Resolvemos tus dudas sobre el Coronavirus
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Cuéntanos qué preguntas tienes sobre subsidios, apoyo para sectores, permisos especiales, transporte, retorno a la normalidad y medidas que ha adoptado el Gobierno nacional para mitigar el impacto por Covid-19 en el país.
Cuéntanos estas y otras inquietudes aquí:
Que puden hacer a la empresa que no a cancelado la nomina de Abril y la de Mayo no tengo ningun beneficio y debo todo..
El gobierno response
Urna de Cristal
Hola Yezid,
De acuerdo con lo estipulado mediante el Decreto 639 de 2020 para efectos de la postulación para personas jurídicas en el Programa de apoyo al empleo formal – PAEF, se entenderá que el número de empleados corresponde al menor valor entre el número de empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicho beneficiario, o el número de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal del programa.
Dentro de los requisitos para acogerse al programa PAEF es que los beneficiarios deberán contar con un producto de depósito en una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. De este modo las personas jurídicas que cumplan con los requisitos deberán presentar, ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los siguientes documentos:
1.Solicitud firmada por el representante legal de la empresa, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del PAEF.
2.Certificado de existencia y representación legal, en el cual conste el nombre y documento del representante legal que suscribe la comunicación del numeral primero de este artículo.
3.Certificación, firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o por contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:
•El número de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal objeto de este programa.
•La disminución de ingresos, en los términos señalados en la norma.
•Que los recursos solicitados y efectivamente recibidos serán, única y exclusivamente, destinados al pago de los salarios de los empleos formales del beneficiario.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
De acuerdo con lo estipulado mediante el Decreto 639 de 2020 para efectos de la postulación para personas jurídicas en el Programa de apoyo al empleo formal – PAEF, se entenderá que el número de empleados corresponde al menor valor entre el número de empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicho beneficiario, o el número de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal del programa.
Dentro de los requisitos para acogerse al programa PAEF es que los beneficiarios deberán contar con un producto de depósito en una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. De este modo las personas jurídicas que cumplan con los requisitos deberán presentar, ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los siguientes documentos:
1.Solicitud firmada por el representante legal de la empresa, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del PAEF.
2.Certificado de existencia y representación legal, en el cual conste el nombre y documento del representante legal que suscribe la comunicación del numeral primero de este artículo.
3.Certificación, firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o por contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:
•El número de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal objeto de este programa.
•La disminución de ingresos, en los términos señalados en la norma.
•Que los recursos solicitados y efectivamente recibidos serán, única y exclusivamente, destinados al pago de los salarios de los empleos formales del beneficiario.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
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