El organismo de seguridad encargado es la Unidad Nacional de Protección. Esta entidad es de orden nacional y está adscrita al Ministerio del Interior.
¿Qué hace ahora la Unidad de Protección?
El organismo se encarga de articular, coordinar y ejecutar medidas de protección y apoyo a la prevención, promover los derechos a la vida, a la integridad, a la libertad y a la seguridad de personas, colectivos, grupos y comunidades que por su cargo o ejercicio de sus funciones puedan tener un riesgo extraordinario o extremo, en el ejercicio de sus funciones. Esto está contemplado en el Decreto 4912 de 2012.
¿Cómo se evalúa el riesgo al que está sometida una persona?
Los tipos de riesgo están establecidos en la sentencia T-1026 de 2002, por la Corte Constitucional. Este es el tipo de riesgo al que está sometida alguna persona:
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Riesgo Ordinario: es aquel al que están sometidas todas las personas, en igualdad de condiciones, por el hecho de pertenecer a una determinada sociedad.
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Riesgo Extraordinario: es aquel que las personas, como consecuencia directa del ejercicio de sus actividades o funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias o en razón del ejercicio de su cargo, no están obligadas a soportar.
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Riesgo Extremo: es grave e inminente.
¿Cuál es el grupo de personas susceptibles de riesgo?
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Dirigentes de grupos políticos y de oposición.
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Defensores de Derechos Humamos.
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Sindicalistas.
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Dirigentes o activistas de grupos gremiales.
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Dirigentes o miembros de grupos étnicos.
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Miembros de la misión médica.
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Testigos o víctimas de violaciones a los DDHH y al DIH.
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Periodistas o comunicadores sociales.
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Servidores o ex servidores públicos con responsabilidad en Derechos Humanos.
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Dirigentes de grupos armados desmovilizados en los años de 1994 y 1998.
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Dirigentes UP y PCC.
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Apoderados de procesos judiciales por violaciones de DDHH y DIH.
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Docentes.
¿Cuál es el mecanismo para proteger una persona?
El mecanismo se denomina ‘Ruta de Protección’. Lo primero que debe hacer el ciudadano es radicar una solicitud de protección a la UNP. Posteriormente, Gestión del Servicio, dependencia que recibe la solicitud y analiza la competencia de la UNP teniendo en cuenta las poblaciones objeto del programa.
La solicitud es verificada por el Cuerpo Técnico de Recopilación y Análisis de Información (CTRAI). Básicamente en este proceso de confronta la información y se evalúa el caso. Posteriormente un Grupo de Valoración Preliminar sesiona con la participación de 9 entidades, 5 de carácter permanente y 4 como invitados especiales, quienes conjuntamente analizan la situación de riesgo de cada caso.
Un comité denominado de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM) valora la información y toma la decisión final, la cual es notificada al Director de la Unidad Nacional de Protección mediante acta, con el fin de implementar de manera inmediata las medidas de protección al peticionario.
¿Dónde encuentro mayor información de la Unidad Nacional de Protección?
- Puedes visitar su página web http://www.unp.gov.co/
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Llamando al 426 98 00 en Bogotá
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Marcando el móvil 318 210 11 07
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Dirigiéndote personalmente a la Carrera 58 No. 10-51 en Bogotá
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Enviando un correo electrónico a atencionalusuario@unp.gov.co