La Protección de Reservas, como las piensan implementar?, lo básico es que la comunidad participe.

Enviado por Julio Piedra el Jue, 02/10/2014 - 14:41
La Protección de Reservas, como las piensan implementar?, lo básico es que la comunidad participe.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>La implementaci&oacute;n de la protecci&oacute;n de las reservas forestales protectoras -RFP , se realiza mediante la ejecuci&oacute;n de las normas que las regulan, en esta medida, las RFP son una de las categor&iacute;as de conservaci&oacute;n establecidas en el decreto 2372 de 2010.</p>
<p>De conformidad con la precitada norma, se puede se&ntilde;alar que la reserva, delimitaci&oacute;n, alinderaci&oacute;n, declaraci&oacute;n y sustracci&oacute;n de las Reservas Forestales Protectoras Nacionales- RFPN , corresponde al hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y su administraci&oacute;n corresponde a las Corporaciones Aut&oacute;nomas Regionales; mientras que la reserva, delimitaci&oacute;n, alinderaci&oacute;n, declaraci&oacute;n, administraci&oacute;n y sustracci&oacute;n de las Reservas Forestales Protectoras Regionales , corresponde a las Corporaciones Aut&oacute;nomas Regionales.<br />
As&iacute; mismo, se resalta que el uso sostenible de las reservas, hace referencia a la obtenci&oacute;n de los frutos secundarios del bosque&nbsp; en lo relacionado con las actividades de aprovechamiento forestal. Por otra parte, el par&aacute;grafo 2 del art&iacute;culo 204 de la Ley 1450 de 2011, estableci&oacute; que el hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se&ntilde;alar&aacute; las actividades que ocasionen bajo impacto ambiental y que adem&aacute;s, generen beneficio social, de manera tal que se pueden desarrollar en las &aacute;reas de reserva forestal, sin necesidad de efectuar la sustracci&oacute;n de las mismas. Tambi&eacute;n, establecer&aacute; las condiciones y las medidas de manejo ambiental requeridas para adelantar dichas actividades. En este sentido, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidi&oacute; la Resoluci&oacute;n 1527 de 2012 &ldquo;Por la cual se se&ntilde;alan las actividades de bajo impacto ambiental y que adem&aacute;s, generan beneficio social, de manera que se puedan desarrollar en las &aacute;reas de reserva forestal, sin necesidad de efectuar la sustracci&oacute;n del &aacute;rea y se adoptan otras determinaciones&rdquo;. Esta fue modificada por la&nbsp; Resoluci&oacute;n1274 de 2014.<br />
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