señor presidente sabia que la resolución No 0957 del ministerio de comercio industria y turismos ataco la clase trabajad

Enviado por Leonardo Duart… el Jue, 07/03/2013 - 17:06

Acuerdo para la Prosperidad No. 99

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Los  próximos viernes 8 y sábado 9 de marzo 2013 se realizará el Acuerdo para la Prosperidad No. 99 sobre “Convivencia y Seguridad Ciudadana”, Liderado por la Alta Consejería para la Convivencia y la Seguridad Ciudadana en Bucaramanga, Santander. Te invitamos a participar con tus preguntas, opiniones y comentarios sobre este tema. 

señor presidente sabia que la resolución No 0957 del ministerio de comercio industria y turismos ataco la clase trabajad
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Estimado se&ntilde;or Ciudadano, atentamente nos permitimos manifestarle:</p>
<p class="rtejustify">El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidi&oacute; la Resoluci&oacute;n 0957 del 21 de marzo de 2012 &ldquo;Por la cual se expide el Reglamento T&eacute;cnico aplicable a talleres, equipos y procesos de conversi&oacute;n a gas natural comprimido para uso vehicular&rdquo;, en el cual se establecen requisitos m&iacute;nimos que deben cumplir los talleres y los procesos de conversi&oacute;n a gas natural comprimido para uso vehicular, as&iacute; como la fabricaci&oacute;n, importaci&oacute;n y comercializaci&oacute;n de los equipos de conversi&oacute;n. El objetivo primordial del reglamento, como se observa en el mismo, no es atacar la clase trabajadora, sino proteger la vida e integridad de las personas mediante la exigencia de requisitos t&eacute;cnicos de desempe&ntilde;o y seguridad sobre talleres, equipos y procesos de conversi&oacute;n a gas natural comprimido para uso vehicular, as&iacute; como prevenir pr&aacute;cticas que puedan inducir a error a los consumidores. Hay que tener en cuenta que se estableci&oacute; un plazo de 9 meses para la adecuaci&oacute;n de la infraestructura de calidad que soportara adecuadamente el reglamento; sin embargo, se aplaz&oacute; la entrada en vigencia de la Resoluci&oacute;n 0957 de 2012 hasta el 4 de marzo de 2013, la cual inicialmente estaba prevista para el 29 de diciembre de 2012, seg&uacute;n Resoluci&oacute;n 6103. De esta manera debemos resaltar que los talleres de conversi&oacute;n a GNCV tuvieron un a&ntilde;o para adecuar sus instalaciones a lo ordenado en la Resoluci&oacute;n 0957, plazo durante el cual no manifestaron inquietud alguna sobre las disposiciones contenidas en dicha Resoluci&oacute;n. Es de igual importancia resaltar que para la elaboraci&oacute;n del Reglamento se cumpli&oacute; estrictamente con todo el proceso de transparencia donde participaron los talleres de conversi&oacute;n, los gremios y el Comit&eacute; T&eacute;cnico de cada una de las normas t&eacute;cnicas referentes del Reglamento del Icontec.</p>
<p class="rtejustify">Cordialmente,</p>
<p class="rtejustify">&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Direcci&oacute;n de Regulaci&oacute;n</p>
<p class="rtejustify">Ministerio de Comercio, Industria y Turismo</p>
<p class="rtejustify">Calle 28 No. 13 A - 15 Piso 3</p>
<p class="rtejustify">Bogot&aacute; D.C.&nbsp; Colombia</p>

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