QUE TERMINO TIENE LA DIAN PARA LEVANTAR LOS EMBARGOS DESPUÉS QUE EL CONTRIBUYENTE A PAGADO LA TOTALIDAD DE LA DEUDA

Enviado por bufete el Mié, 12/12/2012 - 09:33
QUE TERMINO TIENE LA DIAN PARA LEVANTAR LOS EMBARGOS DESPUÉS QUE EL CONTRIBUYENTE A PAGADO LA TOTALIDAD DE LA DEUDA
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>&nbsp;</p>
<p style="margin-left:13.05pt;">El Estatuto Tributario indica los eventos en que procede el levantamiento de las medidas cautelares decretadas en el proceso de cobro coactivo, as&iacute;: Art&iacute;culos, &nbsp;814, 833, 831, 839-1,839-3,840. La normattividad tributaria al determinar expresamente los eventos en que se puede desembargar y/o&nbsp; levantar las medidas cautelares dentro del proceso de cobro, regul&oacute; el tema. Y en los art&iacute;culos 832 y 833 establece el tr&aacute;mite de las excepciones, t&eacute;rminos, y procedimiento, en el caso&nbsp; de excepciones probadas.&nbsp;Por tanto, en aquellos casos en los que se alegue como excepci&oacute;n contra el mandamiento de pago, el pago efectivo, el t&eacute;rmino para levantar medidas precautorias depender&aacute; de cada caso en particular en la Seccional que adelante el proceso de cobro coactivo.</p>

Comentarios