¿Qué quieres saber sobre las nuevas medidas para beneficiar nuestros campesinos y construir la política agraria?

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Sintoniza Urna de Cristal Radio donde el Ministerio de Agricultura dará respuesta a estas y otras preguntas. Miércoles 30 de abril a las 3:30 p.m., en vivo por todas las frecuencias de Señal radio Colombia. 

El Presidente Juan Manuel Santos reiteró que de los 183 compromisos adquiridos con el sector agropecuario del país más de 70 ya se han cumplido en su totalidad y los demás, por ser soluciones a largo o mediano plazo, se encuentran en proceso de desarrollo. Conoce las nuevas acciones en pro del agro y registra tus inquietudes, opiniones y comentarios. 

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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

Eco_Alv
Vie, 16/05/2014 - 16:10
Pregunta:
Respuesta: EXPORTACIONES

Proexport es la entidad encargada de la promoción del turismo internacional, la inversión extranjera y las exportaciones no tradicionales en Colombia.

A través de la red nacional e internacional de oficinas, ofrece apoyo y asesoría integral a los clientes, mediante servicios o instrumentos dirigidos a facilitar el diseño y ejecución de su estrategia de internacionalización, que busca la generación, desarrollo y cierre de oportunidades de negocios

Proexport fomenta la realización de negocios internacionales a través de:

• Identificación de oportunidades de mercado.
• Diseño de estrategias de penetración de mercados.
• Internacionalización de las empresas.
• Acompañamiento en el diseño de planes de acción.
• Contacto entre empresarios a través de actividades de promoción comercial, inversión y turismo internacional.
• Servicios especializados a empresarios extranjeros interesados en adquirir bienes y servicios colombianos o en invertir en Colombia.
• Alianzas con entidades nacionales e internacionales, privadas y públicas, que permitan ampliar la disponibilidad de recursos para apoyar diferentes iniciativas empresariales y promover el desarrollo y crecimiento del portafolio de servicios.

Proexport ofrece una asesoría profesional y detallada para aquellos inversionistas que encuentran en Colombia interesantes oportunidades de negocios en diferentes sectores económicos. Algunos de los servicios son:

• Información que responde a necesidades específicas.
• Contactos con el sector público y privado.
• Organización de agendas y acompañamiento durante la visita a Colombia.
• Atención a los inversionistas instalados en el país.
• Todos los servicios son gratuitos y la información suministrada durante el proceso se administra con total confidencialidad.

Proexport promueve las exportaciones desde Colombia y tiene múltiples servicios para ayudarle. En Proexport podrá encontrar:

• Asesoría especializada
• Formación en exportación
• Estudios de mercado
• Muchos servicios más
Claboli
Jue, 15/05/2014 - 22:53
Pregunta:
Respuesta: <p>Cordial Saludo</p>
<p>Gracias por comunicarse con la Urna de Cristal</p>
<p>Con base a su requermiento, nos permitimos informarle, que la pr&oacute;xima junta de remisos del batall&oacute;n 20 de Julio, Distrito Militar n&deg; 2 es el pr&oacute;ximo 4 de septiembre.</p>
<p>Hasta Otra Oportunidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
Adrian Felipe
Mar, 13/05/2014 - 18:18
Pregunta:
Respuesta: <p>Estimado ciudadano,</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El financiamiento de la educaci&oacute;n superior p&uacute;blica en Colombia se da a trav&eacute;s de mecanismos dirigidos a la oferta (Instituciones de Educaci&oacute;n Superior) y de subsidios a la demanda (Estudiantes). En cuanto al financiamiento de la demanda, el Gobierno Nacional desarrolla estrategias de financiamiento para garantizar el ingreso de los egresados a la Educaci&oacute;n Media y la permanencia de los estudiantes en la Educaci&oacute;n Superior, a trav&eacute;s de cr&eacute;ditos y subsidios educativos para pregrado&nbsp; y posgrado. De acuerdo al art&iacute;culo 27 de la Ley 1450 de 2011, los recursos fiscales de la Naci&oacute;n destinados a becas o a cr&eacute;ditos educativos universitarios en Colombia deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior (ICETEX) y a &eacute;l corresponde su administraci&oacute;n.<br />
En aras de atender su inquietud de generaci&oacute;n de posibilidades de acceso a la Educaci&oacute;n Superior, es importante se&ntilde;alar que en la actualidad el ICETEX cuenta con acciones de financiaci&oacute;n para las poblaciones que pertenezcan al nivel 1 &oacute; 2 del SISBEN, versi&oacute;n II o su equivalente en la versi&oacute;n III del mismo. Dentro de estas acciones es importante resaltar el programa de Acceso con Calidad a la Educaci&oacute;n Superior&ndash; ACCES. &Eacute;sta l&iacute;nea otorga cr&eacute;dito de car&aacute;cter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas acad&eacute;micos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Informaci&oacute;n de la Educaci&oacute;n Superior &ndash;SNIES. El cr&eacute;dito financia un porcentaje del valor de la matr&iacute;cula de acuerdo a la clasificaci&oacute;n socioecon&oacute;mica por estrato del estudiante y el nivel correspondiente de SISBEN. Los recursos del programa ACCES est&aacute;n orientados a cr&eacute;dito de matr&iacute;cula o de sostenimiento.<br />
As&iacute; mismo, es importante se&ntilde;alar la Alianza entre el ICETEX y Programa de Transformaci&oacute;n Productiva para incentivar a los estudiantes de estratos 1, 2 y 3, que adelanten desde primer semestre o semestres posteriores en el&nbsp; programa de articulaci&oacute;n de la educaci&oacute;n media con la educaci&oacute;n superior, en carreras t&eacute;cnicas profesionales y tecnol&oacute;gicas, en las &aacute;reas del conocimiento relacionadas con los sectores de &ldquo;Clase Mundial&rdquo; y lideren el desarrollo del pa&iacute;s.<br />
<br />
Le invitamos a consultar informaci&oacute;n m&aacute;s detallada y otras opciones de financiamiento, remiti&eacute;ndose a la p&aacute;gina Web: www.icetex.gov.co<br />
<br />
<br />
Cordialmente,<br />
<br />
Direcci&oacute;n de Fomento de la Educaci&oacute;n Superior<br />
Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>
Heraldo Acosta Jaimes
Mar, 06/05/2014 - 15:24
Pregunta:
Respuesta: COMPRA DE CARTERA
DECRETO 355 DE 2014
19-FEB-2014

Que la Ley 302 de 1996 creó el Fondo de Solidaridad Agropecuario -FONSA, como una cuenta especial dependiente del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, cuyo objetivo exclusivo es otorgar apoyo económico a los pequeños productores agropecuarios y pesqueros, para la atención y alivio parcial o total de sus deudas.

Que el artículo 3 de la Ley 1694 de 2013, dispone que el Gobierno Nacional, podrá incluir nuevas situaciones de crisis que se traduzcan en caídas severas y sostenidas de los ingresos de los productores, e incorporar nuevos beneficios individuales, incluyendo aquellos que se encuentren integrados en créditos asociativos o en alianzas estratégicas, para el Fondo de.Solidaridad Agropecuario (FONSA).

Que la citada disposición previó además que el nivel de activos totales de los beneficiarios sujetos a la condición prevista en el considerando anterior no podrían superar los setecientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (700 SMLMV) incluidos los de su cónyuge o compañero permanente, con cargo a los recursos de que trata la referida ley.

Que en el inciso segundo del mismo artículo 3 de la Ley 1694 de 2013, se establece que el Gobierno Nacional podrá diseñar e implementar nuevos mecanismos de crédito, con sus debidos soportes y garantías, para financiar a los productores agropecuarios en situaciones de crisis.

Que de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de Colombia, el Gobierno Nacional "está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno".

Que es función del Presidente de la República, de acuerdo con la Constitución Política de Colombia, ejercer la potestad reglamentaria mediante la expedición de los decretos que sean necesarios para la adecuada ejecución de las leyes.

Que conforme a esta facultad el Gobierno Nacional podrá establecer los lineamientos y condicionamientos que pueden observarse respecto de la instrumentalización y operación de nuevos mecanismos de crédito.

Que para dar cumplimiento al propósito del Gobierno Nacional de mejorar las condiciones para el desarrollo del sector agropecuario y rural, y en particular para facilitar la recuperación de la capacidad productiva de los productores del sector afectados por diversos fenómenos, se hace necesario reglamentar el artículo 3 de la ley 1694 de 2013, estableciendo los lineamientos que deberán tenerse en cuenta para beneficiar a los productores que se encuentren incluidos dentro de las nuevas situaciones de crisis y de aquellos que pueden ser sujetos de los nuevos mecanismos de crédito que sean diseñados e implementados.
san estanilao
Dom, 04/05/2014 - 21:58
Pregunta:
Respuesta: El Censo Nacional Agrario es una actividad cuya competencia es del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, el Ministerio colabora con lo referente a los Sistemas de Información, la captura de la información en su totalidad la realiza el DANE, para cualquier información adicional puede ingresar a la página www.dane.gov.co o comunicarse al teléfono 5978300.
Claudia Maria
Dom, 04/05/2014 - 13:56
Pregunta:
Respuesta: SEMILLAS

El ICA es la entidad que lidera programas de mejoramiento de las características de las plantas y producción de semillas en el país, buscan producir cada día, materiales nuevos con características adecuadas de acuerdo con las condiciones ambientales y el mercado de destino, es decir, la industria, el mercado interno, el mercado externo, que le permita a los agricultores obtener plantaciones homogéneas, con buen potencial productivo y una mayor resistencia a problemas fitosanitarios.

Las semillas como punto de partida de todo ciclo productivo, son un insumo de gran importancia en la multiplicación de plantas, es importante entonces contar con óptimas clases y tipos de semillas por región, que permitan la perpetuación de una especie, así como la de sus características biológicas en el tiempo.

Para mayor información puede ingresar a la página www.ica.gov.co, comunicarse al 3323700 Ext 1793, 1788 o dirigirse a la Carrera 41 # 17-81 en Bogotá.
Mgarcia
Mar, 29/04/2014 - 11:01
Pregunta:
Respuesta: El Ministerio de Agricultura, posee una amplia gama de programas, dirigidos hacia la población más vulnerable, Sisben I y II, población en condición de desplazamiento, comunidades indígenas y comunidades negras, dentro del portafolio de servicios tenemos lo siguiente:

- Programa Jóvenes Rurales, busca incentivar al joven rural para que adelante estudios de educación superior en carreras de ciencias agropecuarias, ya sea a nivel profesional o técnico, a través de la financiación hasta en un 100% del valor de la matrícula. La entidad ejecutora de este programa es el ICETEX, para más información puede ingresar a la página www.icetex.gov.co.
- Vivienda de Interés Social Rural, cuyo fin es mejorar las condiciones de vivienda de los habitantes rurales de escasos recursos económicos, mediante la intervención con programas de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico y construcción de vivienda en sitio propio, este programa es manejado por el Banco Agrario, para mayor información puede consultar la página www.banagrario.gov.co.
- Subsidio Integral de Tierras, que equivale al valor de una Unidad Agrícola Familiar UAF y puede aplicar para pagar el valor del predio, parte del coste del proyecto productivo a implementar y hasta los gastos de escrituración y registro de la compraventa del predio, este programa es ejecutado por el Incoder, para mayor información puede ingresar a la página www.incoder.gov.co.
- Programa de Oportunidades Rurales, financia proyectos empresariales para organizaciones legales de pequeños productores rurales, jóvenes, mujeres, indígenas y afrocolombianos que estén dentro de los niveles de Sisben 1 y 2 y asigna recursos de microcrédito a los microempresarios rurales.
- Proyecto Alianzas Productivas promueve la conformación de alianzas de desarrollo empresarial y se otorga un incentivo modular dirigido a financiar capital de trabajo, asistencia técnica, capacitación, capital fijo, adecuación de tierras y comercialización entre otros.
- Líneas Especiales de Crédito, apoya a los Pequeños y Medianos Productores con el fin de fortalecer la seguridad alimentaria en el país con líneas de crédito favorables y tasas de interés preferenciales.
- Mujer Rural, busca beneficiar a organizaciones y asociaciones de mujeres de todo el país, legalmente constituidas, interesadas en la producción, comercialización y/o trasformación de líneas agropecuarias, artesanales, turísticas, ambientales, forestales, agroindustriales y demás equivalentes en el sector rural, que permitan generar ingresos, formar capacidades y generar empleo.

Los beneficios se otorgan mediante convocatoria pública.

En la actualidad se encuentra instalada una mesa de concertación, entre el Ministerio de Agricultura y los actores del agro, para definir la distribución de estos recursos destinados a la inversión.
mauricio avila
Lun, 28/04/2014 - 23:20
Pregunta:
Respuesta: El incremento y los porcentajes por valorización a los terrenos aun cuando sean dedicados al agro, no es tema que competa al Ministerio de Agricultura, este tema lo manejan la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, al Concejo Municipal en cada Departamento y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
mauricio avila
Lun, 28/04/2014 - 23:17
Pregunta:
Respuesta: LEY DE QUIEBRA
DECRETO 355 DE 2014
19-FEB-2014

Que la Ley 302 de 1996 creó el Fondo de Solidaridad Agropecuario -FONSA, como una cuenta especial dependiente del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, cuyo objetivo exclusivo es otorgar apoyo económico a los pequeños productores agropecuarios y pesqueros, para la atención y alivio parcial o total de sus deudas.
Que el artículo 3 de la Ley 1694 de 2013, dispone que el Gobierno Nacional, podrá incluir nuevas situaciones de crisis que se traduzcan en caídas severas y sostenidas de los ingresos de los productores, e incorporar nuevos beneficios individuales, incluyendo aquellos que se encuentren integrados en créditos asociativos o en alianzas estratégicas, para el Fondo de.Solidaridad Agropecuario (FONSA).
Que la citada disposición previó además que el nivel de activos totales de los beneficiarios sujetos a la condición prevista en el considerando anterior no podrían superar los setecientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (700 SMLMV) incluidos los de su cónyuge o compañero permanente, con cargo a los recursos de que trata la referida ley.
Que en el inciso segundo del mismo artículo 3 de la Ley 1694 de 2013, se establece que el Gobierno Nacional podrá diseñar e implementar nuevos mecanismos de crédito, con sus debidos soportes y garantías, para financiar a los productores agropecuarios en situaciones de crisis.
Que de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de Colombia, el Gobierno Nacional "está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno".
Que es función del Presidente de la República, de acuerdo con la Constitución Política de Colombia, ejercer la potestad reglamentaria mediante la expedición de los decretos que sean necesarios para la adecuada ejecución de las leyes.
Que conforme a esta facultad el Gobierno Nacional podrá establecer los lineamientos y condicionamientos que pueden observarse respecto de la instrumentalización y operación de nuevos mecanismos de crédito.

Que para dar cumplimiento al propósito del Gobierno Nacional de mejorar las condiciones para el desarrollo del sector agropecuario y rural, y en particular para facilitar la recuperación de la capacidad productiva de los productores del sector afectados por diversos fenómenos, se hace necesario reglamentar el artículo 3 de la ley 1694 de 2013, estableciendo los lineamientos que deberán tenerse en cuenta para beneficiar a los productores que se encuentren incluidos dentro de las nuevas situaciones de crisis y de aquellos que pueden ser sujetos de los nuevos mecanismos de crédito que sean diseñados e implementados.
Reinel Sanchez Valencia
Lun, 28/04/2014 - 07:33
Pregunta:
Respuesta: Consejos Municipales de Desarrollo Rural
Son espacios de participación creados por la ley 101 de 1.993, para la concertación de las políticas y programas dirigidas al desarrollo de los territorios rurales, en este sentido los CMDR facilitan la participación de los habitantes rurales en la toma de decisiones que les afectan, pero además es un espacio para el ejercicio de una ciudadanía comprometida en la gestión, ejecución, seguimiento y control del desarrollo rural en su municipio.
Quienes hacen parte?
§ El Alcalde
§ Representantes del Concejo Municipal
§ Representantes de las entidades públicas departamentales, regionales y nacionales, que adelantan acciones de desarrollo rural en el municipio.
§ Representantes de las Organizaciones Campesinas legalmente. constituidas con presencia en el municipio
§ Representantes de los gremios agropecuarios con presencia en el municipio.
§ Representantes de las comunidades rurales del municipio
Para que sirve un CMDR?
- Participar en la formulación del Componente de desarrollo rural que debe ser incluido en el Plan de Desarrollo Municipal.
- Identificar las prioridades y necesidades para el desarrollo rural y agropecuario del municipio e intervenir en la gestión de posibles soluciones.
- Participar en la definición de las prioridades de la UMATA , así como vigilar su ejecución a través de la Comisión Municipal de Asistencia y Técnica Agropecuaria.
- Discutir los temas de reforma agraria y aprobar el plan Municipal de Reforma Agraria con sus diferentes instrumentos y componentes.
- Discutir, Validar y concertar y participar de la ejecución y seguimiento de :
§ El Plan Agropecuario Municipal
§ De los programas de la red de solidaridad social en el municipio.
§ El Plan de Atención Básica del salud
§ El plan Municipal de Salud
§ Los programas del ICBF para lo rural
§ Los programas del Ministerio de Educación para el desarrollo rural.
agropecuario
Dom, 27/04/2014 - 20:29
Pregunta:
Respuesta: <p>Buenos dias, para el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural es muy importante conocer el tema en menci&oacute;n. Por lo anterior y para garantizar que la dependencia t&eacute;cnica que lidera el tema de la Cadena Bovina lo pueda atender le sugerimos a trav&eacute;s del link de PQRDS de la p&aacute;gina web <a href="http://www.minagricultura.gov.co">www.minagricultura.gov.co</a> realizar la solicitud.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
serpinleo@hotmail.com
Dom, 27/04/2014 - 19:02
Pregunta:
Respuesta: El Pacto Agrario es un proceso incluyente de construcción colectiva para recoger necesidades, prioridades y propuestas desde todas las veredas, municipio y departamentos del país, con el fin de reformular la política pública del sector agropecuario y de desarrollo rural. El resultado del pacto Agrario guiará las políticas del Gobierno entorno al campo y será parte fundamental del próximo Plan nacional de Desarrollo 2014-2018.

El principal objetivo del Pacto Agrario es adelantar un ejercicio de participación para la construcción colectiva de una política de Estado para el sector rural, e identificar consensos alrededor de las prioridades más importantes para el desarrollo rural en los territorios del país.

El Ministerio de Agricultura diseñará los ejes temáticos que serán discutidos por la comunidad en el marco del Pacto Agrario, capacitar a gobernadores, alcaldes y secretarios de agricultura y de planeación para garantizar que los temas cruciales del campo se discutan en profundidad para diseñar una nueva política de Estado.

El Ministerio de Trabajo promoverá la activación de los Consejos Municipales de Desarrollo CMDR y los Consejos Departamentales de Desarrollo Rural CONSEA, así como fomentar la conformación de organizaciones sociales para asegurar una activa participación de la comunidad, participarán:

CONSEJOS MUNICIPALES DE DESARROLLO RURAL – CMDR

- Alcalde Municipal – Preside
- Representantes del Concejo Municipal
- Rep. Entidades públicas nacionales o regionales que trabajen en desarrollo rural
- Rep. Organizaciones de campesinos o gremios
- Rep. Centrales obreras y federaciones sindicales agrarias.
- Rep. Organizaciones de víctimas
- Rep. Organizaciones de Mujeres
- Rep. Organizaciones Indígenas
- Rep. Organizaciones afro descendientes
- Rep. De comunidades rurales del municipio

CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE DESARROLLO RURAL – CONSEA

- Gobernador – Preside
- Secretario de Agricultura Departamental
- Secretario o Director de Planeación Departamental
- Directores o gerentes regionales de entidades adscritas o vinculadas al Min. Agricultura

CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE DESARROLLO RURAL – CONSEA

- Director regional del SENA
- Rep. De las universidades con programas académicos afines al sector
- Rep. De la regional de CORPOICA
- Rep. De gremios y organizaciones campesinas
- Representantes de los CMDR designados
- Rep. De centros provinciales de gestión empresarial
- Gerentes de centrales de abastos que operen en el departamento
- Presidentes de las asociaciones de profesionales del sector.
- Secretarios Técnicos de las cadenas productivas a nivel departamental y regional.