¿Qué dudas tienes sobre el Programa de Vivienda de Interés Prioritario?
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El Presidente Juan Manuel Santos anunción que en 2013 se entregarán las 100 mil viviendas gratis. Por eso esta semana queremos aclarar tus dudas sobre el Programa de Vivienda de Interés Prioritario, que tiene como objetivo entregar 100 mil viviendas en todas las regiones de Colombia con 100% de subsidio para los más pobres.
Siendo Profesora, madre cabeza de familia, que vive en estrato 2, puedo acceder a este programa
El gobierno response
Urna de Cristal
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<p style="margin-left:1.4pt;">Al respecto le informo que en el programa de vivienda gratuita que adelanta el Ministerio, y dentro de la población a la cual va dirigido el mismo, se priorizará a las mujeres y hombres cabeza de hogar, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1537 de 2012 artículo 12 y su Decreto Reglamentario 1921 de 2012.</p>
<p style="margin-left:1.4pt;"><strong><em>“(…) </em></strong><em>, la asignación de las viviendas a las que hace referencia el presente artículo beneficiará en forma preferente a la población que se encuentre en alguna de las siguientes condiciones: a) que esté vinculada a programas sociales del Estado que tengan por objeto la superación de la pobreza extrema o que se encuentre dentro del rango de pobreza extrema, b) que esté en situación de desplazamiento, c) que haya sido afectada por desastres naturales, calamidades públicas o emergencias y/o d) que se encuentre habitando en zonas de alto riesgo no mitigable. Dentro de la población en estas condiciones, se dará prioridad a las mujeres y hombres cabeza de hogar, personas en situación de discapacidad y adultos mayores. (…).</em></p>
<p style="margin-left:1.4pt;">Al respecto le informo que en el programa de vivienda gratuita que adelanta el Ministerio, y dentro de la población a la cual va dirigido el mismo, se priorizará a las mujeres y hombres cabeza de hogar, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1537 de 2012 artículo 12 y su Decreto Reglamentario 1921 de 2012.</p>
<p style="margin-left:1.4pt;"><strong><em>“(…) </em></strong><em>, la asignación de las viviendas a las que hace referencia el presente artículo beneficiará en forma preferente a la población que se encuentre en alguna de las siguientes condiciones: a) que esté vinculada a programas sociales del Estado que tengan por objeto la superación de la pobreza extrema o que se encuentre dentro del rango de pobreza extrema, b) que esté en situación de desplazamiento, c) que haya sido afectada por desastres naturales, calamidades públicas o emergencias y/o d) que se encuentre habitando en zonas de alto riesgo no mitigable. Dentro de la población en estas condiciones, se dará prioridad a las mujeres y hombres cabeza de hogar, personas en situación de discapacidad y adultos mayores. (…).</em></p>
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