Qué medidas de ley se han tomado para comprometer mas al padre de familia en el proceso educativo de sus hijos?

Enviado por Erika Maestre Diaz el Sáb, 16/03/2013 - 23:01
Qué medidas de ley se han tomado para comprometer mas al padre de familia en el proceso educativo de sus hijos?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>El Ministerio de Educaci&oacute;n, teniendo como marco la normatividad Colombiana desde la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica Nacional, el C&oacute;digo de infancia y Adolescencia (Ley 1098/06) y la Ley de Protecci&oacute;n Integral a la Familia (Ley1361 de 2009), hace eco al criterio de <strong>Corresponsabilidad </strong>que se le asigna a la Familia, la Sociedad y el Estado en la formaci&oacute;n y garant&iacute;a de los derechos de los ni&ntilde;os, ni&ntilde;as y adolescentes.</p>
<p>La normatividad del sector educativo (la Ley General de Educaci&oacute;n (Ley 115/94), el decreto 1860/94, el decreto 1286/05, la ley 1014 de 2010) contempla a la familia no solamente como el actor principal en la formaci&oacute;n de sus hijos sino que adicionalmente y desde el entendido que la familia hace parte de la &ldquo;Comunidad Educativa&rdquo; establece instancias y &oacute;rganos de participaci&oacute;n para la familia en la escuela.</p>
<p>Estas instancias y &oacute;rganos formalmente establecidos, sumados a las estrategias y espacios no formales propios de cada Establecimiento Educativo, se constituyen en mecanismos que propician el acercamiento entre escuela &ndash; familia y estudiantes. De la misma forma cabe anotar que el Proyecto Educativo Institucional a que hace referencia el art&iacute;culo 14 del Decreto 1860 de 1994.</p>
<p>El art&iacute;culo 7 de la Ley 115 de 1994 se&ntilde;ala a la familia como primer responsable de la educaci&oacute;n de sus hijos y establece algunos de sus deberes.</p>
<p>El art&iacute;culo 3 del Decreto 1860 de 1994, que reglamenta la Ley 115, establece las obligaciones de la Familia y textualmente se&ntilde;ala:<strong> &ldquo;</strong>En desarrollo del mandato constitucional que impone a los padres de los menores el deber de sostenerlos y educarlos y en cumplimiento de las obligaciones asignadas a la familia por el Art&iacute;culo 7o de la Ley 115 de 1994, la omisi&oacute;n o desatenci&oacute;n al respecto se sancionar&aacute; seg&uacute;n lo dispuesto por la ley.</p>
<p>Los padres o tutores del menor s&oacute;lo podr&aacute;n ser eximidos de esta responsabilidad, por insuficiencia de cupos en el servicio p&uacute;blico educativo en su localidad o por la incapacidad insuperable f&iacute;sica o mental del menor, para ser sujeto de educaci&oacute;n</p>
<p>Por su parte el Decreto 1286 de 2005, Por el cual se establecen normas sobre la participaci&oacute;n de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, se&ntilde;ala en sus art&iacute;culos 2 y 3&nbsp; los deberes y derechos de los padres de familia.</p>

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