Ahora que se están entregando las casas gratuitas ¿qué dudas tienes sobre los programas de vivienda del Gobierno?
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Esta semana el Presidente Juan Manuel Santos firmará el contrato para la casa número 100 mil, en el emblemático municipio de El Salado en el departamento de Bolívar. Por eso te invitamos a dejar tus preguntas, comentarios y opiniones sobre los planes de vivienda del Gobierno Nacional. Levanta la mano y participa en Urna de Cristal.
soy propietaria de una vivienda, por que el subsidio no me colabora para construir otro cuarto, soy madre cabeza hogar.
El gobierno response
Urna de Cristal
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<p>Apreciado usuario </p>
<p>En respuesta a su solicitud le informo lo siguiente:</p>
<p>El Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, otorga el Subsidio Familiar de Vivienda Urbana como un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que puede ser usado como complemento para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o <strong>mejoramiento de vivienda</strong>.</p>
<p>Específicamente para mejoramiento de vivienda, la normativa vigente establece que es el proceso mediante el cual el beneficiario del subsidio supera una o varias de las carencias básicas de una vivienda perteneciente a un desarrollo legal o legalizado, o a una edificación, en aspectos tales como, su estructura principal, cimientos, muros o cubiertas, carencia o vetustez de redes eléctricas o de acueducto, y cuyo desarrollo exige la consecución de permisos o licencias previos ante las autoridades competentes.</p>
<p>En este caso, el título de propiedad de la vivienda a mejorar debe estar inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de uno cualquiera de los miembros del hogar postulante, quienes deben habitar en la vivienda. En aquellos casos en que la totalidad de la vivienda se encuentre construida en materiales provisionales, se considerará objeto de un programa de construcción en sitio propio.</p>
<p>Para acceder a este subsidio, los hogares deben estar incluidos en proyectos formulados por las Entidades Territoriales para participar en el Concurso de Esfuerzo Territorial Departamental (Municipios de categorías 3 a 6) o en el Concurso de Esfuerzo Territorial Nacional (Municipios de categorías especial, 1 y 2). Una vez los proyectos surtan el trámite de elegibilidad ante FINDETER y se les asignen cupos, los hogares deben postularse a través de las Cajas de Compensación Familiar de acuerdo a las fechas de apertura y cierre de la Convocatoria establecidas por FONVIVIENDA.</p>
<p>Es importante que las Entidades Territoriales formulen y cofinancien proyectos dirigidos al mejoramiento de vivienda, en los cuales pueden incluir a los hogares más necesitados y que cumplan requisitos normativos para acceder al subsidio.</p>
<p>Una vez el Gobierno Nacional, cuente con recursos disponibles, continuará la atención a los hogares de la población de menores recursos. Esta información será divulgada oportunamente a través de las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, quienes brindarán información sobre procedimientos, condiciones y demás inquietudes sobre el Subsidio Familiar de Vivienda Urbana.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p><strong>GRUPO DE ATENCIÓN AL USUARIO Y ARCHIVO</strong></p>
<p>Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio</p>
<p>Apreciado usuario </p>
<p>En respuesta a su solicitud le informo lo siguiente:</p>
<p>El Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, otorga el Subsidio Familiar de Vivienda Urbana como un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que puede ser usado como complemento para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o <strong>mejoramiento de vivienda</strong>.</p>
<p>Específicamente para mejoramiento de vivienda, la normativa vigente establece que es el proceso mediante el cual el beneficiario del subsidio supera una o varias de las carencias básicas de una vivienda perteneciente a un desarrollo legal o legalizado, o a una edificación, en aspectos tales como, su estructura principal, cimientos, muros o cubiertas, carencia o vetustez de redes eléctricas o de acueducto, y cuyo desarrollo exige la consecución de permisos o licencias previos ante las autoridades competentes.</p>
<p>En este caso, el título de propiedad de la vivienda a mejorar debe estar inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de uno cualquiera de los miembros del hogar postulante, quienes deben habitar en la vivienda. En aquellos casos en que la totalidad de la vivienda se encuentre construida en materiales provisionales, se considerará objeto de un programa de construcción en sitio propio.</p>
<p>Para acceder a este subsidio, los hogares deben estar incluidos en proyectos formulados por las Entidades Territoriales para participar en el Concurso de Esfuerzo Territorial Departamental (Municipios de categorías 3 a 6) o en el Concurso de Esfuerzo Territorial Nacional (Municipios de categorías especial, 1 y 2). Una vez los proyectos surtan el trámite de elegibilidad ante FINDETER y se les asignen cupos, los hogares deben postularse a través de las Cajas de Compensación Familiar de acuerdo a las fechas de apertura y cierre de la Convocatoria establecidas por FONVIVIENDA.</p>
<p>Es importante que las Entidades Territoriales formulen y cofinancien proyectos dirigidos al mejoramiento de vivienda, en los cuales pueden incluir a los hogares más necesitados y que cumplan requisitos normativos para acceder al subsidio.</p>
<p>Una vez el Gobierno Nacional, cuente con recursos disponibles, continuará la atención a los hogares de la población de menores recursos. Esta información será divulgada oportunamente a través de las Cajas de Compensación Familiar de todo el país, quienes brindarán información sobre procedimientos, condiciones y demás inquietudes sobre el Subsidio Familiar de Vivienda Urbana.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p><strong>GRUPO DE ATENCIÓN AL USUARIO Y ARCHIVO</strong></p>
<p>Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio</p>
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