Foro virtual sectorial del Ministerio de Vivienda, Ciudad Y Territorio
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Te invitamos a participar en el Foro Virtual de vivienda, ciudad y territorio.
Podrás resolver dudas de cómo acceder a los beneficios de programas como “Mi Casa Ya”, vivienda 100% subsidiada, los productos y servicios del FNA, cómo garantizar el Agua y Saneamiento Básico en los municipios y qué hace la CRA (Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico) entre otras dudas que tengas
cómo se ha llevado a cavo el manejo del proyecto de vivienda en santa marta?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buien día,</p>
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<p>Al respecto, nos permitimos informarle que corresponde al Ministerio, en virtud de las funciones atribuidas mediante el Decreto No. 3571 de 2011, lograr, en el marco de la ley y sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado del país, la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico. Por lo tanto este Ministerio esta facultado para pronunciarse sobre aspectos generales relacionados con sus competencia y no le es posible resolver conflictos de carácter particular originados por la indebida aplicación de la ley o por posibles irregularidades. </p>
<p>Ahora bien, las Alcaldías Municipales deben ejercer control sobre el manejo de las Políticas de Vivienda en el Municipio, por ello cuentan con instrumentos normativos previsto en el artículo 3 numeral 5 y artículo 187 de la Ley 136 de 1994, el artículo 81 numeral 2 del Decreto 1052 de 1998 y el artículo 63 del Decreto 1469 de 2010, en los cuales se establece que <strong><em><u>es responsabilidad y competencia de las Administraciones Municipales la formulación, presentación, ejecución y mantenimiento de los proyectos de vivienda de interés social.</u></em></strong></p>
<p>En virtud de lo anterior, le sugerimos acudir a la administración Municipal para que en el marco de sus competencias le informen sobre la ejecución de los programas de vivienda que se llevan a cabo en la ciudad de Santa Marta.</p>
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<p>Al respecto, nos permitimos informarle que corresponde al Ministerio, en virtud de las funciones atribuidas mediante el Decreto No. 3571 de 2011, lograr, en el marco de la ley y sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado del país, la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico. Por lo tanto este Ministerio esta facultado para pronunciarse sobre aspectos generales relacionados con sus competencia y no le es posible resolver conflictos de carácter particular originados por la indebida aplicación de la ley o por posibles irregularidades. </p>
<p>Ahora bien, las Alcaldías Municipales deben ejercer control sobre el manejo de las Políticas de Vivienda en el Municipio, por ello cuentan con instrumentos normativos previsto en el artículo 3 numeral 5 y artículo 187 de la Ley 136 de 1994, el artículo 81 numeral 2 del Decreto 1052 de 1998 y el artículo 63 del Decreto 1469 de 2010, en los cuales se establece que <strong><em><u>es responsabilidad y competencia de las Administraciones Municipales la formulación, presentación, ejecución y mantenimiento de los proyectos de vivienda de interés social.</u></em></strong></p>
<p>En virtud de lo anterior, le sugerimos acudir a la administración Municipal para que en el marco de sus competencias le informen sobre la ejecución de los programas de vivienda que se llevan a cabo en la ciudad de Santa Marta.</p>
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