En Puerto Wilches se esta conformando una bolsa de empleo, estas pueden participar en paros ante Ecopetrol.

Enviado por Colon el Vie, 23/08/2013 - 17:16

¿Qué dudas tienes sobre la convocatoria del programa de 100 mil oportunidades de formación laboral?

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Este miércoles 18 y jueves 19 de septiembre se realizará una convocatoria especial para formar a 84 mil tecnólogos, como parte del programa de 100 mil nuevas oportunidades de formación laboral. Esta nueva iniciativa que pretende reducir el desempleo, principalmente entre la población juvenil. Déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios sobre la convocatoria y el programa de formación en general. 

En Puerto Wilches se esta conformando una bolsa de empleo, estas pueden participar en paros ante Ecopetrol.
El gobierno response
Urna de Cristal
Respetado (a) ciudadano (a):
En primer lugar se debe entrar a definir qué es una bolsa de empleo, es una empresa que se dedica a seleccionar personal por encargo de una o varias empresas, es decir, operan como un gran mercado laboral donde existen oferentes y demandantes.
La bolsa de empleo se encarga del proceso de selección del personal, pero no es empleadora ya que como tal no contrata con el empleado, simplemente ofrece unos candidatos buscando se cumplan con los perfiles y necesidades de las empresas contratantes
Es de anotar que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 722 de 2013, en el cual se reglamenta el servicio Nacional de Empleo y establece que las Agencias de Gestión y Colocación de Empleo y las Bolsas de Empleo deben contar con la autorización del Ministerio de Trabajo para poder operar en todo el país. Lo anterior con el fin de tener un mejor y más transparente mercado laboral
Existe una gran diferencia entre las bolsas de empleo y las empresas de servicios temporales ya que la bolsa de empleo como se manifestó anteriormente se limita a sugerir uno o varios perfiles para que sean contratados por las diferentes empresas, mientras que las empresas de servicios temporales si actúan como un verdadero empleador.
Ahora bien, después de las anteriores consideraciones le informo que el artículo 353 del Código Laboral Colombiano en concordancia con el artículo 39 de la Constitución Nacional garantiza que los trabajadores y empleadores tengan derecho a constituir sindicatos y asociaciones sin intervención del Estado.
La mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa o de la asamblea general de los afiliados al sindicato o sindicatos son los únicos que pueden optar por la declaratoria de huelga previa el agotamiento de unas etapas establecidas.
En conclusión, una vez expuestos los anteriores conceptos le manifestamos que la bolsa de empleo no es empleador toda vez que no contrata personal y mucho menos trabajador ya que no depende de ninguna empresa sino que actúa como un simple facilitador; en consecuencia no podrá crear sindicatos y mucho menos participar en huelgas contra las empresas.

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