como puedo inscribirme para beneficiarme para una casa, soy casada vivo con mi esposo e hijos, no hay problema por eso.
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Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
los bancos en facatativa no tienen idea del proyecto mi casa ya? a quien debo acudir?
Registrada:
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8217
los bancos en facatativa no tienen idea del proyecto mi casa ya? a quien debo acudir?
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Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.” </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.” </p>
soy desplazada y quisiera saber como hacer para obtener una vivienda gratuita
Registrada:
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8216
soy desplazada y quisiera saber como hacer para obtener una vivienda gratuita
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Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>
quiero saber si yo estoy reportada en datacredito pero ya esoy a paz y salvo con las entidades puedo acceder a los benef
quiero saber si yo estoy reportada en datacredito pero ya esoy a paz y salvo con las entidades puedo acceder a los benef
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
Necesito saber si los bancos ya conocen la metodología a utilizar para el programa MI CASA YA no nos dan ninguna razon
Necesito saber si los bancos ya conocen la metodología a utilizar para el programa MI CASA YA no nos dan ninguna razon
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. El Decreto que implementa este programa es el 0428 del 11 de marzo de 2015, por lo anterior ya se encuentra en ejecución. Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p> </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa. El Decreto que implementa este programa es el 0428 del 11 de marzo de 2015, por lo anterior ya se encuentra en ejecución. Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p> </p>
Me interesa conocer sobre el programa MI CASA YA, las ciudades donde aplicara este programa.
Registrada:
Código:
8213
Me interesa conocer sobre el programa MI CASA YA, las ciudades donde aplicara este programa.
Registrada:
Código:
8213
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.” Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.” Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
Buenos dias, soy madre cabeza de hogar, ¿puedo acceder a subsidio de vivienda y que requisitos necesito?
Buenos dias, soy madre cabeza de hogar, ¿puedo acceder a subsidio de vivienda y que requisitos necesito?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Cuando empieza a aplicar el modelo TACS en la ciudad de Manizales? el FNA no da ninguna información al respecto.
Cuando empieza a aplicar el modelo TACS en la ciudad de Manizales? el FNA no da ninguna información al respecto.
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Diana</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Donde puede encontrar las oficinas de mi vivienda ya en la ciudad de medellin
Registrada:
Código:
8210
Donde puede encontrar las oficinas de mi vivienda ya en la ciudad de medellin
Registrada:
Código:
8210
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015</p>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Según dcto 0428 de 2015, cap. 2, art. 5, cual es el ahorro mínimo que debo tener para comprar vivienda de 86 millones?
Según dcto 0428 de 2015, cap. 2, art. 5, cual es el ahorro mínimo que debo tener para comprar vivienda de 86 millones?
Respuesta
<p>Buen día, al respecto le manifestamos que el ahorro con el que el hogar deberá contar, será el resultado de restarle al valor de la vivienda a adquirir, cuyo valor no deberá superar 135 SMLMV <span style="font-size: 10pt; line-height: 115%; font-family: Verdana, sans-serif;">($86.987.250 del 2015), el valor del credito otorgado y el valor del subsidio asignado de acuerdo a los ingresos del hogar. Es importante tener en cuenta que el subsidio que se otorga en el programa Mi Casa Ya, cubre parte del valor de la cuota inicial de la vivienda nueva que se pretenda adquirir.</span></p>
Cuando se desembolsa el subsidio, si ya se tiene la vivienda vista y el crédito otorgado por el banco. para poder separa
Cuando se desembolsa el subsidio, si ya se tiene la vivienda vista y el crédito otorgado por el banco. para poder separa
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015, no obstante el banco en el cual tomo el crédito de vivienda le informara si cumple con los requisitos del programa.</p>
PERO ESTOY ESTUDIAMDO EN EL SENA GESTION ADMINISTRATIVA QUIER SABER SI PURDO ACCEDER AL PROGRAMA
Registrada:
Código:
8206
PERO ESTOY ESTUDIAMDO EN EL SENA GESTION ADMINISTRATIVA QUIER SABER SI PURDO ACCEDER AL PROGRAMA
Registrada:
Código:
8206
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
HOLA BUENAS TARDES ME LLAMO CRISTIAN DIAZ SOY DE UNA ISLA DE CAÑO DEL ORO QUE QUEDA EN LA ZONA IMSULAR DEE CARTAGENA .
HOLA BUENAS TARDES ME LLAMO CRISTIAN DIAZ SOY DE UNA ISLA DE CAÑO DEL ORO QUE QUEDA EN LA ZONA IMSULAR DEE CARTAGENA .
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de cada programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que los rige.</span></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de cada programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que los rige.</span></p>
soy independiente y mi única entrada es la de mi trabajo como músico, que debo hacer para adquirir este subsidio de casa
soy independiente y mi única entrada es la de mi trabajo como músico, que debo hacer para adquirir este subsidio de casa
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
cuando inicia el programa mi casa ya, por que en la tele dicen que empezó, pero en córdoba dicen que empieza en septiem.
cuando inicia el programa mi casa ya, por que en la tele dicen que empezó, pero en córdoba dicen que empieza en septiem.
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>El plan de empleo del Gobierno es a nivel nacional donde cubre a toda la República, e independiente de los planes departamentales o locales que adelanten las autoridades respectivas.</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
<p>El plan de empleo del Gobierno es a nivel nacional donde cubre a toda la República, e independiente de los planes departamentales o locales que adelanten las autoridades respectivas.</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p> </p>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo <a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N° 7 – 49 en la ciudad de Bogotá D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185702-47308576">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185702-47308576</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185702-47308576">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185702-47308576</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
Perdi la ayuda del gobierno porque estuve 3 meses en mora con mi credito hipotecario. Estoy desempleado. Que debo hacer?
Perdi la ayuda del gobierno porque estuve 3 meses en mora con mi credito hipotecario. Estoy desempleado. Que debo hacer?
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185662">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185662</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185662">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185662</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
soy pensionado por el ejercito, sufrí una amputación de una pierna por mina, puedo hacer la reclamación como victima?
soy pensionado por el ejercito, sufrí una amputación de una pierna por mina, puedo hacer la reclamación como victima?
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185642">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185642</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185642">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185642</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
Quisiera saber q debo hacer para adquirir vivienda, con el proyecto “Mi Casa Ya”, y si lo quiero sacar con otra persona?
Quisiera saber q debo hacer para adquirir vivienda, con el proyecto “Mi Casa Ya”, y si lo quiero sacar con otra persona?
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p> </p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p> </p>
<p>Asimismo, participar en las Micro-ruedas de Empleo organizadas por el SENA conforme al Cronograma previsto para el año, el cual podrá ser consultado accediendo al siguiente enlace <a href="http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx">http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx</a></p>
<p> </p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p> </p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p> </p>
<p>Asimismo, participar en las Micro-ruedas de Empleo organizadas por el SENA conforme al Cronograma previsto para el año, el cual podrá ser consultado accediendo al siguiente enlace <a href="http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx">http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Microruedas-de-Empleo.aspx</a></p>
<p> </p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p> </p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
desplazado contamos carta cheque por 15.450.000 con esta podemos adquirir una vivienda de las que el gobierno ofrese.
desplazado contamos carta cheque por 15.450.000 con esta podemos adquirir una vivienda de las que el gobierno ofrese.
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que en su caso</span> el hogar se encuentra dentro los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.</p>
<p><span>Mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita. </span><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes.</span></p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.</p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. Igualmente puede acceder al programa Vipa con el subsidio que ya tiene asignado, puede consultar los requisitos en el siguiente link: </span><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></p>
<p><span><o p=""></o></span></p>
<p><span>Mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita. </span><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes.</span></p>
<p>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.</p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS o a través de la página web www.dps.gov.co de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. Igualmente puede acceder al programa Vipa con el subsidio que ya tiene asignado, puede consultar los requisitos en el siguiente link: </span><span>http://portal.minvivienda.local/vipa</span></p>
<p><span><o p=""></o></span></p>
Mi padre ERNESTO RICO OLAYA C.C. 3.078.711 esta inscrito en el RUV?
Como acceder a mayor info desde Australia?
Mi padre ERNESTO RICO OLAYA C.C. 3.078.711 esta inscrito en el RUV?
Como acceder a mayor info desde Australia?
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185632">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185632</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185632">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-radicado-20152010185632</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
buenas noches tengo 5 hijos como hago para lograr una vivienda dignad para mis hijos y no tengo empleo fijo
buenas noches tengo 5 hijos como hago para lograr una vivienda dignad para mis hijos y no tengo empleo fijo
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Interés Social Prioritario, para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
los bancos me informan q el proyecto de micasa ya empiesa a funcionar 1 se septiembre y nececito para mayo se podria
los bancos me informan q el proyecto de micasa ya empiesa a funcionar 1 se septiembre y nececito para mayo se podria
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.987.250 del 2015) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>
si una persona se postula al subsidio a la tasa de interés, puede acceder al programa mi casa ya y postularse también?
si una persona se postula al subsidio a la tasa de interés, puede acceder al programa mi casa ya y postularse también?
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario, es decir simultaneamente puede recibir los 2 subsidios.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
Tenemos las cesan tías en el FNA y llevamos tres meses de ahorro programado cuando podemos iniciar el proceso TACS
Tenemos las cesan tías en el FNA y llevamos tres meses de ahorro programado cuando podemos iniciar el proceso TACS
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Lucelly</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
quiero sabr cuales son las bancos autorisados para el proyesto de mi casa ya q hido a ciertos bancos y no tienen informa
quiero sabr cuales son las bancos autorisados para el proyesto de mi casa ya q hido a ciertos bancos y no tienen informa
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida. Todas las entidades bancarias estan autorizadas para tramitar este subsidio.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida. Todas las entidades bancarias estan autorizadas para tramitar este subsidio.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica para la compra de viviendas nuevas cuya escritura tenga fecha mayor al 1 de septiembre de 2015.</p>
para ser beneficiado del programa TACS, necesito primero tener el crédito aprobado o el cupo asignado. Gracias
para ser beneficiado del programa TACS, necesito primero tener el crédito aprobado o el cupo asignado. Gracias
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Jimena</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">El principal objetivo de este modelo que responde a las sugerencias del Banco Mundial, es convertir a los arrendatarios en propietarios. La idea impulsar la adquisición de vivienda sin cuota inicial, bajo el esquema del ahorro a través del pago de alquiler.</p>
<p class="rtejustify">El modelo ya está reglamentado por el <strong>Decreto 1058 de 2014</strong>. Este modelo está pensado para pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento. El arriendo se recibe como ahorro, y a cambio se entrega vivienda nueva ciento por ciento terminada con cero por ciento de cuota inicial.</p>
<p class="rtejustify">Con TACS el arriendo deja de convertirse en un gasto y pasa a ser una inversión en vivienda nueva para los colombianos. El requisito esencial es que el interesado sea afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, en cualquiera de sus dos modalidades por cesantías o ahorro voluntario. Se tendrán en cuenta los puntajes acumulados.</p>
<p class="rtejustify">La persona podrá ahorrar tanto como pueda y con que cumpla los pagos puntuales podrá radicar su solicitud para TACS. Una fracción del canon se destinará como ahorro mensual que con su acumulado el locatario o arrendatario podrá ejercer la opción de compra al final del contrato de manera automática. Eso significa que podrá adquirir la vivienda sin tener que desembolsar dinero adicional, dado que habrá ahorrado, durante la vigencia del contrato, el dinero suficiente para hacer la compra.</p>
<p class="rtejustify">Todos los subsidios que las normas vigentes admiten para la adquisición de vivienda pueden ser aceptados en el modelo TACS.</p>
<p class="rtejustify">En caso que desees ampliar información o poseas alguna duda puntual frente al tema, te invitamos a contactar directamente al Fondo Nacional del Ahorro - FNA a través de sus diferentes canales de atención, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:</p>
<p class="rtejustify">Para una mayor información te invitamos que visites la página web www.fna.gov.co. </p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
a uno para inscribirse en jovenes en accion pueden recibir un certificado de 11
Registrada:
Código:
8183
a uno para inscribirse en jovenes en accion pueden recibir un certificado de 11
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8183
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-20152010185612">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-20152010185612</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
<p>De la manera más atenta, indicamos que la respuesta a su petición, puede consultarla a través del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-20152010185612">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/respuesta-urna-de-cristal-20152010185612</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social</p>
Soy profesional en Finanzas y comercio exterior, estoy desempleado hace 3 meses ¿Cómo debo buscar empleo óptimamente?
Soy profesional en Finanzas y comercio exterior, estoy desempleado hace 3 meses ¿Cómo debo buscar empleo óptimamente?
Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Ahora bien, la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>El directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
como puedo obtener un titulo solo con la experiencia que tengo de 25 años ya que no pude estudiar
Registrada:
Código:
8181
como puedo obtener un titulo solo con la experiencia que tengo de 25 años ya que no pude estudiar
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8181
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
En la educación para el trabajo y el desarrollo humano, las instituciones están facultadas por el decreto 4904 de 2009 para reconocerle a las personas que estén interesadas en cursar un programa de formación laboral, los conocimientos, experiencias y prácticas previamente adquiridas para que continúen su proceso formativo, pero no les pueden reconocer el 100% de la formación y expedirle el Certificado de Técnico Laboral.<br />
<br />
En el campo de la educación superior, las instituciones de educación superior dentro de su autonomía responsable pueden realizar validación por suficiencia académica entendida como aquella a la que se somete un estudiante cuando acredita experiencia certificada y conocimiento sobre algún curso académico del plan de estudios del programa de pregrado elegido, con el fin de obtener su calificación mediante una única prueba.<br />
<br />
El resultado de la prueba tendrá carácter definitivo; la calificación correspondiente será única y no tiene carácter de habilitación. La prueba de suficiencia académica aplica igualmente para programas de posgrado de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo Académico para cada programa en particular atendiendo la normativa vigente.<br />
<br />
Para que la institución de educación superior le pueda otorgar el título se requiere que la persona se encuentre matriculado y haya aprobado el respectivo programa de formación.<br />
<br />
De acuerdo con lo anterior a ninguna persona se le puede otorgar un título académico o un certificado de técnico laboral demostrando solamente su experiencia.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
En la educación para el trabajo y el desarrollo humano, las instituciones están facultadas por el decreto 4904 de 2009 para reconocerle a las personas que estén interesadas en cursar un programa de formación laboral, los conocimientos, experiencias y prácticas previamente adquiridas para que continúen su proceso formativo, pero no les pueden reconocer el 100% de la formación y expedirle el Certificado de Técnico Laboral.<br />
<br />
En el campo de la educación superior, las instituciones de educación superior dentro de su autonomía responsable pueden realizar validación por suficiencia académica entendida como aquella a la que se somete un estudiante cuando acredita experiencia certificada y conocimiento sobre algún curso académico del plan de estudios del programa de pregrado elegido, con el fin de obtener su calificación mediante una única prueba.<br />
<br />
El resultado de la prueba tendrá carácter definitivo; la calificación correspondiente será única y no tiene carácter de habilitación. La prueba de suficiencia académica aplica igualmente para programas de posgrado de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo Académico para cada programa en particular atendiendo la normativa vigente.<br />
<br />
Para que la institución de educación superior le pueda otorgar el título se requiere que la persona se encuentre matriculado y haya aprobado el respectivo programa de formación.<br />
<br />
De acuerdo con lo anterior a ninguna persona se le puede otorgar un título académico o un certificado de técnico laboral demostrando solamente su experiencia.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
como puedo obtener un título profesional si tengo experiencia en electricidad de 25 años pero nunca pude estudiar? grac
como puedo obtener un título profesional si tengo experiencia en electricidad de 25 años pero nunca pude estudiar? grac
Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />
<br />
En la educación para el trabajo y el desarrollo humano, las instituciones están facultadas por el decreto 4904 de 2009 para reconocerle a las personas que estén interesadas en cursar un programa de formación laboral, los conocimientos, experiencias y prácticas previamente adquiridas para que continúen su proceso formativo, pero no les pueden reconocer el 100% de la formación y expedirle el Certificado de Técnico Laboral.<br />
<br />
En el campo de la educación superior, las instituciones de educación superior dentro de su autonomía responsable pueden realizar validación por suficiencia académica entendida como aquella a la que se somete un estudiante cuando acredita experiencia certificada y conocimiento sobre algún curso académico del plan de estudios del programa de pregrado elegido, con el fin de obtener su calificación mediante una única prueba.<br />
<br />
El resultado de la prueba tendrá carácter definitivo; la calificación correspondiente será única y no tiene carácter de habilitación. La prueba de suficiencia académica aplica igualmente para programas de posgrado de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo Académico para cada programa en particular atendiendo la normativa vigente.<br />
<br />
Para que la institución de educación superior le pueda otorgar el título se requiere que la persona se encuentre matriculado y haya aprobado el respectivo programa de formación.<br />
<br />
De acuerdo con lo anterior a ninguna persona se le puede otorgar un título académico o un certificado de técnico laboral demostrando solamente su experiencia.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
<br />
En la educación para el trabajo y el desarrollo humano, las instituciones están facultadas por el decreto 4904 de 2009 para reconocerle a las personas que estén interesadas en cursar un programa de formación laboral, los conocimientos, experiencias y prácticas previamente adquiridas para que continúen su proceso formativo, pero no les pueden reconocer el 100% de la formación y expedirle el Certificado de Técnico Laboral.<br />
<br />
En el campo de la educación superior, las instituciones de educación superior dentro de su autonomía responsable pueden realizar validación por suficiencia académica entendida como aquella a la que se somete un estudiante cuando acredita experiencia certificada y conocimiento sobre algún curso académico del plan de estudios del programa de pregrado elegido, con el fin de obtener su calificación mediante una única prueba.<br />
<br />
El resultado de la prueba tendrá carácter definitivo; la calificación correspondiente será única y no tiene carácter de habilitación. La prueba de suficiencia académica aplica igualmente para programas de posgrado de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo Académico para cada programa en particular atendiendo la normativa vigente.<br />
<br />
Para que la institución de educación superior le pueda otorgar el título se requiere que la persona se encuentre matriculado y haya aprobado el respectivo programa de formación.<br />
<br />
De acuerdo con lo anterior a ninguna persona se le puede otorgar un título académico o un certificado de técnico laboral demostrando solamente su experiencia.<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Viceministerio de Educación Superior<br />
Ministerio de Educación Nacional</p>
Buenas tardes yo dure mucho tiempo sin trabajo si estoy en datacredito no puedo acceder a este benefico.....
Buenas tardes yo dure mucho tiempo sin trabajo si estoy en datacredito no puedo acceder a este benefico.....
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: http://portal.minvivienda.local/vipa</p>
<p>Programa Mi Casa Ya: http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el artículo 3 del Decreto 2391 de 2013 los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>