Para personas en situacion de discapacidad fisica, y proesionales que nunca han laborado. Tambien hay oportunidades?

Enviado por zulys-87 el Mar, 10/02/2015 - 20:59

¿Qué dudas tienes sobre los mecanismos para la generación de empleo digno y de calidad?

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Te contamos todo sobre las herramientas, planes y avances en la generación de empleo de calidad de las que dispone el Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos. Abrimos un espacio para responder tus preguntas. Conoce paso a paso cómo encontrar trabajo utilizando las herramientas dispuestas por el Gobierno. Aprende a elaborar una buena hoja de vida y a prepararte para una entrevista.

Para personas en situacion de discapacidad fisica, y proesionales que nunca han laborado. Tambien hay oportunidades?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p class="rtejustify">En Colombia hay m&aacute;s de 2.600.000 personas en condici&oacute;n de discapacidad seg&uacute;n cifras del DANE. El Ministerio de Trabajo ha realizado talleres para la inclusi&oacute;n laboral de personas con discapacidad.En estos foros se da a conocer el impacto favorable que se logra con la inclusi&oacute;n de las personas en discapacidad, acogi&eacute;ndose &nbsp;a la ley 361 de 1997 que cuenta con beneficios tributarios y legales; adem&aacute;s de las experiencias exitosas de empresas que ya cuentan con estas personas.</p>
<p>La ley 361 de 1997, establece:</p>
<p class="rtejustify"><strong>Art&iacute;culo&nbsp;&nbsp;26&ordm;.-&nbsp;</strong><a href="http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45322#137">Modificado por el art. 137, Decreto Nacional 019 de 2012</a>. En ning&uacute;n caso la limitaci&oacute;n de una persona, podr&aacute; ser motivo para obstaculizar una vinculaci&oacute;n laboral, a menos que dicha limitaci&oacute;n sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempe&ntilde;ar. As&iacute; mismo, ninguna persona limitada podr&aacute; ser despedida o su contrato terminado por raz&oacute;n de su limitaci&oacute;n, salvo que medie autorizaci&oacute;n de la oficina de Trabajo.</p>
<p class="rtejustify"><strong>Art&iacute;culo&nbsp;&nbsp;27&ordm;.- </strong>En los concursos que se organicen para el ingresos al servicio p&uacute;blico, ser&aacute;n admitidas en igualdad de condiciones las personas con limitaci&oacute;n, y si se llegare a presentar un empate, se preferir&aacute; entre los elegibles a la personas con limitaci&oacute;n, siempre y cuando el tipo o clase de limitaci&oacute;n no resulten extremo incompatibles o insuperable frente al trabajo ofrecido, luego de haberse agotado todos lo medio posibles de capacitaci&oacute;n.&nbsp;<a href="http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#52">Ver el art. 52, Ley 909 de 2004</a></p>
<p class="rtejustify">Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y&nbsp; conocer los servicios que ofrece el Servicio P&uacute;blico de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atenci&oacute;n&nbsp; <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podr&aacute; inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>&nbsp;</p>

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