Porque si deseamos ingresar a la OCDE, no gravamos los dividendos como todos los miembros de la OCDE?

Enviado por Yan Lee el Vie, 23/11/2012 - 16:00

Pregúntale al Gobierno sobre el impacto de la Reforma Tributaria para los colombianos

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El Gobierno continúa con los foros y ejercicios ciudadanos para explicarle la Reforma Tributaria a los ciudadanos y aclarar las dudas. Por eso este domingo expertos del Ministerio de Hacienda y la DIAN responderán todas tus preguntas en Urna de Cristal TV a las 8:00 p.m. por Canal Institucional. Esperamos todas tus preguntas, opiniones y comentarios sobre el tema.

Porque si deseamos ingresar a la OCDE, no gravamos los dividendos como todos los miembros de la OCDE?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenos d&iacute;as, respondiendo su solicitud: Los &quot;Convenios OCDE&quot; establecen la denominada &quot;Cl&aacute;usula Chile&quot;, que preserva el derecho de nuestro pa&iacute;s de gravar las utilidades distribuidas al exterior con Impuesto adicional con tasa de 35%, en vez de las tasas de entre 0 y 15% que generalmente establecen los Convenios.&nbsp;La &quot;Cl&aacute;usula Chile&quot; se ha pactado en consideraci&oacute;n a nuestro sistema integrado de tributaci&oacute;n, en que el Impuesto de Primera Categor&iacute;a y el Impuesto Adicional se entienden como un solo impuesto de 35% sobre la renta de las empresas, aplicado en dos etapas.&nbsp;<br />
&nbsp;</p>

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