¿Qué propondrías para acabar con el abandono y maltrato de animales?
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El Departamento Nacional de Planeación te invita a participar en la creación de la política para proteger a los animales domésticos.
Por primera vez en el país, se desarrollará una política que dará lineamientos para que esto suceda.
¡Tu opinión es la más importante!
¡Haz parte de la política de protección animal!
Déjanos tus propuestas aquí
buenos dias ,me llego un mensaje del codigo 891100 y algo de bis ,es legal, es de ustedes, que es,deque se trata,gracias
El gobierno response
Urna de Cristal
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el </span>Programa de Vivienda de interés Social “Mi Casa Ya”</p>
<p>El programa beneficiará a los hogares otorgándoles una cobertura de 4 o 5 puntos sobre la tasa de interés del crédito de vivienda obtenido con un establecimiento de crédito o con el Fondo Nacional del Ahorro y un subsidio familiar de vivienda, de acuerdo con el rango de ingresos del hogar, así: 30 SMMLV a hogares con ingresos hasta 2 SMMLV y 20 SMMLV a hogares con ingresos superiores a 2 y hasta de 4 SMMLV.</p>
<p>Para acceder a los mencionados beneficios de “Mi Casa Ya”, los hogares deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 1077 de 2015, señalados a continuación:</p>
<p>- Tener ingresos totales mensuales hasta por el equivalente a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes.</p>
<p>- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional</p>
<p>- No haber sido beneficiarios, a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés, establecidas en los Decretos 1143 de 2009, 0701 de 2013 o 1077 de 2015, y las normas que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan.</p>
<p>- Contar con un crédito hipotecario o un leasing habitacional aprobado para la adquisición de la solución de vivienda. </p>
<p>Teniendo en cuenta que los beneficios de “Mi Casa Ya” se encuentran vinculados a un crédito hipotecario o a un leasing habitacional, la solicitud de acceso al mismo deberá ser atendida por cualquier establecimiento de crédito o el Fondo Nacional del Ahorro, a su elección.</p>
<p>Adicionalmente, le informo que “Mi Casa Ya” aplicará para la compra de viviendas de interés Prioritario VIP y vivienda de interés social VIS, urbanas nuevas, con valor hasta de 135 SMMLV.</p>
<p>Por último El formulario debe ser diligenciado en la entidad bancaria donde adelantará el trámite para el crédito hipotecario o leasing habitacional, en ningún caso este formulario será recibido en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o el Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA.</p>
<p>El programa beneficiará a los hogares otorgándoles una cobertura de 4 o 5 puntos sobre la tasa de interés del crédito de vivienda obtenido con un establecimiento de crédito o con el Fondo Nacional del Ahorro y un subsidio familiar de vivienda, de acuerdo con el rango de ingresos del hogar, así: 30 SMMLV a hogares con ingresos hasta 2 SMMLV y 20 SMMLV a hogares con ingresos superiores a 2 y hasta de 4 SMMLV.</p>
<p>Para acceder a los mencionados beneficios de “Mi Casa Ya”, los hogares deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 1077 de 2015, señalados a continuación:</p>
<p>- Tener ingresos totales mensuales hasta por el equivalente a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes.</p>
<p>- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional</p>
<p>- No haber sido beneficiarios, a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés, establecidas en los Decretos 1143 de 2009, 0701 de 2013 o 1077 de 2015, y las normas que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan.</p>
<p>- Contar con un crédito hipotecario o un leasing habitacional aprobado para la adquisición de la solución de vivienda. </p>
<p>Teniendo en cuenta que los beneficios de “Mi Casa Ya” se encuentran vinculados a un crédito hipotecario o a un leasing habitacional, la solicitud de acceso al mismo deberá ser atendida por cualquier establecimiento de crédito o el Fondo Nacional del Ahorro, a su elección.</p>
<p>Adicionalmente, le informo que “Mi Casa Ya” aplicará para la compra de viviendas de interés Prioritario VIP y vivienda de interés social VIS, urbanas nuevas, con valor hasta de 135 SMMLV.</p>
<p>Por último El formulario debe ser diligenciado en la entidad bancaria donde adelantará el trámite para el crédito hipotecario o leasing habitacional, en ningún caso este formulario será recibido en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o el Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA.</p>
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