QUE MANEJO SE LE ESTAN DANDO A LOS HUMEDALES EN COLOMBIA, EN ESPECIAL A MI NATAL CIUDAD DE SOGAMOSO

Enviado por Jeovanny Palac… el Vie, 05/04/2013 - 14:38
QUE MANEJO SE LE ESTAN DANDO A LOS HUMEDALES EN COLOMBIA, EN ESPECIAL A MI NATAL CIUDAD DE SOGAMOSO
El gobierno response
Urna de Cristal
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<p>El Ministerio teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por Colombia en el marco de la Convenci&oacute;n Ramsar, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, formul&oacute; la Pol&iacute;tica Nacional para Humedales Interiores, definiendo las estrategias para su conservaci&oacute;n y uso sostenible, las cuales deben ser tenidas en cuenta por las autoridades ambientales regionales para el adecuado manejo y conservaci&oacute;n de estos ecosistemas.De igual forma, a trav&eacute;s de la Resoluci&oacute;n 157 del 12 de febrero de 2004, este Ministerio adopt&oacute; unas medidas para garantizar el uso sostenible, conservaci&oacute;n y manejo de los humedales en Colombia y a trav&eacute;s de la Resoluci&oacute;n 0196 de 2006, adopt&oacute; la gu&iacute;a t&eacute;cnica para la formulaci&oacute;n de planes de manejo para humedales en Colombia, los cuales deben ser formulados por las Corporaciones Aut&oacute;nomas Regionales.En este sentido, corresponde a las Corporaciones Aut&oacute;nomas Regionales -CAR&rsquo;s-, y a los municipios, distritos o &aacute;reas metropolitanas con m&aacute;s de un mill&oacute;n de habitantes dentro del per&iacute;metro urbano, la ejecuci&oacute;n de las pol&iacute;ticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos naturales renovables, as&iacute; como dar cumplida y oportuna aplicaci&oacute;n a las disposiciones legales vigentes sobre su disposici&oacute;n, administraci&oacute;n, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por este Ministerio. Lo anterior es reiterado y precisado en el art&iacute;culo 31 de la ley 99 de 1993, en el cual se establecen las funciones de dichas entidades, en calidad de administradoras de los recursos naturales renovables.</p>
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<p>Las Autoridades Ambientales deben utilizar instrumentos legales, administrativos, t&eacute;cnicos, cient&iacute;ficos, financieros, etc., para la protecci&oacute;n y conservaci&oacute;n de estos ecosistemas considerados como estrat&eacute;gicos. Dentro de estos instrumentos podemos emplear los siguientes: Declararlos bajo una categor&iacute;a de &aacute;rea protegida de las previstas en la legislaci&oacute;n colombiana y de acuerdo a los objetivos de conservaci&oacute;n que se establezcan, formular e implementar Planes de Manejo Ambiental que determinen el r&eacute;gimen de usos prohibidos, permitidos o compatibles y armonizarlos con las disposiciones que sobre ordenamiento territorial existan, a trav&eacute;s del establecimiento de determinantes ambientales en aras de que las medidas previstas tengan plena eficacia.</p>

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