Con esta reforma tributaria se gravaran a las Fundaciones sin ánimo de lucro? ¿ como se aplicaría el gravamen.?

Enviado por Jorge Humberto… el Sáb, 15/12/2012 - 21:02
Con esta reforma tributaria se gravaran a las Fundaciones sin ánimo de lucro? ¿ como se aplicaría el gravamen.?
El gobierno response
Urna de Cristal
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<p><strong>Excepto las limitaciones relativas a las erogaciones destinadas a remuneraci&oacute;n de directivos de las entidades de r&eacute;gimen tributario&nbsp; especial; las condiciones exigidas a las copropiedades-distintas de las residenciales- para seguir teniendo el car&aacute;cter de no contribuyentes; y la adopci&oacute;n de la noci&oacute;n de &ldquo;animo de alteridad&rdquo;&nbsp; que se establece como presupuesto esencial para acceder al tratamiento exceptivo de beneficio introduce la Ley 1607 de 2012, no existen m&aacute;s modificaciones.&nbsp;</strong></p>

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