Me dieron una respuesta que no entiendo,con relacion a la pregunta,mi idea es que saquen a gente inocente de carcelas.

Enviado por martha ortega blanco el Vie, 04/11/2016 - 15:30
Me dieron una respuesta que no entiendo,con relacion a la pregunta,mi idea es que saquen a gente inocente de carcelas.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>De acuerdo a la solicitud planteada de &ldquo;<strong><em>sacar gente inocente de las c&aacute;rceles&rdquo;</em></strong>, esta Cartera Ministerial indica con base en la normatividad vigente, las acciones que se pueden adelantar para acceder a un juicio que garantice y respalde el derecho de las partes:</p>
<p>El C&oacute;digo de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2014) establece unos principios rectores y garant&iacute;as procesales para proteger el derecho de las personas presuntamente implicadas en cualquiera de las conductas punibles que establece la normatividad colombiana.</p>
<p>Para ello, el art&iacute;culo 8 de la citada ley establece el derecho a la defensa el cual garantiza a la persona presuntamente responsable un juicio contradictorio en el que puede demostrar su inocencia. Para ello, establece en su numeral e) el derecho a&nbsp;<em>ser o&iacute;do, asistido y representado por un abogado de confianza o nombrado por el Estado</em>.</p>
<p>Asimismo, el C&oacute;digo de Procedimiento Penal establece unos recursos judiciales para que el presunto responsable en caso de no estar conforme al juicio que se haya dictaminado en primera instancia, pueda acudir ante una segunda instancia para demostrar su inocencia. Los recursos ordinarios de ley son: reposici&oacute;n y apelaci&oacute;n (art&iacute;culos 176 a 179 F); y los extraordinarios: el recurso de casaci&oacute;n (capitulo IX, art&iacute;culos 180 a 191), y por &uacute;ltimo, la acci&oacute;n de revisi&oacute;n (capitulo X, art&iacute;culos 192 a 198).</p>
<p>Finalmente, el Congreso de la Rep&uacute;blica expidi&oacute; la Ley 1760 de 2015 en relaci&oacute;n con las medidas de aseguramiento privativas de la libertad, as&iacute; como la Ley 1786 de 2016, la cual establece unos t&eacute;rminos m&aacute;ximos para la detenci&oacute;n preventiva. Estas &uacute;ltimas leyes buscan que los derechos de las personas que est&eacute;n bajo medida de aseguramiento privativa de la libertad tengan un juicio c&eacute;lere y sin dilaciones que no&nbsp; vulnere su derecho fundamental a la libertad,&nbsp;en cumplimiento de los deberes sociales del Estado.</p>

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