¿Cuáles son tus preguntas sobre la convocatoria de subsidios de vivienda rural?

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Hasta el 15 de agosto podrás participar de la convocatoria del Ministerio de Agricultura para acceder a los subsidios de vivienda de interés rural, para construcción de vivienda nueva y mejoramiento de vivienda.

Pueden postularse al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural, los hogares que se encuentran en el Sisben I y II, hogares de los resguardos indígenas legalmente constituidos las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras legalmente reconocidas por la autoridad competente.

El objetivo es construir otras 100 mil viviendas a bajo costo, junto a las 86 mil casas del subsidio de para quienes ganen dos salarios mínimos. Te invitamos a dejarnos todas tus preguntas, opiniones y comentarios sobre este tema. 

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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

Rocio Beltran1
Mar, 30/07/2013 - 08:32
Pregunta:
Respuesta: Apreciado usuario
En respuesta a su solicitud le informamos que.

REQUISITOS GENERALES DEL HOGAR: Los requisitos principales, de acuerdo a la normativa vigente (Decreto 2190 de 2009), que debe cumplir el hogar para poder acceder al Subsidio Familiar de Vivienda son los siguientes:
• Los ingresos mensuales del hogar no deben ser superiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (4 SMLMV).
• No haber sido beneficiarios de subsidios familiares de vivienda. Lo anterior cobija los subsidios otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda, el Instituto Nacional de Vivienda y Reforma Urbana –Inurbe hoy en liquidación, la Caja Agraria hoy en liquidación, el Banco Agrario, Focafé, las Cajas de Compensación Familiar y por el FOREC hoy en liquidación.
• En el caso de adquisición o construcción en sitio propio, ninguno de los miembros del hogar debe ser propietario o poseedor de una vivienda a la fecha de postular.
• En el caso de mejoramiento, la vivienda no debe estar localizada en desarrollos ilegales o zonas de riesgo y ninguno de los miembros del hogar debe ser poseedor o propietario de otra vivienda a la fecha de postular.
• En el caso de planes de construcción en sitio propio, la solución de vivienda no debe estar localizada en desarrollos ilegales o zonas de riesgo y alguno de los miembros del hogar debe ser propietario del terreno que se pretende construir.
• Si algún miembro del hogar está afiliado a Caja de Compensación Familiar, debe solicitar el subsidio en dicha Caja.
El proceso de asignación del subsidio familiar de vivienda urbano, reglamentado en el Decreto 2190 de 2009, inicia en el momento en que se realiza la apertura de la convocatoria a través de Resolución emitida por FONVIVIENDA, tiempo en el cual los hogares interesados en obtener el beneficio del subsidio y que cumplen con las condiciones para la postulación y asignación del mismo, presentan su postulación ante las Cajas de Compensación Familiar o el FNA, diligenciando el formulario.

para acceder al subsidio familiar de vivienda de interes social ninguno de los miembros del hogar debe ser poseedor de predio en el territorio nacional ( vivienda o lote enzona rural o urbana)


Jhon Alexander Chara Lugo
Sáb, 27/07/2013 - 04:29
Pregunta:
Respuesta: Apreciado ciudadano:
En respuesta a su solicitud le informamos que
Respecto de los mecanismos de financiación de vivienda, el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 701 de 12 de abril de 2013 ofrece coberturas de tasa de interés que facilitan la financiación de vivienda nueva a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional. Las condiciones de acceso para acceder a la cobertura son las establecidas en la norma mencionada, para:
a. Créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que inicien a parir del 6 de mayo de 2013 y hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas por el Gobierno Nacional.
b. Compra de vivienda nueva cuyo valor de acuerdo con el avalúo del establecimiento de crédito sea mayor a 135 SMMLV y hasta 335 SMMLV.
c. No haber sido beneficiario a cualquier título de las coberturas establecidas en el Decreto 701 de 2013 o de aquellas otorgadas en los Decretos 1143 de 2009 y 1190 de 2012.
En cuanto al trámite para acceder a la cobertura a la tasa de interés, el artículo 3º del Decreto 701 de 2013 establece que los potenciales beneficiarios deberán manifestar por escrito al establecimiento de crédito, su intención de recibirla, antes del desembolso del crédito o de la suscripción del respectivo contrato de leasing habitacional.
Sobre los aspectos específicos de las condiciones de acceso y trámite para acceder a la cobertura de la tasa de interés puede ser consultado el Decreto 701 de 2013.
papipapi891
Jue, 25/07/2013 - 17:53
Pregunta:
Respuesta: En lo relacionado con subsidios, le comento que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural cuenta con programas orientados a promover el desarrollo social y productivo del campo y estos son:

Programa de Oportunidades Rurales, financia proyectos empresariales para organizaciones legales de pequeños productores rurales, jóvenes, mujeres, indígenas y afrocolombianos que estén dentro de los niveles de Sisben 1 y 2 y asigna recursos de microcrédito a los microempresarios rurales.
Proyecto Alianzas Productivas promueve la conformación de alianzas de desarrollo empresarial y se otorga un incentivo modular dirigido a financiar capital de trabajo, asistencia técnica, capacitación, capital fijo, adecuación de tierras y comercialización entre otros.
Líneas Especiales de Crédito, apoya a los Pequeños y Medianos Productores con el fin de fortalecer la seguridad alimentaria en el país con líneas de crédito favorables y tasas de interés preferenciales.

Los beneficios de los anteriores programas, se otorgan mediante convocatoria pública, razón por la cual, lo invito a que consulte permanentemente nuestra página web www.minagricultura.gov.co, donde se comunica la apertura de convocatorias de los diferentes programas y los requisitos para que puedan acceder a ellos.
cnoraluz@ymail.com
Mié, 24/07/2013 - 23:05
Pregunta:
Respuesta: Apreciado ciudadano:
En respuesta a su solicitud le informamos que respecto de los programas de mejoramiento de vivienda estos deben ser tramitados o gestionados a través de las alcaldías municipales en el momoento en que se abran convocatorias, en ese sentido le recomendamos acercarce a la alcaldia de su municipio para que le den informacion al respecto.
Mauricio Alberto Zapata Bedoya
Mié, 24/07/2013 - 10:25
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Buenas tardes Mauricio</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte el Ministro de Vivienda, dispuso un nuevo programa, para comprar vivienda nueva con un 7% de inter&eacute;s y el subsidio para que quienes ganen hasta dos salarios m&iacute;nimos tengan vivienda propia, pagando 180 mil pesos mensuales y sobre todos los programas de vivienda. El Gobierno ya defini&oacute; los requisitos para beneficiarse del subsidio. Para mayor informaci&oacute;n te invitamos que visites la p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co">www.minvivienda.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>
Mauricio Alberto Zapata Bedoya
Mié, 24/07/2013 - 10:25
Pregunta:
Jhonatan Hurtado
Mar, 23/07/2013 - 09:36
Pregunta:
Respuesta: Apreciado usuario
En respuesta a su solicitud le informamos que
Respecto de los requisitos para acceder al programa de vivienda urbana gratis, en este proceso de convocatorias no se entregaran formularios de manera abierta, solo serán entregados a las personas que el Departamento para la Prosperidad Social en cabeza de la Red Unidos considere como posibles beneficiarios y los notifique para que levanten su postulación. si este es su caso le sugerimos acudir a la caja de compensación más cercana para que le brinden información al respecto, de lo contrario significa que usted no clasifico como potencial beneficiario al programa por no cumplir con los requisitos socioeconómicos determinados exclusivamente por el departamento para la prosperidad social DPS.
Cabe resaltar que los potenciales beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos:
o Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS.
o Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales - SISBEN III.
o Registro Único de Población Desplazada – RUPD.
o Hogares damnificados por desastre natural, calamidad pública o emergencia, y aquellos hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable, registrados en los Censos elaborados por los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres.
Fernando Peña Rojas
Lun, 22/07/2013 - 10:54
Pregunta:
Respuesta: apreciado ciudadano:
Frente al tema de vivienda rural cabe aclarar que las viviendas de este sector se podrán asignar a título de subsidio en especie, por parte de la entidad otorgante de los subsidios de vivienda de interés social rural, a los hogares que se encuentren en situación de desplazamiento; que sus predios hayan sido restituidos por autoridad competente; que sean beneficiarios de los programas de formalización y titulación de predios rurales que desarrolla el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; o que pertenezcan a comunidades indígenas o afrodescendientes, debidamente reconocidas por autoridad competente.