Agosto es el mes de la vacunación ¿Qué te gustaría saber sobre los planes de vacunación del Gobierno?

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Del 3 al 31 de de agosto están hablitados en todas las ciudades del país puestos de vacunación. Entre las 8:00 de la mañana y 4:00 de la tarde se garantiza el acceso permanente para la aplicación de las dosis establecidas en el esquema permanente de vacunación. Los puntos de vacunación estarán ubicados principalmente en hospitales, clínicas y puntos de atención inmediata de la ciudad. El Ministerio de Salud te recuerda llevar siempre tu carné. Te invitamos a registrar todas tus preguntas, opiniones y comentarios sobre este tema.

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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

Meryy Ojeda1
Mié, 28/08/2013 - 15:23
Pregunta:
Respuesta: Buenos días sra Mery:

En respuesta a su solicitud nos permitimos informarle que los lineamientos técnicos emitidos por éste Ministerio indican la vacunación contra el VPH de manera gratuita, para todas las niñas escolarizadas en cuarto grado de básica primaria y hasta grado once, a partir de los nueve años de edad. Por lo anterior, las personas que se encuentran escolarizadas en básica secundaria, independientemente de su edad, les aplicarán la vacuna en la institución educativa (se desplazan los vacunadores).

Las niñas entre nueve 9 y 17 años de edad que no se encuentren escolarizadas también son objeto de ésta vacunación, por lo que deben acercarse a una institución vacunadora y preguntar acerca de los requisitos para recibir la vacuna.

Esta es la población objeto de la jornada de Vacunación contra el VPH, pero si usted está interesada en aplicarse la vacuna, le sugerimos respetuosamente acudira su EPS con el fin de conocer si están ofreciendo la aplicación de esta vacuna de manera particular.

Cordial saludo,

Grupo de Atención al Ciudadano
omarmi
Mié, 28/08/2013 - 14:01
Pregunta:
Respuesta: Buenas tardes Señor Ciudadano
Para el Gobierno Nacional en cabeza del Presidente de La República y en asocio del Ministerio de Trabajo, cuya entidad Colpensiones se encuentra vinculada a este, ha sido motivo de gran preocupación las deficiencias presentadas en materia de seguridad social y especialmente en la parte de pensiones, la cual afecta directamente al ciudadano especialmente a aquellos que ya han cumplido su ciclo laboral y esperan gozar de un merecido descanso disfrutando de una pensión.

Por lo anterior, tal como lo afirma el informe de Colpensiones de fecha 5 de Agosto, se ha requerido de la intervención del Estado en su conjunto, siendo así como se ha dado la aceptación de la Corte Constitucional del Plan de Acción para Corregir el Atraso Estructural del Régimen de Prima Media que presentó Colpensiones, toda vez, que es el reconocimiento expreso de la existencia de fallas estructurales, fallas que se gestaron a lo largo de varias décadas, que afectan el efectivo funcionamiento y administración del sistema de seguridad social en pensiones y que se evidencian en las diferentes esferas; todo lo anterior consta en el Plan de acción ajustado para corregir el atraso estructural del régimen de prima media de acuerdo a lo dispuesto por el Auto 110 de 2013 de la Corte Constitucional.

En el Plan de Acción se contempla lo siguiente sobre la optimización del proceso de corrección de historia laboral: se avanzó en la ejecución del 100% de las acciones de la estrategia y se realizaron acciones adicionales. A continuación se describe el avance:
a. Automatizado del proceso de historia laboral con el siguiente alcance: homologación de nombres, ajuste liquidador, correcciones masivas de historia laboral tradicional, correlación de novedades del período tradicional, creación de relaciones laborales posteriores al 20 de agosto de 2012, convalidación de tiempos, recuperación de pagos sin detalle, identificar y cambiar el tipo de documento en el recaudo para los pagos que tiene documento nulo, entre otros.
b. Vinculación de 73 personas para atender prioridad 1 de corrección de historia laboral. La planta de personal pasó a 146 personas.
c. Ampliación de turnos de trabajo: el primero de 6:00 a.m a 2:00 pm, y el segundo de 2:00 p.m a 10:00 p.m.
d. Creación de grupos de trabajo: Se crearon los siguientes grupos: 1) Asofondos, 2) correspondencia, tutelas y Oficios de entidades estatales y juzgados, 3) PQR’s, y 4) un nuevo grupo para reconocimiento.
e. Ampliación de la capacidad instalada: se amplió el ancho de banda de 8 Mb a 30 Mb, se crearon 27 nuevos puestos de trabajo, y se modificó los procesos y generación de proceso automático de liquidación para identificar número de semanas en forma masiva.

Recibidos
A continuación le presento algunas cifras de la labor realizada por Colpensiones a la fecha del 31 de julio de 2013: Se han resuelto 272.870 solicitudes de reconocimiento, 69.358 novedades de nómina, 116.329 solicitudes de corrección de historia laboral, 1.118 cumplimiento de sentencias, 535.426 derechos de petición y se han tramitado 3.014 bonos pensionales.

Es importante que Usted conozca el Plan de Acción 2013 de Colpensiones donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte su cuestionamiento; para lo cual debe ingresar a la página www.colpensiones.gov.co al link nuestra entidad – Plan de Acción 2013.
maria raquel rosa
Lun, 26/08/2013 - 12:55
Pregunta:
Respuesta: Buenos días sra María Raquel:

Atentamente transcribimos la respuesta del grupo de Enfermedades Inmunoprevenibles a su inquietud:

El gobierno nacional incluyó la vacuna contra la hepatitis B en el año de 1994 para todos los niños menores de un año de edad, por lo que a hoy todas las personas de 19 años y menos de edad deben contar con el esquema completo de vacunación, es decir, tres (3) dosis. Las personas mayores de 19 años deben verificar su antecedente vacunal mediante la revisión del carné de vacunación. En caso de tener la vacuna se sugiere realizar títulos de antígenos de superficie para hepatitis B, y de acuerdo al resultado, se debe o no vacunar.

El sitio donde va a hacer las prácticas debe contar con un contrato docente asistencial, por lo que puede consultar el Decreto 2376 del 1º de julio de 2010 ( http://www.minsalud.gov.co/Normatividad/DECRETO%202376%20DE%202010.pdf), por medio del cual se regula la relación docencia – servicio para los programas de formación del talento humano del área de la salud. En el artículo 15 esta norma refiere las garantías de seguridad, protección y bienestar de los estudiantes.

Cordial saludo.

Grupo de Atención al Ciudadano