Si han pensado alguna vez, en castigar mas severamente este delito de la corrupción? cadena perpetua, pena de muerte....

Enviado por Davinson Arrieta el Sáb, 31/08/2013 - 14:03
Si han pensado alguna vez, en castigar mas severamente este delito de la corrupción? cadena perpetua, pena de muerte....
El gobierno response
Urna de Cristal
Respetado señor:
DAVINSON ARRIETA

Hemos recibido su pregunta ¿Si han pensado alguna vez, en castigar mas severamente este delito de la corrupción? cadena perpetua, pena de muerte...

Al respecto le informamos, que aunque progresivamente se han aumentado las penas establecidas para los delitos contra la administración pública (véase Capítulo II de la ley 1474 de 2011), la pena de prisión perpetua está prohibida por el artículo 34 de la Constitución Política. La prohibición de la pena de muerte (artículo 11 de la misma Constitución) es una garantía que protege el derecho a la vida y forma parte de los principios fundante de éste Estado Social y Democrático de Derecho.

Adicionalmente, Colombia ha adherido o ratificado a instrumentos internacionales, entre los que se encuentra el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, adoptado y proclamado por la Asamblea General de la ONU el 15 de diciembre de 1989 y algo similar ha ocurrido, con la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena De Muerte.

Agradecemos su participación y lo invitamos a utilizar nuestros siguientes canales para la recepción de peticiones, sugerencias, quejas o reclamos de competencia de la Presidencia de la República: página web www.presidencia.gov.co parte inferior “Servicios a la Ciudadanía” Links: Escríbale al Presidente o PSQR, igualmente a través de la línea nacional gratuita 01 8000 913666 o en la Calle 7 No. 6-54.

Cordial saludo,

Presidencia de la República
Calle 7 # 6-54, Bogotá D.C., Colombia.

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