¿Qué quieres preguntarle al Gobierno sobre el acceso a salud de los colombianos?
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Este jueves 19 de diciembre desde las 7:00 a.m. estaremos por Canal Institucional en vivo respondiendo todas tus preguntas sobre las nuevas disposiciones de salud, rebaja de medicamentos y actualización del POS. Cuéntanos todas tus preguntas, opiniones y comentarios.
Y SI LOS MÉDICOS RENUNCIAN A TRABAJAR CON GESTORAS DONDE QUEDA LA COBERTURA GENERAL?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenos días.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Colombia es un Estado Social de Derecho fundado en el pleno respeto de la dignidad humana, la libertad y la autonomía de las personas. Nadie podrá ser obligado a trabajar. La Constitución Política consagra el derecho a ser libre (Art. 28) y los principios del trabajo (Art. 53), tales como: Igualdad de oportunidades, remuneración, estabilidad, etc.</p>
<p>Por su parte el Art 26 de la Constitución establece: “Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. (…) Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. (…)”</p>
<p>La cobertura universal de los servicios de salud es un compromiso de política pública del Estado colombiano que se funda en el mandato del Art. 49 de la Constitución: “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.”</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos:</p>
<p>Colombia es un Estado Social de Derecho fundado en el pleno respeto de la dignidad humana, la libertad y la autonomía de las personas. Nadie podrá ser obligado a trabajar. La Constitución Política consagra el derecho a ser libre (Art. 28) y los principios del trabajo (Art. 53), tales como: Igualdad de oportunidades, remuneración, estabilidad, etc.</p>
<p>Por su parte el Art 26 de la Constitución establece: “Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. (…) Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. (…)”</p>
<p>La cobertura universal de los servicios de salud es un compromiso de política pública del Estado colombiano que se funda en el mandato del Art. 49 de la Constitución: “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.”</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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