Respuestas del Gobierno

Respuesta
Hola Orquidea,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de

entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos

que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Hola David,



Hola David,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021

Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus próximas solicitudes e inquietudes.

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Hola David,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021

Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus próximas solicitudes e inquietudes.
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Hola,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que:



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.



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Hola Erika,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que:



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021



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Hola María,



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Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

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Hola Elder,



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Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021



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Hola William,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que:



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

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Hola Eduardo,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

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Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico carolinaccr1994@gmail.com, por usted indicado.</div>

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El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es E-2021-0007-042187.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico Sandra1981angel@gmail.com, por usted indicado.</div>

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El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es E-2021-0007-037965.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

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Hola María,



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¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



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Hola Diana,



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entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos

que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



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Respetada Señora: En respuesta a su solicitud en este Ministerio, nos permitimos brindarle la siguiente información sobre la oferta institucional que maneja el Ministerio actualmente: De acuerdo a la normatividad vigente, Prosperidad Social es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie a partir de la identificación de los hogares en las mencionadas bases de datos y atendiendo los criterios de priorización que se determinó en el Decreto Único Sectorial de Vivienda 1077 de 2015. por lo anterior, nos permitimos socializarle la oferta institucional para que, de acuerdo con sus intereses y capacidades, verifique a cuál de los programas puede acceder si así lo desea, con la cual se atiende a la población en general a través de los programas de Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, Semillero de Propietarios y Casa Digna Vida Digna. En donde encontrara toda nuestra oferta institucional. http://www.minvivienda.gov.co/semillerodepropietarios
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Respetada Señora: En respuesta a su solicitud en este Ministerio, nos permitimos brindarle la siguiente información sobre la oferta institucional que maneja el Ministerio actualmente: De acuerdo a la normatividad vigente, Prosperidad Social es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie a partir de la identificación de los hogares en las mencionadas bases de datos y atendiendo los criterios de priorización que se determinó en el Decreto Único Sectorial de Vivienda 1077 de 2015. por lo anterior, nos permitimos socializarle la oferta institucional para que, de acuerdo con sus intereses y capacidades, verifique a cuál de los programas puede acceder si así lo desea, con la cual se atiende a la población en general a través de los programas de Vivienda Gratuita, Mi Casa Ya, Semillero de Propietarios y Casa Digna Vida Digna. En donde encontrara toda nuestra oferta institucional. http://www.minvivienda.gov.co/semillerodepropietarios
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Hola Andre,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de

entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos

que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

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Hola Andre,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de

entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

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que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



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Hola Andre,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de

entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de

pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,

Protección Social al Adulto Mayor ­ Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto

sobre las ventas – IVA.

El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –

19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de

hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de

conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de

pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el

criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y

en el manual operativo del programa.

Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web

https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos

que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por

tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo

invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de

atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00

A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Hola Jonatan,



Respecto a tu solicitud queremos informarte que debes ingresar al siguiente enlace https://www.libretamilitar.mil.co/ , allí debes consultar el estado de tu situación militar y adjuntar una serie de documentos, el sistema te asignará uno de los 60 distritos militares que hay en el país.

Posteriormente, te indicarán la documentación necesaria y te citarán a una concentración militar.

Será realizado un examen psico-físico. Si eres apto, deberás prestar servicio militar. Si no, tendrás que presentar otros documentos para que te hagan una liquidación y pagar la cuota de compensación.

El costo del documento sale de calcular el patrimonio de los padres o personal con los ingresos de los padres o personal, teniendo en cuenta si todavía depende de ellos económicamente.

Si deseas conocer más información te invitamos a comunicarte a algunos canales de atención al ciudadano, que encontraras a continuación:

Página web PQRS:https://www.pqr.mil.co/?__cf_chl_jschl_tk__=a4fd875ead1c048e42cbcbc10c3409980469add6-1598388880-0-AdEea5-xGcrvemhhn66jfziVXRzI8ryvQDMpO96gxbMA1dG8NHqtgC82sSWEq9lEkQ367kwYy4IrqSUDdHR2kTRy4Y9qKku8Q_voGB0OnRg116GYi4axG44wH5uohijTVmTZEzDXeV5xNRrfrYuXHRkA9i55FtNTwnee1aAl2G0UBJNQ587Pat1rGYib9tRhrB9EXvN0sVhl8hkV1Sv3nRNOccINo5dHJ5vLlIPOWsc6aJA-pirgNLUDKVVuSqJZfHBIgL7zBlYtI-cqRZHsrcI





PBX: +57 (1) 3362211 Ext: 302 - 303 - 304 - 305 - 306 – 307







¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



Facebook: www.facebook.com/urnadecristal

Twitter: www.twitter.com/urnadecristal

Instagram: www.instagram.com/urnadecristal

LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/



Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
Hola Lorena,

Respecto de tu solicitud queremos informarte que:

Los subsidios de vivienda que asignan las cajas las cajas de compensación familiar se destinan a tres tipos de uso: compra de vivienda nueva, construcción en sitio propio y mejoramiento del inmueble.



Si usted está interesado en recibir este beneficio, debe cumplir los siguientes requisitos:



Estar afiliado a una de las 43 cajas de compensación familiar del país y estar al día en tus aportes mensuales.

Tener conformado un hogar unipersonal o de varios miembros.

Los ingresos de la persona o del grupo familiar no deben superar los 4 salarios mínimos mensuales legales vigentes, (SMMLV), es decir. $3.312.000 en 2019. El monto del subsidio depende de los ingresos.

Ninguno de los miembros del grupo familiar puede ser propietario de inmuebles dentro del territorio nacional.

Ninguno de los miembros del grupo familiar debe hacer recibido con anterioridad subsidio de vivienda.

Aportar por lo menos el 10% del valor total del inmueble en recursos propios como ahorros y cesantías. Si el subsidio es para construcción, debe ser propietario del terreno.

La solución de vivienda escogida debe ser parte de un programa de Vivienda de Interés Social (VIS), cuyo valor no supere los 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).



Te invitamos a comunicarte directamente con la caja de compensación, ya que ellos cuentan directamente con la información.
Respuesta
Hola Pedro,





¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



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Instagram: www.instagram.com/urnadecristal

LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/



Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

Respuesta
Respetado Señor: En respuesta a su solicitud en este Ministerio, nos permitimos informarle que en la siguiente URL https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios encontrara el "ABC Semillero de Propietarios" en donde encontrara toda la información requerida para poder realizar el proceso de inscripción al programa de Semillero de Propietarios.



Adicionalmente lo invitamos a consultar nuestros canales de atención para brindarle una asesoría más personalizada https://minvivienda.gov.co/atencion-la-ciudadania
Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico dinapao68@gmail.com, por usted indicado.</div>

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El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es E-2021-0007-037962.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos su solicitud se tr&aacute;mito bajo el radicado E-2021-0007-037953.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico Dalyn2407@gmail.com, por usted indicado.</div>

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El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es E-2021-0007-037953.</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

Respuesta
Hola Nubia,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que:

El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situación de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un crédito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.



El programa da prioridad a las familias desplazadas, a las que hacen parte de la Red Unidos y a los sectores más vulnerables. También, un porcentaje de viviendas en cada proyecto será destinado a los hogares afectados por los desastres naturales o que habiten en zonas de alto riesgo no mitigable.



Con el programa, el Gobierno Nacional promueve un trabajo conjunto entre el sector público y el sector privado, para definir un método de selección objetivo, ágil y transparente de los diseñadores, constructores e interventores de las obras.



Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/viviendas-100-subsidiadas



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respuesta
Apreciado ciudadano, se generó un único número de radicado para su solicitud con el fin de obtener una respuesta más de fondo. El numero de radicado es el 2021ER0019159 También lo invitamos a comunicarse a través de nuestros canales de atención http://www.minvivienda.gov.co/atencion-al-ciudadano/canales-de-atencion, para brindarle una asesoría mucho más personalizada a sus inquietudes sobre los diferentes tipos de Subsidios del MVCT.
Respuesta
Apreciado ciudadano, se generó un único número de radicado para su solicitud con el fin de obtener una respuesta más de fondo. El numero de radicado es el 2021ER0019159 También lo invitamos a comunicarse a través de nuestros canales de atención http://www.minvivienda.gov.co/atencion-al-ciudadano/canales-de-atencion, para brindarle una asesoría mucho más personalizada a sus inquietudes sobre los diferentes tipos de Subsidios del MVCT.
Respuesta
Señora

MARLEN PULIDO MORENO

derechosmpm@gmail.com



Asunto: Respuesta a su solicitud de información Ingreso Solidario.



Respetuoso saludo:



Atendiendo la solicitud del asunto, el Departamento Nacional de Planeación – DNP, le informa que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, por el cual se estableció que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social -DPS, será la entidad encargada de administrar los programas Ingreso Solidario y Devolución del I.V.A, y de realizar los próximos giros.



Los hogares que aún no han recibido Ingreso Solidario entrarán en las nuevas fases de entrega que el DPS inició a partir del 4 de julio de 2020.



Por lo anterior, si usted desea conocer mas información acerca del programa social del ingreso solidario y/o Devolución del IVA debe comunicarse a través de los siguientes contactos dispuestos por Prosperidad Social, para la atención al ciudadano:



- Correo electrónico: ingreso.solidario@prosperidadsocial.gov.co

- Formulario de radicación web: https://delta.prosperidadsocial.gov.co/TMS.Solution.SGPDPS/(SwgUB8M7)/SC/es/InterfazDocumental/AbrirDocumento/3024103?estadoinicial=GV&hideTools=1

- Línea Nacional: 018000951100

- Línea Bogotá: (57+1)595-4410

- Mensaje de texto gratuitos: 85594

- Chat Web: http://200.122.252.178/DPS_CHAT/LivingRooms/prosperidadsocial

- Videollamada: https://apps2.americasbps.com/VideoCallDPS#%21



De acuerdo con lo anteriormente señalado, el Departamento Nacional de Planeación ya no administra estos programas.



Esperamos que se haya resuelto su inquietud.



Atentamente,



Servicio al Ciudadano

Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221

Conmutador: +57 (1) 3815000 Ext. 11924 11922 11919 11916 11915

https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/consultas-quejas-yreclamos/Paginas/registro-de-solicitudes.aspx



Si quieres calificar nuestro servicio ingresa a www.dnp.gov.co/califiquenos

Tu opinión es importante para el DNP





Respuesta
Hola Carolina,

Respecto de tu solicitud queremos informarte que:

Hay subsidios familiares, entendiendo que un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que constituye un complemento para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social.



De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados, víctimas de actos terroristas y afectados por situaciones de desastre o calamidad pública, apliquen este subsidio para la compra de vivienda usada, igualmente para hogares en situación de desplazamiento y damnificados por atentados terroristas se incluye la modalidad de arrendamiento.



Así mismo, los Departamentos, Municipios y Distritos desarrollan, entre otras actividades, la gestión y promoción de los aportes de recursos complementarios en dinero o en especie, realizando el seguimiento y control que garanticen la adecuada utilización de los subsidios familiares de vivienda.



A su vez, el Subsidio Familiar de Vivienda (SFV), aplicable al canon mensual en contratos de arrendamiento y arrendamiento con opción de compra; es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario y se entrega en forma periódica o anticipada, sin cargo de restitución, destinado a cubrir un porcentaje mensual del canon de arrendamiento que le permita acceder en calidad de arrendatario a una solución de vivienda de interés social o prioritario nueva o usada.



Igualmente el Subsidio de Mejoramiento, es el beneficio que otorga el Gobierno Nacional a cada hogar para el mejoramiento de su vivienda y está dirigido a la población que presenta carencias habitacionales recuperables a través de mejoras en los inmuebles.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.

Respuesta
Hola Lore,



Respecto de solicitud queremos informarte que: Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/ Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/ Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat. Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respuesta
Hola,



Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial





Páginas oficiales:



https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html

https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx

www.dnp.gov.co

https://www.sisben.gov.co/

https://devolucioniva.dnp.gov.co/

https://ingresosolidario.dnp.gov.co/

Redes sociales:

https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx

https://twitter.com/DNP_Colombia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor







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LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/



Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.



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Hola Deicy,



Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial





Páginas oficiales:



https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html

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Instagram: www.instagram.com/urnadecristal

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Hola Yunis,



Respecto de solicitud queremos informarte que:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/



Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
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Hola Jose,



Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial





Páginas oficiales:

https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html

https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx

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Redes sociales:

https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx

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Hola Ana,





Respecto a tu solicitud, queremos indicarte que las pre-inscripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes, para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:

Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del Programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 14 y 28 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:

Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).

Estar registrado en la Red UNIDOS; ó

Estar registrado en el Registro Único de Víctimas -RUV en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"; ó

Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas ó

Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.

No contar con titulo profesional universitario.



Los jóvenes que cumplan con los criterios de focalización poblacional y territorial y que además hayan iniciado su proceso de formación en el SENA o en alguna IES en convenio con el Prosperidad Social antes de efectuar su registro al Programa Jóvenes en Acción.



Quedaron habilitados los canales de atención al ciudadano de Prosperidad Social, para el pre-registro permanente al Programa Jóvenes en acción a través de los diferentes medios de atención que encontraras a continuación:

Líneas telefónicas: 01-8000-951-1100 031-5954410

Mensaje de texto: 85594

Chat web: https://bit.ly/33th1Ja

Videollamada: https://bit.ly/2WspoDA

Tutotial youtube; https://www.youtube.com/watch?v=AieVoQw6gXM

Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información, los cuales encontraras a continuación:





Páginas oficiales:

https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html

https://www.prosperidadsocial.gov.co/Paginas/Inicio.aspx



Redes sociales:

https://twitter.com/infopresidencia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

https://twitter.com/ProsperidadCol?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthorhttps://twitter.com/FamiliasAccion?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

https://twitter.com/JovenesAccionCo?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

https://es-la.facebook.com/FamiliasAccionCo/





¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.



Facebook: www.facebook.com/urnadecristal

Twitter: www.twitter.com/urnadecristal

Instagram: www.instagram.com/urnadecristal

LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/



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Hola Ana, Respecto de tu solicitud queremos informarte que debes comunicarte con la entidad bancaria directamente mediante sus canales de atención https://www.grupobancolombia.com/personas/contactanos/bancolombia ¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales. Facebook: www.facebook.com/urnadecristal Twitter: www.twitter.com/urnadecristal Instagram: www.instagram.com/urnadecristal LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/ Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
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Hola Carlos,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, por el cual se estableció que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social -DPS, será la entidad encargada de administrar los programas Ingreso Solidario y Devolución del I.V.A, y de realizar los próximos giros. Los hogares que aún no han recibido Ingreso Solidario entrarán en las nuevas fases de entrega que el DPS inició a partir del 4 de julio de 2020. Por lo anterior, si usted desea conocer más información acerca del programa social del ingreso solidario y/o Devolución del IVA debe comunicarse a través de los siguientes contactos dispuestos por Prosperidad Social, para la atención al ciudadano: - Correo electrónico: ingreso.solidario@prosperidadsocial.gov.co - Formulario de radicación web: https://delta.prosperidadsocial.gov.co/TMS.Solution.SGPDPS/(SwgUB8M7)/SC/es/InterfazDocumental/AbrirDocumento/3024103?estadoinicial=GV&hideTools=1 - Línea Nacional: 018000951100 - Línea Bogotá: (57+1)595-4410 - Mensaje de texto gratuitos: 85594 - Chat Web: http://200.122.252.178/DPS_CHAT/LivingRooms/prosperidadsocial - Videollamada: https://apps2.americasbps.com/VideoCallDPS#%21 De acuerdo con lo anteriormente señalado, el Departamento Nacional de Planeación ya no administra estos programas. Esperamos que se haya resuelto su inquietud. Atentamente, Servicio al Ciudadano Línea Nacional Gratuita de Atención al Ciudadano 018000121221 Conmutador: +57 (1) 3815000 Ext. 11924 11922 11919 11916 11915 https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/consultas-quejas-yreclamos/Paginas/registro-de-solicitudes.aspx



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico camontana211@misena.edu.co, por usted indicado.</div>

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El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es&nbsp; E-2021-0007-023687.</div>

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&nbsp;</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>

Respuesta
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Buen d&iacute;a,</div>

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De la manera m&aacute;s atenta, informamos que la respuesta a su petici&oacute;n fue enviada al correo electr&oacute;nico Marlinfuentes953@gmail.com, por usted indicado.</div>

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El n&uacute;mero de radicado asignado a su solicitud es&nbsp; E-2021-0007-023685.</div>

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&nbsp;</div>

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Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</div>

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Cordialmente,</div>

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Grupo de Participaci&oacute;n Ciudadana</div>