tengo entendido que se debe habitar la casa por al menos 10 años, ¿es necesario que sea el comprador quien la habite?

Enviado por Dabm007 el Vie, 13/03/2015 - 08:44
tengo entendido que se debe habitar la casa por al menos 10 años, ¿es necesario que sea el comprador quien la habite?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud, nos permitimos hacer referencia a los estipulado en el art&iacute;culo 21 de la Ley 1537 de 2012 &quot;El art&iacute;culo 8&deg; de la Ley 3 de 1991 quedar&aacute; as&iacute;:</p>
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ARTICULO 8. CAUSALES DE RESTITUCi&Oacute;N DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA. El Subsidio Familiar de Vivienda ser&aacute; restituible al Estado cuando los beneficiarios transfieran cualquier derecho teal sobre la soluci&oacute;n de vivienda o dejen de residir en ella antes de haber transcurrido diez (10) a&ntilde;os desde la fecha de su transferencia, sin mediar permiso espec&iacute;fico fundamentado en razones de fuerza mayor definidas por el reglamento.&quot;</div>
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