¿Porque envez de querer aumentar el tiempo de pension salarial a la mujer, si tenemos doble obligacion

Enviado por Martha isabel ruiz el Sáb, 09/03/2013 - 14:49

¿Qué dudas tienes sobre los planes de apoyo a la mujer en Colombia?

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Esta semana en Urna de Cristal hablaremos de mujeres. Ellas son las protagonistas y tienen voz en el Gobierno. Con motivo del día de la mujer nos tomamos todos los días para resaltar la labor de las mujeres más ejmplares de nuestro país. También abrimos espacios de participación para que hagas oír tu voz y preguntes sobre los planes y la gestión del Gobierno en pro de las mujeres.

¿Porque envez de querer aumentar el tiempo de pension salarial a la mujer, si tenemos doble obligacion
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado Ciudadano:</p>
<p>La reglamentaci&oacute;n en cuanto a la edad de la mujer no ha cambiado y es la siguiente:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
El art&iacute;culo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, establece que una persona afiliada al R&eacute;gimen de Prima Media &ndash; RPM, tendr&aacute; derecho a la Pensi&oacute;n de Vejez siempre y cuando re&uacute;na los siguientes requisitos: (...) Haber cumplido cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta (60) a&ntilde;os si es hombre. A partir del 1&deg;. de enero del a&ntilde;o 2014 la edad se incrementar&aacute; a cincuenta y siete (57) a&ntilde;os para la mujer, y sesenta y dos (62) a&ntilde;os para el hombre.</li>
</ul>

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