Acuerdo para la Prosperidad No. 92
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Los próximos viernes 14 y sábado 15 de diciembre de 2012 se realizará el Acuerdo para la Prosperidad No. 92, “Prosperidad para Soacha”, Liderado por la Alta Consejera Presidencial para Bogotá. Participa con tus preguntas, opiniones y comentarios sobre este tema.
como van a multar a los colegios que piden dinero para la matricula y si es con dinero cuanto les van a cobrar
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Cordial saludo,</p>
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<p>Los colegios privados deben ceñirse a los incrementos fijados para este año por el MEN, que oscilan entre el 2 y el 4 por ciento, para el cobro de matrículas y pensiones; de lo contrario, estarían expuestos a sanciones que van desde amonestaciones públicas y multas hasta la pérdida de la licencia de funcionamiento.</p>
<p>El aumento de las tarifas de los colegios privados depende de la clasificación obtenida por ellos en las pruebas Saber 11, de si tienen certificado de gestión de calidad o no y del régimen en el que se encuentren clasificados, es decir, si pertenecen a libertad controlada, vigilada o regulada.</p>
<p>Para el caso de las instituciones educativas oficiales, cuando se presenten casos de cobro de matrícula, los afectados deben reportar el caso ante la Secretaría de Educación, quien de acuerdo a las competencias otorgadas en la Ley 715 de 2001, deberá adelantar las acciones administrativas y disciplinarias a que haya lugar.</p>
<p>Cordialmente,</p>
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<p>CATALINA BARRETO GARZÓN</p>
<p>Subdirectora de Fortalecimiento a la Gestión Territorial</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
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<p>Los colegios privados deben ceñirse a los incrementos fijados para este año por el MEN, que oscilan entre el 2 y el 4 por ciento, para el cobro de matrículas y pensiones; de lo contrario, estarían expuestos a sanciones que van desde amonestaciones públicas y multas hasta la pérdida de la licencia de funcionamiento.</p>
<p>El aumento de las tarifas de los colegios privados depende de la clasificación obtenida por ellos en las pruebas Saber 11, de si tienen certificado de gestión de calidad o no y del régimen en el que se encuentren clasificados, es decir, si pertenecen a libertad controlada, vigilada o regulada.</p>
<p>Para el caso de las instituciones educativas oficiales, cuando se presenten casos de cobro de matrícula, los afectados deben reportar el caso ante la Secretaría de Educación, quien de acuerdo a las competencias otorgadas en la Ley 715 de 2001, deberá adelantar las acciones administrativas y disciplinarias a que haya lugar.</p>
<p>Cordialmente,</p>
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<p>CATALINA BARRETO GARZÓN</p>
<p>Subdirectora de Fortalecimiento a la Gestión Territorial</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
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