¿Sabías que menos trámites contribuyen a menos corrupción?

Enviado por Anónimo (no verificado) el 10/11/2018
10/11/2018
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Beneficios del Decreto Ley Antitrámites

Esta fue una de las razones por las cuales nació la Cruzada Antitrámites que realizó Urna de Cristal para eliminar proceso en el Estado El Estatuto Anticorrupción otorgaba un plazo para simplificar trámites. Luego con base en las respuestas ciudadanas se expidió el Decreto Ley Antitrámites. No olvides ingresar a nuestro micrositio y dejar tus aportes para acabar con la corrupción en el país. 

¿Por qué simplificar trámites evita la corrupción?

Entre menos procesos haya, menos actos de corrupción se presentarán, ya que el exceso de procedimientos en el Estado camufla procesos y documentos ilegales y alterados. Es así como los corruptos aprovechan para filtrar incorrecciones y normas redactadas en favor de alguien. 

La política antitrámites es un eje específico de la política anticorrupción y sin duda la reduce el campo de acción de los corruptos. Cuando hay muchos trámites, aumenta la probabilidad de generar actos de corrupción. Este plan inició con la expedición del Decreto Ley Antitrámites, y la eliminación de más de 600 trámites, con el compromiso de eliminar muchos más.

Estas son las principales ventajas del Decreto Ley Antitrámites

Nueva vigencia licencia de conducción

En la Cruzada Antitrámites la expedición de la licencia de conducción fue el octavo trámite más votado como el más dispendioso, con más de 300 votos. Por eso desde el artículo 195 en adelante (página 69 del decreto) se estipulan las modificaciones para este trámite. El principal avance es que la nueva licencia de conducción ahora tendrá 10 años de vigencia y no cinco.

El nuevo y único pase existirá desde este 15 de julio de 2013. Para los ciudadanos que necesiten la licencia de conducción por primera vez, esta se expedirá con vigencia de 10 años para conducir carro particular. 

Para los colombianos que recientemente sacaron el pase, la renovación de la nueva licencia no tendrá costo, aunque para el trámite tendrán de nuevo que presentar y aprobar el examen de coordinación física y motriz.

Revisión técnico mecánica cada seis años

La corte constitucional declaró exequible el artículo 202 del Decreto Ley Antitrámites, donde se considera que la revisión técnico mecánica debe hacerse seis años después de la fecha de matrícula de un vehículo.

Por unanimidad, los magistrados consideraron que la disposición no va en contra de la Constitución y que el Ejecutivo tenía facultades para entrar a regular la materia.

Este artículo del Decreto Ley Antitrámites había sido demandado porque, supuestamente violaba el derecho a un ambiente sano.

Igualmente la corte consideró el Gobierno sí cumple con las facultades para regular el tema, y que la disposición está ajustada a las normatividades que rige el tránsito y el transporte en el país. Además, reiteró que el artículo busca proteger el medio ambiente.

La norma señala textualmente que “los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto (6°) año contado a partir de la fecha de su matrícula”.

Así las cosas, toma la fecha de matrícula de su vehículo y debe hacerle la revisión técnico mecánica, seis años después, sin importar si ya le hizo una primera revisión. En adelante la revisión debe hacérsela anualmente.

La Libreta Militar se podrá solicitar por vía electrónica

Uno de los trámites que más problemas le causa a los colombianos es la expedición de la Libreta Militar. En la Cruzada Antitrámites que realizó Urna de Cristal en agosto de 2011 y en cuyos resultados se basó el Gobierno para expedir el decreto de simplificación y eliminación de trámites, los ciudadanos votaron la solicitud de este documento como el trámite del Estado que no debería existir.

El artículo 105 del decreto habla de este aparte. Le otorga al Ministerio de Defensa Nacional un plazo de 2 años , a partir del 10 de enero de 2012, para que inicie un servicio en línea, que le permita a cualquier colombiano consultar su situación militar.

El sistema también debe permitir realizar la inscripción para la expedición de la libreta militar, la cancelación de la cuota de compensación, es decir el valor del documento y expedir un certificado que acredite que ya definió su situación militar.

Así mismo el decreto obliga a realizar convocatorias especiales para resolver la situación militar de los ciudadanos, mientras comienza a funcionar el sistema electrónico. Es decir que antes del 10 de enero de 2014 debe estar listo un sistema digital para tramitar la Libreta Militar.

Fin de las autenticaciones

En el sector público se acabaron las autenticaciones. Jamás deberás presentar un documento autenticado ante notaría para ningún proceso ante el Estado. 

Contratistas no pagan por publicación de contratos

Para quienes contratan con el Estado se elimina la obligación de publicar sus contratos en el Diario Oficial –a su costa– y en el SICE de la Contraloría. Sólo se publicará en el SECOP del Portal Único de Contratación, sin ningún costo para el contratista.

RUT por internet

A partir de julio de 2012, las personas del régimen simplificado del IVA podrán realizar la formalización de la inscripción y actualización del RUT a través del portal de la DIAN, previa la verificación de información que realizará el sistema. Lo anterior, siempre que no se modifique el régimen de IVA al cual pertenecen, ni se incluyan obligaciones como importador, ni la persona natural se convierta en representante legal de una sociedad. A partir del año 2013, la DIAN deberá permitir que las personas del régimen simplificado puedan presentar las declaraciones y la información exógena a través de mecanismos digitales.

Fin al pasado judicial

Hoy ninguna persona está obligada a presentar un documento que certifique sus antecedentes judiciales para trámites con entidades de derecho público o privado.

Beneficios en el apostillaje

Los trámites de apostillaje que hace la Cancillería dentro del territorio nacional y en el extranjero, se podrán solicitar mediante el uso de correo postal, sin que se requiera la presentación personal del ciudadano. El Gobierno Nacional reglamentará el procedimiento y el uso de medios electrónicos.

Citas de medicina general

Las Entidades Promotoras de Salud, EPS, deberán garantizar la asignación de citas de medicina general u odontología general, sin necesidad de hacer la solicitud de forma presencial. La asignación de estas citas no podrá exceder los tres (3) días hábiles contados a partir de la solicitud.

No se exige el denuncio de pérdida de documentos

Según el decreto Ley Antitrámites ninguna autoridad administrativa podrá exigir la presentación de denuncia por pérdida de documentos con el fin de tramitar la expedición del duplicado o remplazo correspondiente. Solo basta la afirmación del peticionario sobre el hecho, y esto se entenderá que está actuando bajo la gravedad del juramento.

No más certificados de estudio para menores de 18 años

Gracias al Decreto Ley Antitrámites desde 2013 se elimina uno de los trámites más dispendiosos para los ciudadanos. Desde el 1° de enero las EPS no podrán exigirle cretificado de estudios a los beneficiarios de 18 a 25 años, para verificar su situación de escolaridad.

Textualmente el artículo 119 del Decreto Ley Antitrámites dice: "A partir de enero 1 de 2013, la acreditación de los beneficiarios de un cotizante, mayores de 18 años y menores de 25, que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, se verificará por la Entidad Promotora de Salud a través de bases de datos disponibles que indique para el efecto el Ministerio de Salud y Protección Social, sin requerir la acreditación del certificado de estudios respectivos de cada entidad de educación."

El Decreto señala que las EPS deberán consultar la situación de escolaridad de sus beneficiarios en bases de datos creadas por el Ministerio de Salud y no exigirle más a los ciudadanos este documento.