¿Qué quieres saber sobre las iniciativas del Gobierno que podrían ayudarte a encontrar empleo?
Imagen Miniatura Vista
Queremos conocer tus opiniones e inquietudes relacionadas con todas las iniciativas que ha desarrollado el Gobierno Nacional para que los colombianos tengan más y mejores oportunidades de empleo.
Soy independiente, mis ingresos son menores a 1 SMLMV y solo cotizo a salud ¿debo cotizar para pensión?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>En atención a su pregunta le informamos que en términos generales la ley estipula que el salario no puede ser inferior al mínimo legal y debe pagarse los aportes a seguridad social tales como salud, pensión ARL y Caja de compensación.</p>
<p>Ahora bien, el Decreto 2616 de 2013 permite que se puede cotizar a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar por periodos inferiores a un mes siempre y cuando se encuentre afiliado al régimen subsidiado de salud y cumpla con los siguientes requisitos:</p>
<p>a. Encontrarse vinculado laboralmente, esto es, tener un contrato de trabajo vigente.</p>
<p>b. Que el contrato obligue a laborar por un periodo inferior a treinta (30) días por mes calendario.</p>
<p>c. Que el valor que resulte como remuneración en el mes, sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
<p>En atención a su pregunta le informamos que en términos generales la ley estipula que el salario no puede ser inferior al mínimo legal y debe pagarse los aportes a seguridad social tales como salud, pensión ARL y Caja de compensación.</p>
<p>Ahora bien, el Decreto 2616 de 2013 permite que se puede cotizar a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar por periodos inferiores a un mes siempre y cuando se encuentre afiliado al régimen subsidiado de salud y cumpla con los siguientes requisitos:</p>
<p>a. Encontrarse vinculado laboralmente, esto es, tener un contrato de trabajo vigente.</p>
<p>b. Que el contrato obligue a laborar por un periodo inferior a treinta (30) días por mes calendario.</p>
<p>c. Que el valor que resulte como remuneración en el mes, sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo.</p>
<p> </p>
Comentarios