¿Qué dudas tienes sobre los mecanismos para la generación de empleo digno y de calidad?
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Te contamos todo sobre las herramientas, planes y avances en la generación de empleo de calidad de las que dispone el Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos. Abrimos un espacio para responder tus preguntas. Conoce paso a paso cómo encontrar trabajo utilizando las herramientas dispuestas por el Gobierno. Aprende a elaborar una buena hoja de vida y a prepararte para una entrevista.
Mi esposo lleva 7 meses desempleado, lo han rechazado por una discapacidad auditiva, como puede el gobierno ayudarnos??
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>
<p>La ley 982 de 2005 establece normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas. A continuación nos permitimos citarle algunos de los artículos de la citada ley: </p>
<p><strong>Artículo 30. </strong>Al sordo y sordociego no se le podrá negar, condicionar o restringir el acceso a un trabajo arguyendo su falta de audición o visión a menos que se demuestre fehacientemente que dicha función es imprescindible para la labor que habría de realizar.</p>
<p><strong>Artículo 38. </strong>Las entidades tanto públicas como privadas que ofrecen programas de formación y capacitación profesional a personas sordas y sordociegas tales como el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, las universidades, centros educativos, deberán tener en cuenta las particularidades lingüísticas y comunicativas e incorporar el servicio de intérprete de Lengua de Señas y guía intérprete en los programas que ofrecen.</p>
<p><strong>Artículo 41. </strong>El Gobierno Nacional al reglamentar la presente ley tipificará las aptitudes, determinará las actividades, la extensión de la jornada laboral y las actividades industriales, que por su peligrosidad quedan vedadas a los sordos y sordociegos.</p>
<p>Por lo anterior usted puede dirigirse al servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo que funciona en internet, a través de la página <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funciona por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co.</u></p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p>Cualquier discriminación debe ser puesta en conocimiento de las autoridades respectivas.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
<p>La ley 982 de 2005 establece normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas. A continuación nos permitimos citarle algunos de los artículos de la citada ley: </p>
<p><strong>Artículo 30. </strong>Al sordo y sordociego no se le podrá negar, condicionar o restringir el acceso a un trabajo arguyendo su falta de audición o visión a menos que se demuestre fehacientemente que dicha función es imprescindible para la labor que habría de realizar.</p>
<p><strong>Artículo 38. </strong>Las entidades tanto públicas como privadas que ofrecen programas de formación y capacitación profesional a personas sordas y sordociegas tales como el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, las universidades, centros educativos, deberán tener en cuenta las particularidades lingüísticas y comunicativas e incorporar el servicio de intérprete de Lengua de Señas y guía intérprete en los programas que ofrecen.</p>
<p><strong>Artículo 41. </strong>El Gobierno Nacional al reglamentar la presente ley tipificará las aptitudes, determinará las actividades, la extensión de la jornada laboral y las actividades industriales, que por su peligrosidad quedan vedadas a los sordos y sordociegos.</p>
<p>Por lo anterior usted puede dirigirse al servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo que funciona en internet, a través de la página <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funciona por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co.</u></p>
<p>Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>
<p>Cualquier discriminación debe ser puesta en conocimiento de las autoridades respectivas.</p>
<p> </p>
<p>Atentamente,</p>
<p> </p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>Ministerio del Trabajo</p>
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