
Con referencia a su pregunta, el Comando de Reclutamiento entrega respuesta a través de oficio el cual fue enviado al correo: la.paisa555@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>En principio podrá acceder a la atraves de la página de CNSC. <span style="color: rgb(0, 102, 33); font-family: arial, sans-serif; font-size: 14px; white-space: nowrap;">www.cnsc.gov.co/index.php/convocatorias/proximas-convocatorias-cnsc</span></p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>En principio podrá acceder a la atraves de la página de CNSC. <span style="color: rgb(0, 102, 33); font-family: arial, sans-serif; font-size: 14px; white-space: nowrap;">www.cnsc.gov.co/index.php/convocatorias/proximas-convocatorias-cnsc</span></p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
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<p>Atentamente,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
buenos días soy victima desde que era muy niño mi pregunta es si algún día me van a reconocer mis derechos
buenos días soy victima desde que era muy niño mi pregunta es si algún día me van a reconocer mis derechos
Respuesta
jueves, 22 de junio de 2017
Respetado señor Pérez:
En atención al mensaje de la referencia dirigido a la Presidencia de la República, me
permito informarle que se ha dado traslado del mismo a la Unidad para la Atención y
Reparación Integral a las Víctimas, por medio del OFI17-00077329 / JMSC 111102,
para que dentro de sus competencias resuelvan de fondo su solicitud.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted
formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con esa Entidad, ya que
el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad
competente para responder de fondo su solicitud.
Cordialmente,
Grupo de Atención a la Ciudadanía
Presidencia de la República
Respetado señor Pérez:
En atención al mensaje de la referencia dirigido a la Presidencia de la República, me
permito informarle que se ha dado traslado del mismo a la Unidad para la Atención y
Reparación Integral a las Víctimas, por medio del OFI17-00077329 / JMSC 111102,
para que dentro de sus competencias resuelvan de fondo su solicitud.
En esa medida, será esa entidad la competente para absolver las inquietudes que usted
formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con esa Entidad, ya que
el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad
competente para responder de fondo su solicitud.
Cordialmente,
Grupo de Atención a la Ciudadanía
Presidencia de la República
CUAL ES EL NUMERO DEL DECRETO QUE INCREMENTA EL SALARIO DE LAS FUERZAS MILITARES Y POLICÍA NACIONAL PARA EL AÑO 2017.
CUAL ES EL NUMERO DEL DECRETO QUE INCREMENTA EL SALARIO DE LAS FUERZAS MILITARES Y POLICÍA NACIONAL PARA EL AÑO 2017.
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Talento Humano de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-029270 /ANOPA/ GRULI -1.10 el cual fue enviado al correo: mavilabarreto@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Talento Humano de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-029270 /ANOPA/ GRULI -1.10 el cual fue enviado al correo: mavilabarreto@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
como fundación que hacer para q´se aprueben proyectos en beneficio de los animales, sin interés político ni soborno.?
como fundación que hacer para q´se aprueben proyectos en beneficio de los animales, sin interés político ni soborno.?
Respuesta
<p>Buenas tardes Leydy</p>
<p>Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar directamente al ente específico.</p>
<p>En cuanto al tema concreto, te invitamos a consultar el Conpes de protección animal que adelanta el DNP https://www.dnp.gov.co/programas/justicia-seguridad-y-gobierno/Paginas/conpes-animal.aspx, allí encontrarás una parte en la que te permite participar para hacer parte de la construcción de esta política</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
<p>Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar directamente al ente específico.</p>
<p>En cuanto al tema concreto, te invitamos a consultar el Conpes de protección animal que adelanta el DNP https://www.dnp.gov.co/programas/justicia-seguridad-y-gobierno/Paginas/conpes-animal.aspx, allí encontrarás una parte en la que te permite participar para hacer parte de la construcción de esta política</p>
<p>Equipo Urna de Cristal</p>
es legal que un colegio, obligue a los estudiantes a asistir un sábado a un evento que realiza cada año?. Gracias
es legal que un colegio, obligue a los estudiantes a asistir un sábado a un evento que realiza cada año?. Gracias
Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>
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Según la Ley General de Educación, Ley 115 de 1194, las Instituciones educativas tienen autonomía para programar actividades académicas en desarrollo de su Proyecto Educativo Institucional. En ese sentido, todos los eventos académicos, incluidos aquellos en días sábado, deben incluirse en el cronograma que recoge las actividades académicas del año. Dicho cronograma es aprobado por el Consejo Directivo como organismo máximo del gobierno escolar de la institución educativa previo al inicio del año escolar.</div>
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Adicional a lo anterior, si se trata de una salida pedagógica o un evento fuera de la institución educativa se debe contar con la autorización expresa de los padres de familia o acudientes de los estudiantes.</div>
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Si se da cumplimiento a las instancias de aprobación y autorización mencionadas anteriormente, la realización del evento se hace en un marco de legalidad, y el padre de familia puede solicitar revisión de la asistencia al mismo a través de las instancias del gobierno escolar.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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Según la Ley General de Educación, Ley 115 de 1194, las Instituciones educativas tienen autonomía para programar actividades académicas en desarrollo de su Proyecto Educativo Institucional. En ese sentido, todos los eventos académicos, incluidos aquellos en días sábado, deben incluirse en el cronograma que recoge las actividades académicas del año. Dicho cronograma es aprobado por el Consejo Directivo como organismo máximo del gobierno escolar de la institución educativa previo al inicio del año escolar.</div>
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Adicional a lo anterior, si se trata de una salida pedagógica o un evento fuera de la institución educativa se debe contar con la autorización expresa de los padres de familia o acudientes de los estudiantes.</div>
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Si se da cumplimiento a las instancias de aprobación y autorización mencionadas anteriormente, la realización del evento se hace en un marco de legalidad, y el padre de familia puede solicitar revisión de la asistencia al mismo a través de las instancias del gobierno escolar.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
propongo que el fondo educar para reparar 2017-02 sea para todas las ciudades capitales del pais
Registrada:
Código:
10575
propongo que el fondo educar para reparar 2017-02 sea para todas las ciudades capitales del pais
Registrada:
Código:
10575
Respuesta
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Estimado ciudadano, </div>
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El Ministerio de Educación Nacional dispone del Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado, el artículo 51 de la Ley 1448 de 2011 ordena las medidas en materia de educación; y en particular para la educación superior establece que las Instituciones de Educación Superior, en el marco de su autonomía, definirán los procesos de selección, admisión y matricula que posibiliten a las víctimas en los términos de la Ley, acceder a los programas académicos ofrecidos por las IES. </div>
<div>
La convocatoria para este Programa es únicamente para la ciudad de Bogotá, y se pueden postular egresados de colegios oficiales distritales de estratos 1, 2 o 3 y/o mujeres víctimas residentes en el Distrito Capital por un periodo no inferior a cuatro años. </div>
<div>
Así mismo, ordena al Ministerio de Educación Nacional, vincular a las víctimas dentro de las estrategias de atención a la población diversa y adelantar las gestiones para que sean incluidas dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del Icetex. </div>
<div>
En este sentido, el Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado ofrece: </div>
<div>
• Créditos 100% condonables </div>
<div>
• Para estudios técnico-profesionales, tecnológicos y universitarios </div>
<div>
• Cubre el valor total de la matrícula hasta por once salarios mínimos mensuales legales vigentes (11 SMMLV) </div>
<div>
• Recurso de Sostenimiento que se entrega al estudiante por semestre, este recurso se entregará durante el tiempo que dure el programa académico y solamente por el número de créditos o el equivalente en semestre que tenga el programa. El recurso es de uno punto cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV). </div>
<div>
Le sugerimos consultar información más detallada y otras opciones de financiamiento, remitiéndose a la página web: www.icetex.gov.co </div>
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Cordialmente, </div>
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Viceministerio de Educación Superior </div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano, </div>
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El Ministerio de Educación Nacional dispone del Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado, el artículo 51 de la Ley 1448 de 2011 ordena las medidas en materia de educación; y en particular para la educación superior establece que las Instituciones de Educación Superior, en el marco de su autonomía, definirán los procesos de selección, admisión y matricula que posibiliten a las víctimas en los términos de la Ley, acceder a los programas académicos ofrecidos por las IES. </div>
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La convocatoria para este Programa es únicamente para la ciudad de Bogotá, y se pueden postular egresados de colegios oficiales distritales de estratos 1, 2 o 3 y/o mujeres víctimas residentes en el Distrito Capital por un periodo no inferior a cuatro años. </div>
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Así mismo, ordena al Ministerio de Educación Nacional, vincular a las víctimas dentro de las estrategias de atención a la población diversa y adelantar las gestiones para que sean incluidas dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del Icetex. </div>
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En este sentido, el Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado ofrece: </div>
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• Créditos 100% condonables </div>
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• Para estudios técnico-profesionales, tecnológicos y universitarios </div>
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• Cubre el valor total de la matrícula hasta por once salarios mínimos mensuales legales vigentes (11 SMMLV) </div>
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• Recurso de Sostenimiento que se entrega al estudiante por semestre, este recurso se entregará durante el tiempo que dure el programa académico y solamente por el número de créditos o el equivalente en semestre que tenga el programa. El recurso es de uno punto cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV). </div>
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Le sugerimos consultar información más detallada y otras opciones de financiamiento, remitiéndose a la página web: www.icetex.gov.co </div>
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Cordialmente, </div>
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Viceministerio de Educación Superior </div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
buenos dias
soy egresada del sena en manejo ambiental en que universidad de tunja boyaca puedo homologar gracias.
buenos dias
soy egresada del sena en manejo ambiental en que universidad de tunja boyaca puedo homologar gracias.
Respuesta
<p><strong>Apreciada Ingrid,</strong></p>
<p><strong>Reciba un cordial saludo del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA</strong></p>
<p> </p>
<p>Agradecemos informar las situaciones que se presentan o las inquietudes que tiene frente a la entidad.</p>
<p>Por lo anterior y con el objetivo de brindar mayor información al respecto, agradecemos que nos remita la situación planteada con mayor detalle a través de nuestros canales oficiales y en especial en el canal virtual <a href="http://www.sena.edu.co/">www.sena.edu.co</a> en la opción Atención al ciudadano y en <strong>PQRS</strong>, donde recibiremos y gestionaremos las <strong>Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y/o Reconocimientos</strong> que tenga.</p>
<p>Muchas gracias por el tiempo dedicado.</p>
<p> </p>
<p><strong>SENA</strong></p>
<p><strong>Grupo Servicio al Cliente</strong></p>
<p><strong>Reciba un cordial saludo del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA</strong></p>
<p> </p>
<p>Agradecemos informar las situaciones que se presentan o las inquietudes que tiene frente a la entidad.</p>
<p>Por lo anterior y con el objetivo de brindar mayor información al respecto, agradecemos que nos remita la situación planteada con mayor detalle a través de nuestros canales oficiales y en especial en el canal virtual <a href="http://www.sena.edu.co/">www.sena.edu.co</a> en la opción Atención al ciudadano y en <strong>PQRS</strong>, donde recibiremos y gestionaremos las <strong>Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y/o Reconocimientos</strong> que tenga.</p>
<p>Muchas gracias por el tiempo dedicado.</p>
<p> </p>
<p><strong>SENA</strong></p>
<p><strong>Grupo Servicio al Cliente</strong></p>
¿Las universidades y las entidades de alimentos animal, pueden patrocinar esta causa?
Registrada:
Código:
10573
¿Las universidades y las entidades de alimentos animal, pueden patrocinar esta causa?
Registrada:
Código:
10573
Respuesta
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Respetado ciudadano,</div>
<div>
</div>
<div>
Con el propósito de resolver la pregunta planteada, en primer lugar, ponemos en su conocimiento que en Colombia de acuerdo con lo estipulado en la Constitución Política de Colombia y la Ley 30 de 1992, el Estado garantiza la autonomía universitaria y vela por la calidad del servicio educativo a través del ejercicio de la suprema inspección y vigilancia de la educación superior.</div>
<div>
</div>
<div>
En este sentido, todas las instituciones de educación superior cuentan con la autonomía y el derecho de crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional, entonces, cada institución en el marco de su autonomía define la modalidad bajo la cual impartirá su oferta académica y determina su campo de acción.</div>
<div>
</div>
<div>
Adicionalmente, en lo que refiere al tipo de conductas evidenciadas, es necesario indicar que tanto el Código Penal y de Procedimiento Penal, definen la consecuencia por incurrir en tales conductas, como a su vez, la competencia y procedimiento que correspondiente; aunado a ello, las alcaldías e inspecciones contarán con la colaboración armónica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos a los que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos de que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, entidades que pondrán a disposición los medios y/o recursos que sean necesarios en los términos previstos en la Constitución Política de Colombia, la Ley 99 de 1993 y en la Ley 1333 del 2009 para prevenir el maltrato el animal en el territorio nacional.</div>
<div>
</div>
<div>
De acuerdo con lo expuesto, indicamos que el Ministerio de Educación Nacional carece de competencias orientadas a ejecutar acciones orientadas a prevenir el maltrato el animal. </div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Respetado ciudadano,</div>
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Con el propósito de resolver la pregunta planteada, en primer lugar, ponemos en su conocimiento que en Colombia de acuerdo con lo estipulado en la Constitución Política de Colombia y la Ley 30 de 1992, el Estado garantiza la autonomía universitaria y vela por la calidad del servicio educativo a través del ejercicio de la suprema inspección y vigilancia de la educación superior.</div>
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En este sentido, todas las instituciones de educación superior cuentan con la autonomía y el derecho de crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional, entonces, cada institución en el marco de su autonomía define la modalidad bajo la cual impartirá su oferta académica y determina su campo de acción.</div>
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Adicionalmente, en lo que refiere al tipo de conductas evidenciadas, es necesario indicar que tanto el Código Penal y de Procedimiento Penal, definen la consecuencia por incurrir en tales conductas, como a su vez, la competencia y procedimiento que correspondiente; aunado a ello, las alcaldías e inspecciones contarán con la colaboración armónica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos a los que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos de que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, entidades que pondrán a disposición los medios y/o recursos que sean necesarios en los términos previstos en la Constitución Política de Colombia, la Ley 99 de 1993 y en la Ley 1333 del 2009 para prevenir el maltrato el animal en el territorio nacional.</div>
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De acuerdo con lo expuesto, indicamos que el Ministerio de Educación Nacional carece de competencias orientadas a ejecutar acciones orientadas a prevenir el maltrato el animal. </div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
para ello se requiere fortalecer el apoyo a las univercidades publicas, no al contrario de lo que ocurre actualmente
para ello se requiere fortalecer el apoyo a las univercidades publicas, no al contrario de lo que ocurre actualmente
Respuesta
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Respetado ciudadano,</div>
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Con el propósito de resolver la pregunta planteada, en primer lugar, ponemos en su conocimiento que en Colombia de acuerdo con lo estipulado en la Constitución Política de Colombia y la Ley 30 de 1992, el Estado garantiza la autonomía universitaria y vela por la calidad del servicio educativo a través del ejercicio de la suprema inspección y vigilancia de la educación superior.</div>
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En este sentido, todas las instituciones de educación superior cuentan con la autonomía y el derecho de crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional, entonces, cada institución en el marco de su autonomía define la modalidad bajo la cual impartirá su oferta académica y determina su campo de acción.</div>
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Adicionalmente, en lo que refiere al tipo de conductas evidenciadas, es necesario indicar que tanto el Código Penal y de Procedimiento Penal, definen la consecuencia por incurrir en tales conductas, como a su vez, la competencia y procedimiento que correspondiente; aunado a ello, las alcaldías e inspecciones contarán con la colaboración armónica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos a los que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos de que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, entidades que pondrán a disposición los medios y/o recursos que sean necesarios en los términos previstos en la Constitución Política de Colombia, la Ley 99 de 1993 y en la Ley 1333 del 2009 para prevenir el maltrato el animal en el territorio nacional.</div>
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De acuerdo con lo expuesto, indicamos que el Ministerio de Educación Nacional carece de competencias orientadas a ejecutar acciones orientadas a prevenir el maltrato el animal. </div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Respetado ciudadano,</div>
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Con el propósito de resolver la pregunta planteada, en primer lugar, ponemos en su conocimiento que en Colombia de acuerdo con lo estipulado en la Constitución Política de Colombia y la Ley 30 de 1992, el Estado garantiza la autonomía universitaria y vela por la calidad del servicio educativo a través del ejercicio de la suprema inspección y vigilancia de la educación superior.</div>
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En este sentido, todas las instituciones de educación superior cuentan con la autonomía y el derecho de crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional, entonces, cada institución en el marco de su autonomía define la modalidad bajo la cual impartirá su oferta académica y determina su campo de acción.</div>
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Adicionalmente, en lo que refiere al tipo de conductas evidenciadas, es necesario indicar que tanto el Código Penal y de Procedimiento Penal, definen la consecuencia por incurrir en tales conductas, como a su vez, la competencia y procedimiento que correspondiente; aunado a ello, las alcaldías e inspecciones contarán con la colaboración armónica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos a los que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos de que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, entidades que pondrán a disposición los medios y/o recursos que sean necesarios en los términos previstos en la Constitución Política de Colombia, la Ley 99 de 1993 y en la Ley 1333 del 2009 para prevenir el maltrato el animal en el territorio nacional.</div>
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De acuerdo con lo expuesto, indicamos que el Ministerio de Educación Nacional carece de competencias orientadas a ejecutar acciones orientadas a prevenir el maltrato el animal. </div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Buenos días ya lleve la hoja de vida a la agencia de empleo y no han podido conseguirme trabajo aquí en tunja que hago
Buenos días ya lleve la hoja de vida a la agencia de empleo y no han podido conseguirme trabajo aquí en tunja que hago
Respuesta
<p>Respetada Ciudadana:</p>
<p>En principio advierte usted en su petición que allegó hoja de vida a la agencia de empleo ( No sabemos cuál), pero es importante que usted sepa que puede consultar las oportunidades de existen registradas en la página de la <a href="http://unidad.serviciodeempleo.gov.co/" target="_blank" title="Página Unidad"><strong><ins>Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo</ins></strong></a>, en tunja , asi mismo puede comunicarse a la línea <strong>018000513100 En Bogotá: 4893900 Opc. 2 ; a fin de encontrar respuestas concretas a su solicitud.</strong></p>
<p><strong>Atentamente,</strong></p>
<p><strong>Grupo de Atención al Ciuadno</strong></p>
<p><b>Ministerio del Trabajo</b></p>
<p>En principio advierte usted en su petición que allegó hoja de vida a la agencia de empleo ( No sabemos cuál), pero es importante que usted sepa que puede consultar las oportunidades de existen registradas en la página de la <a href="http://unidad.serviciodeempleo.gov.co/" target="_blank" title="Página Unidad"><strong><ins>Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo</ins></strong></a>, en tunja , asi mismo puede comunicarse a la línea <strong>018000513100 En Bogotá: 4893900 Opc. 2 ; a fin de encontrar respuestas concretas a su solicitud.</strong></p>
<p><strong>Atentamente,</strong></p>
<p><strong>Grupo de Atención al Ciuadno</strong></p>
<p><b>Ministerio del Trabajo</b></p>
Respuesta
<div>
<font>Buenas tardes Adriana</font></div>
<div>
<font>Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. </font></div>
<div>
En cuanto al tema concreto, requerimos más información para dar respuesta a tus inquietudes.</div>
<div>
En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con las temáticas promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="https://na01.safelinks.protection.outlook.com/?url=http%3A%2F%2Fwww.urnadecristal.gov.co&data=01%7C01%7Cinfo%40urnadecristal.gov.co%7Ce7a8b1274bed4cdaa8d408d4c1b4f40a%7C1a0673c624e1476dbb4dba6a91a3c588%7C0&sdata=DWTcp0j2xxdbqWNCjSPDqFrzWJmf%2BbDOJ2tad9Y9dAg%3D&reserved=0" rel="noopener noreferrer" target="_blank">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal</div>
<font>Buenas tardes Adriana</font></div>
<div>
<font>Urna de Cristal, es una herramienta de interacción con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las políticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente específico. </font></div>
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En cuanto al tema concreto, requerimos más información para dar respuesta a tus inquietudes.</div>
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En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con las temáticas promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="https://na01.safelinks.protection.outlook.com/?url=http%3A%2F%2Fwww.urnadecristal.gov.co&data=01%7C01%7Cinfo%40urnadecristal.gov.co%7Ce7a8b1274bed4cdaa8d408d4c1b4f40a%7C1a0673c624e1476dbb4dba6a91a3c588%7C0&sdata=DWTcp0j2xxdbqWNCjSPDqFrzWJmf%2BbDOJ2tad9Y9dAg%3D&reserved=0" rel="noopener noreferrer" target="_blank">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal</div>
buenas tardes señor presidente
que debo hacer para tener una vivienda gratuita de desplazados
Registrada:
Código:
10568
buenas tardes señor presidente
que debo hacer para tener una vivienda gratuita de desplazados
Registrada:
Código:
10568
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Respuesta
<p>Respetado Ciudadano:</p>
<p>En atención a su solicitud al respecto nos permitimos manifestarle lo siguiente:</p>
<p>La sanción por no consignar las cesantías al fondo elegido por el trabajador dentro del plazo fijado por la ley (hasta el 14 de febrero de cada año), y la sanción por no pagar la “liquidación” a la terminación del trabajo contemplada por el artículo 65 del código sustantivo del trabajo no son concurrentes.</p>
<p>Dice el numeral 3 del artículo 99 de la ley 50 de 1990:</p>
<p>El valor liquidado por concepto de cesantía se consignará antes del 15 de febrero del año siguiente, en cuenta individual a nombre del trabajador en el fondo de cesantía que el mismo elija. El empleador que incumpla el plazo señalado deberá pagar un día de salario por cada retardo.</p>
<p>A su turno dice el artículo 65 del código sustantivo del trabajo:</p>
<p>Si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidas, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por veinticuatro (24) meses, o hasta cuando el pago se verifique si el período es menor. (…)</p>
<p>Para saber el monto de la liquidación nos permitimos sugerir dirigirse a un Consultorio Jurídico de cualquier universidad del sitio de su residencia, con el fin que le elabore una liquidación laboral donde le incluyan las cesantías y la mora por el no pago de las mismas, por el tiempo laborado.</p>
<p>Por último, vale recordar que ninguna de las sanciones opera de forma automática o de pleno derecho, sino que corresponde al juez que la imponga analizar y determinar si existió mala fe del empleador que incurrió en los hechos sancionables.</p>
<p>Es necesario precisar que la respuesta se ofrece dentro del ámbito de nuestra competencia, de forma general y abstracta constituyéndose en un criterio orientador, y no comprometerán la responsabilidad de las entidades que las atienden ni del funcionario que las emite, ni serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>En atención a su solicitud al respecto nos permitimos manifestarle lo siguiente:</p>
<p>La sanción por no consignar las cesantías al fondo elegido por el trabajador dentro del plazo fijado por la ley (hasta el 14 de febrero de cada año), y la sanción por no pagar la “liquidación” a la terminación del trabajo contemplada por el artículo 65 del código sustantivo del trabajo no son concurrentes.</p>
<p>Dice el numeral 3 del artículo 99 de la ley 50 de 1990:</p>
<p>El valor liquidado por concepto de cesantía se consignará antes del 15 de febrero del año siguiente, en cuenta individual a nombre del trabajador en el fondo de cesantía que el mismo elija. El empleador que incumpla el plazo señalado deberá pagar un día de salario por cada retardo.</p>
<p>A su turno dice el artículo 65 del código sustantivo del trabajo:</p>
<p>Si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidas, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por veinticuatro (24) meses, o hasta cuando el pago se verifique si el período es menor. (…)</p>
<p>Para saber el monto de la liquidación nos permitimos sugerir dirigirse a un Consultorio Jurídico de cualquier universidad del sitio de su residencia, con el fin que le elabore una liquidación laboral donde le incluyan las cesantías y la mora por el no pago de las mismas, por el tiempo laborado.</p>
<p>Por último, vale recordar que ninguna de las sanciones opera de forma automática o de pleno derecho, sino que corresponde al juez que la imponga analizar y determinar si existió mala fe del empleador que incurrió en los hechos sancionables.</p>
<p>Es necesario precisar que la respuesta se ofrece dentro del ámbito de nuestra competencia, de forma general y abstracta constituyéndose en un criterio orientador, y no comprometerán la responsabilidad de las entidades que las atienden ni del funcionario que las emite, ni serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
¿Autoridades podrían dar un permiso a organizaciones para rescatar animales en cualquier espacio?
Registrada:
Código:
10565
¿Autoridades podrían dar un permiso a organizaciones para rescatar animales en cualquier espacio?
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Código:
10565
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Protección y servicios especiales de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-022137 /DISEC/GUGET-1.10 el cual fue enviado al correo: animalistaskennedy@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Protección y servicios especiales de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-022137 /DISEC/GUGET-1.10 el cual fue enviado al correo: animalistaskennedy@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
como puedo acceded al subsidio de vivienda para andrea solteras con hijo descapasitado en giron santander
como puedo acceded al subsidio de vivienda para andrea solteras con hijo descapasitado en giron santander
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario y Social, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” <o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario y Social, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. <o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Toda la información sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulación se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar “CAVIS UT” <o:p></o:p></span></p>
Buenas noches mi pregunta es soy desplazada como hago para obtener mi subsidio de vivienda
Registrada:
Código:
10563
Buenas noches mi pregunta es soy desplazada como hago para obtener mi subsidio de vivienda
Registrada:
Código:
10563
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Respuesta
<p><span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt;">Buenas tardes.</span></p>
<p><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquier entidad aplicara igual y no hay preferencias, una vez estando en la entidad que más se acomode a sus necesidades, tramita el crédito hipotecario cobijado con la medida Mi Casa Ya.</span><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
<p><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquier entidad aplicara igual y no hay preferencias, una vez estando en la entidad que más se acomode a sus necesidades, tramita el crédito hipotecario cobijado con la medida Mi Casa Ya.</span><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>
No dejes que te tome por sorpresa, pues a partir del 30 de enero de 2017 la Policía Nacional terminará el periodo pedagó
No dejes que te tome por sorpresa, pues a partir del 30 de enero de 2017 la Policía Nacional terminará el periodo pedagó
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-016256 /DISEC/GUGET-1.10 el cual fue enviado al correo: karenprieto625@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-016256 /DISEC/GUGET-1.10 el cual fue enviado al correo: karenprieto625@gmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
¿Cómo se aplica el artículo 33 de la ley 1806 respecto a vecinos ruidosos si la policía no cuenta con sonómetro?
¿Cómo se aplica el artículo 33 de la ley 1806 respecto a vecinos ruidosos si la policía no cuenta con sonómetro?
Respuesta
Gracias por participar en la Urna de Cristal
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-016184 /DISEC/GUGET-1.10 el cual fue enviado al correo: diego_forero57@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
Grupo Atención y Orientación Ciudadana
Ministerio de Defensa Nacional
Con referencia a su pregunta, La Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional entrega respuesta a través de oficio S2017-016184 /DISEC/GUGET-1.10 el cual fue enviado al correo: diego_forero57@hotmail.com
Esperamos haber entregado respuesta clara a su requerimiento. Contáctenos a través del correo usuarios@mindefensa.gov.co
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Ministerio de Defensa Nacional
Un Desplazado Con un Puntaje Del icfes Igual A 300 quiere Estudiar Pero No Tiene Recursos ¿podria Estudiar En Este 2017
Un Desplazado Con un Puntaje Del icfes Igual A 300 quiere Estudiar Pero No Tiene Recursos ¿podria Estudiar En Este 2017
Respuesta
<div>
Estimado ciudadano, </div>
<div>
</div>
<div>
El Ministerio de Educación Nacional dispone del Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado, el artículo 51 de la Ley 1448 de 2011 ordena las medidas en materia de educación; y en particular para la educación superior establece que las Instituciones de Educación Superior, en el marco de su autonomía, definirán los procesos de selección, admisión y matricula que posibiliten a las víctimas en los términos de la Ley, acceder a los programas académicos ofrecidos por las IES. </div>
<div>
La convocatoria para este Programa es únicamente para la ciudad de Bogotá, y se pueden postular egresados de colegios oficiales distritales de estratos 1, 2 o 3 y/o mujeres víctimas residentes en el Distrito Capital por un periodo no inferior a cuatro años. </div>
<div>
Así mismo, ordena al Ministerio de Educación Nacional, vincular a las víctimas dentro de las estrategias de atención a la población diversa y adelantar las gestiones para que sean incluidas dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del Icetex. </div>
<div>
En este sentido, el Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado ofrece: </div>
<div>
• Créditos 100% condonables </div>
<div>
• Para estudios técnico-profesionales, tecnológicos y universitarios </div>
<div>
• Cubre el valor total de la matrícula hasta por once salarios mínimos mensuales legales vigentes (11 SMMLV) </div>
<div>
• Recurso de Sostenimiento que se entrega al estudiante por semestre, este recurso se entregará durante el tiempo que dure el programa académico y solamente por el número de créditos o el equivalente en semestre que tenga el programa. El recurso es de uno punto cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV). </div>
<div>
Le sugerimos consultar información más detallada y otras opciones de financiamiento, remitiéndose a la página web: www.icetex.gov.co </div>
<div>
</div>
<div>
Cordialmente, </div>
<div>
</div>
<div>
Viceministerio de Educación Superior </div>
<div>
Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano, </div>
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El Ministerio de Educación Nacional dispone del Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado, el artículo 51 de la Ley 1448 de 2011 ordena las medidas en materia de educación; y en particular para la educación superior establece que las Instituciones de Educación Superior, en el marco de su autonomía, definirán los procesos de selección, admisión y matricula que posibiliten a las víctimas en los términos de la Ley, acceder a los programas académicos ofrecidos por las IES. </div>
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La convocatoria para este Programa es únicamente para la ciudad de Bogotá, y se pueden postular egresados de colegios oficiales distritales de estratos 1, 2 o 3 y/o mujeres víctimas residentes en el Distrito Capital por un periodo no inferior a cuatro años. </div>
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Así mismo, ordena al Ministerio de Educación Nacional, vincular a las víctimas dentro de las estrategias de atención a la población diversa y adelantar las gestiones para que sean incluidas dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del Icetex. </div>
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En este sentido, el Fondo para la Educación Superior para las Víctimas del Conflicto Armado ofrece: </div>
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• Créditos 100% condonables </div>
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• Para estudios técnico-profesionales, tecnológicos y universitarios </div>
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• Cubre el valor total de la matrícula hasta por once salarios mínimos mensuales legales vigentes (11 SMMLV) </div>
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• Recurso de Sostenimiento que se entrega al estudiante por semestre, este recurso se entregará durante el tiempo que dure el programa académico y solamente por el número de créditos o el equivalente en semestre que tenga el programa. El recurso es de uno punto cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV). </div>
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Le sugerimos consultar información más detallada y otras opciones de financiamiento, remitiéndose a la página web: www.icetex.gov.co </div>
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Cordialmente, </div>
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Viceministerio de Educación Superior </div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
¿Quién o quienes hacen un seguimiento de los dineros donados para esta zona y como reportan su uso adecuado?
¿Quién o quienes hacen un seguimiento de los dineros donados para esta zona y como reportan su uso adecuado?
Respuesta
Respetado señor Duarte:
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado al enlace del Ministerio de Defensa Nacional para MOCOA y a la Contraloría General de la República, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, serán esas entidades las competentes para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dichas entidades, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Grupo de Atención a la Ciudadanía
Presidencia de la República
En atención a la comunicación de la referencia; de manera atenta le informamos que se ha dado traslado al enlace del Ministerio de Defensa Nacional para MOCOA y a la Contraloría General de la República, para que en el marco de sus competencias, se atienda en lo pertinente su requerimiento.
En esa medida, serán esas entidades las competentes para absolver las inquietudes que usted formuló en su escrito. Por lo anterior le sugerimos comunicarse con dichas entidades, ya que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República No es la Entidad competente para responder de fondo su solicitud.
Atentamente,
Grupo de Atención a la Ciudadanía
Presidencia de la República
Existe control PAE pero existe resistencia aplicacion prevencion pendiente cita Dra Sonia Patricia Tellez que hacer ??
Existe control PAE pero existe resistencia aplicacion prevencion pendiente cita Dra Sonia Patricia Tellez que hacer ??
Respuesta
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Estimado Ciudadano,</div>
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Entendiendo que la pregunta está enfocada hacia el control y acompañamiento que se hace al Programa de Alimentación Escolar (PAE), lo primero que se debe aclarar es que son las entidades territoriales (gobernaciones o alcaldías), en cabeza de las secretarías, las responsables de seleccionar y contratar a los operadores que administran e implementan el programa, así como también deben garantizar la supervisión o interventoría de su operación.</div>
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Por su parte, el Ministerio de Educación Nacional, desde su competencia, está brindando asistencia técnica a todas las secretarías para fortalecer aspectos financieros, jurídicos, alimentarios, comunicacionales y de sistemas de información relativos al PAE.</div>
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Para fortalecer el enfoque diferencial, se desarrollaron mesas de trabajo con secretarías que tienen una alta concentración de población étnica y rural dispersa. Como parte del acompañamiento para hacer reporte y registro en el SIMAT de los titulares de derecho que reciben el programa, se convocaron a las 95 secretarías para que participaran en 7 capacitaciones sobre este proceso. </div>
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Frente al seguimiento, el equipo de monitoreo realiza visitas a las secretarías y a las instituciones educativas en donde se verifica el estado de la operación. Al finalizar se envía un informe a la secretaría y si es necesario se solicita un plan de mejora. Así mismo, se estructuró un Modelo de Monitoreo y Control del PAE que permite a los equipos PAE de las secretarías identificar de forma clara y precisa las actividades, responsabilidades, riesgos y generar las acciones a implementar para el control en cada una de las etapas de la ejecución del programa. </div>
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En el caso específico del seguimiento a los recursos, el Ministerio cuenta con dos categorías en el sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública – CHIP. En éste, las gobernaciones y alcaldías deben reportar la inversión de los recursos de alimentación escolar de las diferentes fuentes. En el caso de las secretarías que no hacen el reporte oportuno, se envía oficio solicitando el cargue de la información, y se copia a los entes de control para que, desde su competencia, también puedan hacer seguimiento y apoyar la solicitud.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Preescolar, Básica y Media</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado Ciudadano,</div>
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Entendiendo que la pregunta está enfocada hacia el control y acompañamiento que se hace al Programa de Alimentación Escolar (PAE), lo primero que se debe aclarar es que son las entidades territoriales (gobernaciones o alcaldías), en cabeza de las secretarías, las responsables de seleccionar y contratar a los operadores que administran e implementan el programa, así como también deben garantizar la supervisión o interventoría de su operación.</div>
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Por su parte, el Ministerio de Educación Nacional, desde su competencia, está brindando asistencia técnica a todas las secretarías para fortalecer aspectos financieros, jurídicos, alimentarios, comunicacionales y de sistemas de información relativos al PAE.</div>
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Para fortalecer el enfoque diferencial, se desarrollaron mesas de trabajo con secretarías que tienen una alta concentración de población étnica y rural dispersa. Como parte del acompañamiento para hacer reporte y registro en el SIMAT de los titulares de derecho que reciben el programa, se convocaron a las 95 secretarías para que participaran en 7 capacitaciones sobre este proceso. </div>
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Frente al seguimiento, el equipo de monitoreo realiza visitas a las secretarías y a las instituciones educativas en donde se verifica el estado de la operación. Al finalizar se envía un informe a la secretaría y si es necesario se solicita un plan de mejora. Así mismo, se estructuró un Modelo de Monitoreo y Control del PAE que permite a los equipos PAE de las secretarías identificar de forma clara y precisa las actividades, responsabilidades, riesgos y generar las acciones a implementar para el control en cada una de las etapas de la ejecución del programa. </div>
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En el caso específico del seguimiento a los recursos, el Ministerio cuenta con dos categorías en el sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública – CHIP. En éste, las gobernaciones y alcaldías deben reportar la inversión de los recursos de alimentación escolar de las diferentes fuentes. En el caso de las secretarías que no hacen el reporte oportuno, se envía oficio solicitando el cargue de la información, y se copia a los entes de control para que, desde su competencia, también puedan hacer seguimiento y apoyar la solicitud.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Preescolar, Básica y Media</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>