¿Qué quieres preguntarle al Gobierno sobre pensiones?
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Rafael Pardo, Ministro de Trabajo y Mauricio Olivera, Presidente de Colpensiones, junto a su equipo de trabajo respondieron tus preguntas en vivo por Canal Institucional. Atendiendo a la gran cantidad de inquietudes que aún quedan en la ciudadanía, manetenemos abierta la temática para que aclares tus dudas.
Cuanta semana debo cotizar si tengo una profesión riego 5 para lograr pension a los 50 años
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>El Decreto 2090 de 2003 define las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y modifica y señala las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades</p>
<p>El artículo cuarto del citado decreto establece: CONDICIONES Y REQUISITOS PARA TENER DERECHO A LA PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ. La pensión especial de vejez se sujetará a los siguientes requisitos:</p>
<p>1. Haber cumplido 55 años de edad.</p>
<p>2. Haber cotizado el número mínimo de semanas establecido para el Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, al que se refiere el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9 de la Ley 797 de 2003.</p>
<p>La edad para el reconocimiento especial de vejez se disminuirá en un (1) año por cada (60) semanas de cotización especial, adicionales a las mínimas requeridas en el Sistema General de Pensiones, sin que dicha edad pueda ser inferior a cincuenta (50) años.</p>
<p>Según el artículo 8 del mismo decreto, el régimen de pensiones especiales para las actividades de alto riesgo previstas en este decreto, solo cubrirá a los trabajadores vinculados a las mismas hasta el 31 de diciembre del año 2014. Este límite de tiempo previsto podrá ampliarlo, parcial o totalmente, el Gobierno Nacional hasta por 10 años más, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales</p>
<p>Es importante que Usted conozca el Decreto 2090 de 2003 en su integridad, donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte sus inquietudes. </p>
<p>El Decreto 2090 de 2003 define las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y modifica y señala las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades</p>
<p>El artículo cuarto del citado decreto establece: CONDICIONES Y REQUISITOS PARA TENER DERECHO A LA PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ. La pensión especial de vejez se sujetará a los siguientes requisitos:</p>
<p>1. Haber cumplido 55 años de edad.</p>
<p>2. Haber cotizado el número mínimo de semanas establecido para el Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, al que se refiere el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9 de la Ley 797 de 2003.</p>
<p>La edad para el reconocimiento especial de vejez se disminuirá en un (1) año por cada (60) semanas de cotización especial, adicionales a las mínimas requeridas en el Sistema General de Pensiones, sin que dicha edad pueda ser inferior a cincuenta (50) años.</p>
<p>Según el artículo 8 del mismo decreto, el régimen de pensiones especiales para las actividades de alto riesgo previstas en este decreto, solo cubrirá a los trabajadores vinculados a las mismas hasta el 31 de diciembre del año 2014. Este límite de tiempo previsto podrá ampliarlo, parcial o totalmente, el Gobierno Nacional hasta por 10 años más, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales</p>
<p>Es importante que Usted conozca el Decreto 2090 de 2003 en su integridad, donde encontrará toda la información necesaria y requerida con el fin de satisfacer en gran parte sus inquietudes. </p>
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