Que pasa con los procesos de reclamación que se llevan dentro de justicia y paz , pasarán a la ley 1448?

Enviado por David Goez el Dom, 24/02/2013 - 08:39

¿Qué dudas tienes sobre restitución de tierras? ¿Qué problemas has tenido con el proceso?

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Esta semana queremos conocer tus preguntas y problemas en los procesos de restitución de tierras del Ministerio de Agricultura. Tus preguntas serán respondidas este domingo en Urna de Cristal TV desde las 8am por Canal Institucional. Participa y cuéntanos tu experiencia en el proceso de restitución de tierras. 

Que pasa con los procesos de reclamación que se llevan dentro de justicia y paz , pasarán a la ley 1448?
El gobierno response
Urna de Cristal
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<p>La Ley 975 de 2005 o Ley de Justicia y Paz y su reciente reforma, Ley 1592 de 2012, busca darle coherencia a los distintos esfuerzos del Estado por garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas. En este caso puntual, fortalecer, por un lado, las funciones principales del proceso penal de Justicia y Paz: atribuci&oacute;n de responsabilidad al victimario y esclarecimiento judicial de las violaciones cometidas por&nbsp; los grupos armados al margen de la ley y la manera en la que &eacute;stos operan en las distintas regiones del pa&iacute;s; y, adicionalmente, garantizar la reparaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas reconocidas en Justicia y Paz a trav&eacute;s de los programas administrativos de reparaci&oacute;n de la Ley 1448 de 2011, lo cuales contemplan medidas de indemnizaci&oacute;n, rehabilitaci&oacute;n psicol&oacute;gica, f&iacute;sica y comunitaria, medidas que restablezcan la dignidad de las v&iacute;ctimas y reconstruyan la memoria hist&oacute;rica del conflicto, restituci&oacute;n de tierras, as&iacute; como otras que garanticen la no repetici&oacute;n de los hechos que afectaron el proyecto de vida de m&aacute;s de 5 millones de colombianos.</p>
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<p>S&oacute;lo excepcionalmente y si al 3 de diciembre de 2012, fecha en la que entr&oacute; en vigencia la Ley 1592 de 2012, existieren bienes dentro del proceso de Justicia y Paz que tengan una medida cautelar con ocasi&oacute;n de una solicitud u ofrecimiento de restituci&oacute;n, el Magistrado continuar&aacute; el tr&aacute;mite aplicando algunas normas de la Ley 1448 de 2011 establecidas para el proceso de restituci&oacute;n de tierras y que buscan invertir la carga de la prueba de las v&iacute;ctimas que soliciten dicha medida de reparaci&oacute;n. Por su parte, s&oacute;lo los incidentes de reparaci&oacute;n que estuvieren abiertos a 3 de diciembre de 2012 continuar&aacute;n su tr&aacute;mite en aplicaci&oacute;n de lo establecido para el incidente de identificaci&oacute;n de afectaci&oacute;n, momento procesal en cual el rol principal lo tienen las v&iacute;ctimas, pues tienen la oportunidad de presentar al Magistrado, en presencia del postulado, qu&eacute; fue los que les sucedi&oacute; y c&oacute;mo los afect&oacute; a ellos a su comunidad el accionar de los grupos armados al margen de la Ley.</p>
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Quedamos atentas a cualquier solicitud adicional</div>
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Cordialmente&nbsp;</div>

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