¿Qué quieres saber sobre la nueva licencia de conducción? ¿Cuáles son tus dudas sobre la renovación del documento?
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Desde el próximo 15 de julio entrará en vigencia un nuevo formato de la licencia de conducción, el cual unificara las categorías en un solo documento. Adicionalmente debes saber que gracias al Decreto Ley Antitrámites la vigencia para el documento de conducción de carros particulares se extendió a 10 años. Participa y déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios sobre esta temática,.
Buenas tardes: quisiera saber si con la licencia de conducción categoría C1 puedo manejar también carro particular.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día,</p>
<p>Sí, con su licencia C1 puede conducir carro particular, Siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar cuanto antes la renovación de su licencia C1 con vecha de vencimiento cumplida.</p>
<p>Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>
<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales Twitter: @MinTransporteCo y facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>
<p>Sí, con su licencia C1 puede conducir carro particular, Siempre y cuando dicha licencia se encuentre vigente. De lo contrario deberá realizar cuanto antes la renovación de su licencia C1 con vecha de vencimiento cumplida.</p>
<p>Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte link Atención al ciudadano, ABC de la Renovación: <a href="https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600">https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2600</a></p>
<p>Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales Twitter: @MinTransporteCo y facebook.com/MintransporteColombiaoficial.</p>
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