¿Qué quieres saber sobre la nueva licencia de conducción? ¿Cuáles son tus dudas sobre la renovación del documento?
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Desde el próximo 15 de julio entrará en vigencia un nuevo formato de la licencia de conducción, el cual unificara las categorías en un solo documento. Adicionalmente debes saber que gracias al Decreto Ley Antitrámites la vigencia para el documento de conducción de carros particulares se extendió a 10 años. Participa y déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios sobre esta temática,.
mi licencia el cat.04 pero solo manejo particulares, la tramite en el 2008, debo actualizar hasta el 2018? Gracias.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día,</p>
<p>Debe renovarla de inmediato, todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar cuanto antes la renovación de su licencia.<br />
Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>
<p>No, todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas, además, vencidas no pueden ser utilizadas para manejar vehículo particular.</p>
<p>Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>
<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>
<p>Debe renovarla de inmediato, todas las licencias de servicio público que se encuentren vencidas deben ser renovadas. Con su licencia para servicio público puede conducir carro particular, siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar cuanto antes la renovación de su licencia.<br />
Si sólo conduce vehículo particular le recomendamos realizar la recategorización de su licencia ya que las licencias de servicio particular tienen una vigencia de 10 años mientras que las de servicio público tienen vigencia de 3 años, de acuerdo al Decreto 019 de 2012.</p>
<p>No, todas las licencias de conducción para servicio público que estén vencidas deben ser renovadas, además, vencidas no pueden ser utilizadas para manejar vehículo particular.</p>
<p>Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>
<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>
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