¿Qué quieres preguntar sobre los beneficios para adquirir vivienda?
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El Presidente Juan Manuel Santos anunció un nuevo programa comprar casa propia con solo un 10% de cuota inicial y con un paquete de subsidios. Esto se suma a los demás beneficios. Actualmente el Gobierno tiene varios planes para darle vivienda propia a los colombianos.
compre apartamento nuevo de 200 millo, me lo entregan en octubre2015Ya me aprobaron crédito y quiero mi subsidio porfa??
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día, para dar respuesta a su inquietud nos permitimos indicar que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p>1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p>2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p>4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que en el numeral 2A del artículo 2.1.3.1.4 del Decreto 1077 de 2015, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que fueron desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
<p>Si el valor de la vivienda es superior al rango mencionado anteriormente, es importante resaltar que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público es la Entidad encargada de disponer de las coberturas para los créditos cuyo valor de la vivienda sea de más de 135 SMLMV.</p>
<p>Igualmente es importante tener en cuenta que la asignación de este subsidio estará sujeto a que en el momento del desembolso del crédito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>
<p>Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podrá ser beneficiario del Subsidio a la tasa de interés.</p>
<p> </p>
<p>Por lo anterior, si no fue mencionado el interés de ser beneficiario del subsidio a la tasa de interés en el momento de la solicitud del crédito para vivienda, y/o cuando se efectuó el desembolso del crédito no había disponibilidad de coberturas a la tasa de interés, no podrá ser beneficiario del mencionado subsidio.</p>
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<p>1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p>2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p>4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que en el numeral 2A del artículo 2.1.3.1.4 del Decreto 1077 de 2015, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que fueron desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
<p>Si el valor de la vivienda es superior al rango mencionado anteriormente, es importante resaltar que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público es la Entidad encargada de disponer de las coberturas para los créditos cuyo valor de la vivienda sea de más de 135 SMLMV.</p>
<p>Igualmente es importante tener en cuenta que la asignación de este subsidio estará sujeto a que en el momento del desembolso del crédito haya disponibilidad de coberturas (Subsidios) para el rango del valor de la vivienda adquirida.</p>
<p>Si no fue otorgado en el momento antes mencionado ya no podrá ser beneficiario del Subsidio a la tasa de interés.</p>
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<p>Por lo anterior, si no fue mencionado el interés de ser beneficiario del subsidio a la tasa de interés en el momento de la solicitud del crédito para vivienda, y/o cuando se efectuó el desembolso del crédito no había disponibilidad de coberturas a la tasa de interés, no podrá ser beneficiario del mencionado subsidio.</p>
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