¿Cómo se puede eliminar el trabajo infantil?
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Colombia se ha propuesto erradicar el trabajo infantil. Y gracias a la aplicación de normas como la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 12 de 1991); el Decreto 859 de 1999; el Convenio 138 (sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo o Ley 515 de 1999) y el Convenio 182 (sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil o Ley 704 de 2001), ha sido posible que la tasa de trabajo infantil en el país haya pasado del 10.2% en 2012 a 7,9% en 2016.
No seria una solución que los padres o encargados de los menores tengan un empleo y asi dar todo a los niños?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>Su apreciación es totalmente acertada, es por lo que, Le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Se puede ingresar para mayor información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>De igual manera el directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Agradecemos su interés y participación.</p>
<p>Ministerio del trabajo</p>
<p>GRUPO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO</p>
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<p>Su apreciación es totalmente acertada, es por lo que, Le informamos que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos de las entidades del Estado son por regla general, de carrera administrativa y deben ser provistos mediante proceso de selección por mérito. En desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley 909 de 2004, regula la forma de provisión de los empleos de naturaleza de carrera administrativa de las entidades públicas.</p>
<p>Se puede ingresar para mayor información en la página de la Comisión Nacional de Servicio Civil, la cual es <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a></p>
<p>Ahora bien, también la persona en búsqueda de empleo debe acudir a las Agencias Públicas o Privadas de Gestión y Colocación de Empleo y a las Bolsas de Empleo, debidamente autorizadas, las cuales integran la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, cuya ubicación podrá ser consultada accediendo al siguiente enlace: <a href="http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa">http://www.buscadordeempleo.gov.co/Home/mapa</a></p>
<p>De igual manera el directorio de oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA, lo encontrará ingresando en el siguiente enlace <a href="https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx">https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/Paginas/Directorio-de-Oficinas.aspx</a></p>
<p>Para acceder de forma virtual a la oferta de empleos y conocer los servicios que ofrece el Servicio Público de Empleo, le sugerimos ingresar al portal de atención <a href="http://www.serviciodeempleo.gov.co/">www.serviciodeempleo.gov.co</a>, en el cual podrá inscribirse, registrar su hoja de vida y consultar las vacantes disponibles a nivel nacional.</p>
<p>Agradecemos su interés y participación.</p>
<p>Ministerio del trabajo</p>
<p>GRUPO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO</p>
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